CG-A-04/23.- ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, MEDIANTE EL CUAL EMITE EL PROYECTO DE “LINEAMIENTOS QUE REGULAN LA DISCULPA PÚBLICA QUE SE OFRECE A LAS VÍCTIMAS DEL DELITO DE VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES EN RAZÓN DE GÉNERO EN EL ESTADO DE AGUASCALIENTES” EN COORDINACIÓN CON LA FISCALÍA ESPECIALIZADA EN DELITOS ELECTORALES EN EL ESTADO DE AGUASCALIENTES, PARA SU REMISIÓN Y EN SU CASO APROBACIÓN POR EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO, EN CUMPLIMIENTO AL DECRETO 256 PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL EN FECHA DOS DE ENERO DE DOS MIL VEINTITRÉS.

Fecha de publicación06 Febrero 2023
SecciónSexta Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 19Febrero 6 de 2023 (Sexta Sección)
INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL
CG-A-04/23
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, MEDIANTE EL CUAL EMITE EL PROYECTO
DE “LINEAMIENTOS QUE REGULAN LA DISCULPA PÚBLICA QUE SE OFRECE A LAS VÍCTIMAS DEL DELITO DE VIOLENCIA POLÍTICA
CONTRA LAS MUJERES EN RAZÓN DE GÉNERO EN EL ESTADO DE AGUASCALIENTES” EN COORDINACIÓN CON LA FISCALÍA
ESPECIALIZADA EN DELITOS ELECTORALES EN EL ESTADO DE AGUASCALIENTES, PARA SU REMISIÓN Y EN SU CASO
APROBACIÓN POR EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO, EN CUMPLIMIENTO AL DECRETO 256 PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL
EN FECHA DOS DE ENERO DE DOS MIL VEINTITRÉS.
1.
Reuniéndose en sesión ordinaria, en la sede del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes 1 las y los integrantes del Consejo General, previa
convocatoria de su presidenta y determinación del quórum legal, con base en los siguientes:
R E S U L T A N D O S
2.
I. En fecha diez de octubre de dos mil veintidós, el máximo órgano de dirección del Institut o, aprobó el acuerdo identificado con la clave CG-A-
55/22, mediante el cual se determinó la integración l a Comisión Temporal de Normatividad, quedando de la siguiente manera:
Presidencia
Consejero Electoral Javier Mojarro Rosas
Secretaría
Consejera Electoral Mariana Eréndira Ramírez Velázquez.
Vocalía
Consejero Electoral Francisco Antonio Rojas Choza.
Secretaría Operativa
Directora Jurídica Anahí Adriana Aguilera Díaz de León.
3.
II. En fecha dos de enero del año dos mil veintitrés, fue public ado en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, el Decreto número 25 6,
mediante el cual se reformaron divers os artículos al Código Electoral para el Estado de Ag uascalientes2, y en el artículo Segundo Transitorio,
mandató a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales3, al Instituto y al Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes4, para que, en un
plazo no mayor a treinta días naturales posteriores a su publicación, emitieran los Lineamientos que regularán la disculpa pública que se deba
ofrecer a las víctimas de violencia política contra las mujeres en razón de género.
4.
III. El día trece de enero de dos mil veintitrés, e n la sede de este Instituto, previa convocatoria de la consejera presidenta, personal de las tres
autoridades llevaron a cabo una reunión de trabajo, e n la cual, intercambiar on diversos planteamientos respecto de la elabo ración de los
Lineamientos, resaltando sus ámbitos compet enciales, así como diversas ideas respecto a la elaboración de éstos.
5.
IV. En fecha trece de enero de dos mil veintitrés y en seguimiento a los ac uerdos tomados en la reunión de trabajo celebrada en la misma fecha,
este Instituto compartió vía correo electrónico al Tribunal y la Fiscalía, un documento que comprendía los elementos mínimos que deberían
contener los Lineamientos de mérito, t omando como base lo dispuesto en la Ley General de Víctimas, diversas sentencias de amparo, así
como criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
6.
V. En fecha catorce de enero de dos mil veintitrés , el Tribunal envió a este Instituto por la vía electrónica, una pr opuesta de los Lineamientos que
regulan la disculpa pública que s e deba ofrecer a las víctimas de violencia política contra las m ujeres en razón de género, en el ámbito
administrativo.
7.
VI. En fecha diecisiete de enero del prese nte año, se llevó a cabo una segunda reunión de t rabajo en la que estuvieron presentes personal de la
Fiscalía, del Instituto, del Tribunal y la representación del Supremo Tribunal d e Justicia del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes5, en la
que, de conformidad con sus respectiv os ámbitos competenciales, se definió que en materia sancionad ora electoral el Tribunal aprobaría los
Lineamientos con las aportaciones del Instituto. Y, adicionalmente, el Supr emo Tribunal emitiría los respectivos Lineamiento s en materia
penal, con la colaboración de la Fiscalía y este Instituto.
8.
VII. El día veinte de enero de dos mil v eintitrés, fue en viado al Tribunal el oficio IEE/P/0085/2023, signado por la cons ejera presidenta de este
Consejo General, el cual contenía las obs ervaciones advertidas por este Instituto respecto de la propuesta de Lineamientos que regula n la
disculpa pública que se deba ofrecer a las vícti mas de violencia política contra las mujeres en razón de género, por la vía administrativa.
1 En adelante “Instituto”
2 En adelante el “Código”.
3 De forma subsecuente la “Fiscalía”.
4 En adelante el “Tribu nal”.
5 De forma subsecuente el “Supremo Tribunal”.

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