CFDI por pagos desueldos, salarios y conceptos asimilados a estos
Autor | José Pérez Chavez/Raymundo Fol Olguin |
Páginas | 53-58 |
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Derivado de las reformas fiscales para el ejercicio de 2014, a partir del 1 o. de enero del año en curso, los pagos de sueldos, salarios y conceptos asimilados a éstos, sólo se podrán deducir cuando las erogaciones por concepto de remuneración y las retenciones del ISR correspondientes consten en CFDI.
El primer párrafo del artículo 29 del CFF indica que cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales, entre otros, por las retenciones de contribuciones que efectúen, los contribuyentes deberán emitirlos mediante documentos digitales a través de la página electrónica del SAT, es decir, mediante CFDI.
A su vez, la fracción III del artículo 99 de la nueva LISR establece que los empleadores que hagan pagos de sueldos, salarios y conceptos asimilados a éstos, deberán expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban los citados pagos, en la fecha en que se realice la erogación correspondiente.
Según se observa, por cada pago de salarios o prestaciones que se efectúe a los trabajadores, se deberá expedir un CFDI, entre otros, por los siguientes conceptos:
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Salarios semanales o quincenales.
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Horas extra.
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Gratificaciones.
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Prestaciones de previsión social.
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Fondo de ahorro.
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Premios por puntualidad o asistencia.
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PTU.
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Aguinaldo.
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Prima vacacional.
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Indemnizaciones y finiquitos.
Esta situación generará una mayor carga administrativa para los contribuyentes.
Por otra parte, el segundo párrafo de la fracción V del artículo 27 de la nueva LISR señala que los pagos por sueldos, salarios y conceptos asimilados a éstos se podrán deducir siempre que las erogaciones por los referidos conceptos, las retenciones correspondientes y las deducciones del impuesto local por salarios, consten en comprobantes fiscales emitidos en los términos del CFF, es decir, en CFDI.
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En relación con lo anterior, la Resolución Miscelánea Fiscal indica lo siguiente:
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La regla I.2.7.5.1 establece que los CFDI que se emitan por las remuneraciones que se efectúen...
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