Ciencia y Conciencia del Derecho

CIENCIA Y CONCIENCIA DEL DERECHO
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Discurso pronunciado por el Presidente Honorario de la Inter-American Bar Association y Decano de la Facultad de Derecho de Montevideo, Dr. Eduardo J. Couture, en la ceremonia de inauguración de la VIII Conferencia Interamericana de Abogados, Sâo Paulo, marzo 15 de 1954.
I
LA RESPONSABILIDAD DE LA PALABRA
Cada tanto tiempo vuelve obstinadamente al recuerdo de los viajeros que han visitado Italia, el Bautisterio de Pisa. En la contemplación de esta obra de arte del Renacimiento, ocurre que el viejo hombre que acompaña al viajero se aleja prudencialmente de él y lanza la sencilla voz de un canto gregoriano. De inmediato, por la sola acción mágica del arte arquitectónico, la cúpula comienza a repetir una y otra vez la voz del cantor. El tema se reanuda y en un instante, la voz, prodigiosamente multiplicada, es un coro que inunda el ámbito. Este extraño fenómeno, no exento de poesía, constituye lo que podríamos llamar la responsabilidad de la voz. Cada una de nuestras palabras tiene validez universal, insospechadas y misteriosas resonancias, que son la proyección diferida de nuestro propio acento: una verdadera magnificación, con todas sus lejanas proyecciones, de nuestro humilde canto. Así acontece en este instante. En una convocatoria de los abogados de América, cada una de nuestras palabras tiene, por este motivo, una redoblada responsabilidad. De los cuatro puntos del Continente nos llegan los clamores de nuestros compañeros en la lucha por el derecho. A todos ellos quisiéramos ser fieles e interpretar a todos en su angustia. Estos abogados, que tienen miedo por el destino de su patria, nos piden una palabra de censura y hasta una acción militante contra quienes, según ellos, están provocando la rebelión contra los poderes constituidos; pero estos otros nos piden, desde las cárceles o desde el destierro político, una palabra de castigo para quienes les persiguen, no ya por sus delitos sino por sus ideas, que son las nuestras. Estos, que trabajan con dolor, nos piden una declaración contra las férreas reglamentaciones gubernativas que les traban en su libertad de trabajo, y aquéllos, que también trabajan con dolor, nos piden férreas reglamentaciones gubernativas que los liberen de los monopolios, de las dictaduras económicas y del imperialismo. Estos, que defienden a los pobres, a los indios, a los abandonados de la fortuna, nos reclaman una protesta en nombre de más de cien millones de desheredados que sobreviven inhumanamente en este Continente; aquéllos, ligados a ese régimen por sólidos lazos económicos, nos piden que no turbemos el ritmo regular de la historia y que no pidamos prematuramente lo que el tiempo futuro traerá más tarde a ciencia cierta. ¿Cómo contentarlos a todos? ¿Y será posible acaso contentarlos a todos sin incurrir en grave injusticia? ¿Cuál ha de ser hoy, nuestra palabra que pueda, como en la cúpula del Renacimiento, multiplicarse en su importancia y responsabilidad y adquirir en el tiempo validez universal? ¡Grave peso, sin duda, el que se halla sobre nuestra frente! Pero grave y todo, es menester sobrellevarlo. Tratemos de ver si es posible resumir aquí la esencia de nuestro mensaje; lo que cada uno de nosotros quisiera decir para no sucumbir bajo el peso de la responsabilidad.
II
LA ENCRUCIJADA DE LA LIBERTAD
Comencemos por el derecho público. A esta altura del proceso histórico de este Continente, parece claro que sólo la concepción democrática del Estado de Derecho constituye una fórmula apta para realizar nuestro destino. El Estado de Derecho no sólo aspira a superar la dictadura, sino que aspira, optimistamente, a prevenir la revolución. En último término es obvio que, como se ha dicho, no hay dictadura que no termine en una revolución, ni revolución que no termine en una dictadura. Tanto el dictador como el revolucionario sueñan con el Estado de Derecho. El dictador, para legitimar sus actos y precaverse de las venganzas que le esperan al término de su mando; el revolucionario, porque la evolución es el fin natural de la revolución. Sin embargo, en esta reunión de familia de los abogados americanos debemos ser sinceros con nosotros mismos, y reconocer que en este instante hay una nube que se levanta sobre el horizonte. En la lucha contra las fuerzas que propugnan la revolución ya no nos estamos deteniendo ante las ideas. De la represión de los hechos estamos pasando a la represión del pensamiento. Para prevenir el delito de conspiración estamos instituyendo de nuevo, por un imperceptible plano inclinado, el delito de opinión. Lo que debe preocuparnos es que esto comienza a acontecer en centros de cultura cuya gloria había sido siempre la defensa de la libertad de pensar y que nos habían enseñado antes con su doctrina y con su ejemplo, la tolerancia para todas las ideas y la libertad irrestricta en el orden del espíritu. ¿No estaremos desoyendo con esto la mejor lección, de la historia de América; el postulado esencial en nombre del cual se forjó su independencia y se justificó su presencia en la civilización occidental? Porque el secreto de la tolerancia no consiste, como dice el precepto, en tolerar las ideas que compartimos, sino en respetar las ideas que aborrecemos. Mientras ellas pertenezcan al fuero de la conciencia de cada uno y no aspiren a imponerse por la violencia, deben merecer nuestro respeto y faltamos a nuestro deber cuando pretendemos suprimirlas. Digamos hoy, en esta convocatoria, que somos fieles a la vieja voz del respeto a todas las ideas, respetables por ser tales y recordemos que la plenitud en la libertad sólo se conquista el día en que hemos aprendido a amar a aquel que no piensa como nosotros.
