Aviso mediante el cual se da a conocer que la Dirección General del Centro de Control de Confianza de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, puede prestar los Servicios de Evaluación para la Licencia Oficial Colectiva de Portación de Arma de Fuego a cualquier Integrante de Instituciones Vinculadas con la Seguridad e Impartición de Justicia a Nivel Nacional, distintos al Distrito Federal

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA

AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER QUE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CENTRO DE CONTROL DE CONFIANZA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, PUEDE PRESTAR LOS SERVICIOS DE EVALUACIÓN PARA LA LICENCIA OFICIAL COLECTIVA DE PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO A CUALQUIER INTEGRANTE DE INSTITUCIONES VINCULADAS CON LA SEGURIDAD E IMPARTICIÓN DE JUSTICIA A NIVEL NACIONAL, DISTINTOS AL DISTRITO FEDERAL.

MTRO. CARLOS JESÚS CADENA LOZANO, Oficial Mayor de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15 fracción X y último párrafo, y 16 fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 10 fracciones IV y XI de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, y 15 fracción XIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; y

CONSIDERANDO

Que con fecha 20 de enero de 2014 se publicaron en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, las "Reglas para el Control y Manejo de los Ingresos que se recauden por Concepto de Aprovechamientos y Productos que se asignen a las Dependencias, Delegaciones y Órganos Desconcentrados que los generen, mediante el Mecanismo de Aplicación Automática de Recursos".

Que de conformidad con lo establecido en la Regla Séptima, numeral 2, de las "Reglas para el Control y Manejo de los Ingresos que se recauden por Concepto de Aprovechamientos y Productos que se asignen a las Dependencias, Delegaciones y Órganos Desconcentrados que los generen, mediante el mecanismo de Aplicación Automática de Recursos", se deberá publicar en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el listado de conceptos, cuotas y tarifas que se aplicaran durante la vigencia de las Reglas.

Que el listado de conceptos, cuotas y tarifas a que se refiere el considerando anterior deberá contener la clave, el concepto, la unidad de medida y tarifa a aplicar.

Que con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Regla Séptima, numeral 2, de las referidas Reglas, he tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER QUE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CENTRO DE CONTROL DE CONFIANZA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, PUEDE PRESTAR LOS SERVICIOS DE EVALUACIÓN PARA LA LICENCIA OFICIAL COLECTIVA DE PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO A CUALQUIER INTEGRANTE DE INSTITUCIONES VINCULADAS CON LA...

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