Acuerdo por el que se publica el modelo de convenio de concertación para el ejercicio fiscal 2007, que celebrarán, por una parte el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y por la otra, las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), a través de su representante legal, en el marco del Programa Nacional de Prevención y Atenci...

Fecha de disposición10 Agosto 2007
Fecha de publicación10 Agosto 2007
EmisorSISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
SecciónPRIMERA. Organismos Descentralizados Y/o Desconcentrados

ACUERDO por el que se publica el modelo de convenio de concertación para el ejercicio fiscal 2007, que celebrarán, por una parte el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y por la otra, las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), a través de su representante legal, en el marco del Programa Nacional de Prevención y Atención a Niñas, Niños y Jóvenes en Situación de Calle.

Al margen un logotipo, que dice: Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.

MARIA CECILIA LANDERRECHE GOMEZ MORIN, Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y con fundamento en los artículos 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 14, 22 y 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 27, 28, 37 y 44 de la Ley de Asistencia Social; 25 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2007, 77 de la Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 176, 178 y 181 del Reglamento de la Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 1o., 2o., 11 y 16 del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, 12.1, 12.2.1 y 12.4.2 del acuerdo por el que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, da a conocer las Reglas de Operación de los Programas de Atención a la Infancia y Adolescencia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2006; y

1.1.1.1. CONSIDERANDO

Que el Anexo 17 del Decreto del Presupuesto de la Federación para el ejercicio 2007, establece los programas sujetos a Reglas de Operación y que el Reglamento de la Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, determina en su artículo 178, segundo párrafo que las dependencias y entidades podrán celebrar convenios con personas morales sin fines de lucro, consideradas organizaciones de la sociedad civil incluyendo aquellas que promuevan las causas de mujeres, jóvenes, adultos mayores, indígenas, productores rurales y migrantes mexicanos, para su participación en la ejecución de los programas sujetos a reglas de operación. Para estos fines, los modelos de convenio, previo a su formalización, deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación, señalando de manera precisa la forma en que se dará seguimiento al ejercicio de los recursos.

Que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, en el marco del Sistema Nacional de Asistencia Social, el Programa Nacional de Prevención y Atención a Niñas, Niños y Jóvenes en Situación de Calle, realiza diversas acciones en beneficio de la población sujeta a los servicios de asistencia social, a través de la concertación y colaboración de acciones con las Organizaciones de la Sociedad Civil, sin fines de lucro y dedicadas a la prestación de servicios de asistencia social, para fomentar el desarrollo integral de la familia, a través del diseño de estrategias de atención en beneficio de los sujetos de recepción de los servicios de asistencia social.

Que de conformidad con el artículo 25, del Decreto del Presupuesto de Egresos para la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007, las Reglas de Operación del Programa de Atención a la Infancia y Adolescencia, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2006, y que se refieren al programa de Prevención y Atención a Niñas, Niños y Jóvenes en Situación de Calle “De la Calle a la Vida, establece dentro de sus objetivos el enlazar los esfuerzos y las voluntades de todos los grupos y sectores involucrados en la atención a la infancia callejera.

Asimismo, DIF Nacional debe coordinar acciones con los Sistemas Estatales, Organismos Públicos y Privados y con las Organizaciones No Gubernamentales, los apoyos que permitan estructurar y aterrizar las estrategias de atención a la población objetivo, a través de la firma de convenios de colaboración.

Que para el logro de sus objetivos, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, entre otras acciones , reconoce la importancia de optimizar esfuerzos y sumarse a iniciativas de la sociedad civil y del sector público, para ampliar el impacto de sus programas en la comunidad, direccionando los recursos con los que cuenta para integrar acciones y lograr un beneficio mayor a favor de los sujetos de asistencia social, mediante el desarrollo integral e incluyente, con la participación de la sociedad civil; he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE PUBLICA EL MODELO DE CONVENIO DE CONCERTACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007 QUE CELEBRARAN, POR UNA PARTE EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA Y POR LA OTRA, LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL (OSC), A TRAVES DE SU REPRESENTANTE LEGAL, EN EL MARCO DEL PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCION Y ATENCION A NIÑAS, NIÑOS Y JOVENES EN SITUACION DE CALLE

UNICO.- Se publica el modelo de convenio de concertación para el ejercicio fiscal 2007 que celebrarían por una parte el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y por la otra, las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), a través de su representante legal, en el marco del Programa Nacional de Prevención y Atención a Niñas, Niños y Jóvenes en Situación de Calle.

1.1.1.2. TRANSITORIO

UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los nueve días del mes de agosto de dos mil siete.- La Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, María Cecilia Landerreche Gómez Morín.- Rúbrica.

“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.

CONVENIO DE CONCERTACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO SUCESIVO DIF NACIONAL REPRESENTADO POR LA TITULAR DEL ORGANISMO, LA LIC. MARIA CECILIA LANDERRECHE GOMEZ MORIN, Y POR LA OTRA, >, EN ADELANTE > REPRESENTADAS POR LOS C. >, EN SU CARACTER DE >, DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

1.1.1. DECLARACIONES

I “DIF NACIONAL declara que:

I.1 Es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio y personalidad jurídica propios, normado por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días...

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