III ¿UNA CRISIS DEL DERECHO?
Veamos, ahora, las cosas en el ámbito del derecho privado. También aquí los abogados americanos tenemos algo que decir. En un volumen reciente titulado "La crisi del diritto", la Universidad de Padova ha reunido el pensamiento de ocho o diez grandes juristas europeos de nuestro tiempo. El último de esos mensajes, el más desgarrador de todos, ya no habla de crisis del derecho, sino de muerte del derecho. Desde hace más de un cuarto de siglo estamos escuchando esta quejumbrosa letanía. "Le declin du droit", "La révolte des faits contre le droit", todas ellas formas polarizadas de la famosa "Untergang des Abendlandes", son otros tantos títulos que constituyen el triste canto que venimos oyendo casi desde nuestra adolescencia. ¿Está efectivamente en crisis, en este Continente, el instrumento jurídico que construye a un tiempo mismo la garantía de nuestra libertad y la seguridad de nuestra cohesión? No. La idea de crisis del derecho es una idea esencialmente europea, opuesta a la mejor concepción americana del mundo y de la vida. Simone Weil lo expresó poco antes de morir en un libro de desgarro y de desesperación: "No podías haber nacido en mejor época que ésta, en que todo se ha perdido". Esto es así, sencillamente, porque como se ha dicho hace poco, para un europeo la idea de nación, de derecho, de convivencia, de arte, de civilización, es siempre algo que se halla referido al pasado. Para un americano, en cambio, estas mismas ideas son siempre algo referido al presente y al futuro. La nación, el derecho, el arte, la civilización, los estamos haciendo nosotros cada día. No podemos, pues, pensar en una idea de crisis, sino con referencia a tiempos inmediatos y a ciclos muy breves, carentes de significación histórica. En América no puede haber crisis del derecho, porque no hubo nunca un apogeo anterior. Hasta mediados del siglo pasado fueron la colonia y la esclavitud los dos soportes del derecho en el orden político y en el orden social. A ellos sucedió la revolución interna y la guerra fratricida. Vinieron luego las dictaduras, las opresiones y los imperialismos. Los enormes esfuerzos que este Continente realiza para emanciparse de todos sus males no son la crisis, sino justamente lo contrario: el sacrificio por salir de la crisis. La crisis es el pasado, no el presente. Nuestra tradición es el futuro. Pero aun contemplando el derecho en su dimensión universal, la idea de crisis se halla herida de transitoriedad histórica. El más antiguo de los Códigos conocidos tiene 4200 años; el Corpus juris tiene 1600 años; el Código Napoleón tiene sólo 150 años; la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el texto jurídico más importante de la historia del hombre, el primero que ha concebido al hombre en su plenaria condición de tal, por la voluntad unánime de todos los pueblos, no ha cumplido aún cinco años, y todavía no estamos preparados para saber aplicarlo. Hay motivo para pensar, pues, que el derecho se encuentra en su aurora, acaso en los comienzos de su trayectoria, justamente en el punto inicial en que la experiencia de los siglos nos ha permitido abolir la esclavitud, luchar contra sus formas residuales y colocar al hombre en su dignidad de tal, como efectiva razón de ser del derecho.
IV EL DERECHO, LA LOGICA Y EL SENTIMIENTO
Y ahora, por último, una palabra en el campo de la teoría general del derecho. Acaso la afirmación más profunda de nuestra convicción en este orden de cosas es que el derecho es un fenómeno muy importante en la vida humana... pero no es nada más que el derecho. Cada día debernos ejercitar nuestra conciencia en este pensamiento. En último término, el derecho es sólo un instrumento. Sin la justicia que lo ilumina, sin el orden que lo consolida, sin la educación que le da vida, sin la paz que lo impulsa, sin la equidad que lo tempera, sin la misericordia que lo suple, sin el amor que lo rebasa, sin el heroísmo que lo glorifica ¿qué es el derecho? El homo juridícus, dice el filósofo, aquel que ajusta todos los actos de su vida a la rigurosa norma jurídica, es un prodigio de lógica y una caricatura de hombre. Un bello libro reciente titulado "Crítica del saber de los juristas", nos trae la necesaria palabra de consuelo. Nos advierte el autor, a esta altura de la...

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