Convocatoria para la celebración de una Convención Obrero Patronal, a fin de revisar en su forma integral el Contrato Ley de las Industrias Azucarera y Alcoholera y Similares de la República Mexicana

Fecha de disposición08 Septiembre 2000
Fecha de publicación08 Septiembre 2000
EmisorSECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVOCATORIA para la celebración de una Convención Obrero Patronal, a fin de revisar en su forma integral el Contrato Ley de las Industrias Azucarera y Alcoholera y Similares de la República Mexicana.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.- Coordinación General de Funcionarios Conciliadores.- Contrato Ley-Azúcar.- 12/212/(72)/17 legajo 53.

Asunto: Convocatoria para la Convención Obrero Patronal para la Revisión Integral del Contrato Ley de las Industrias Azucarera, Alcoholera y Similares de la República Mexicana.

México, Distrito Federal, a dieciséis de agosto de dos mil.

Visto el expediente administrativo número 12/212/(72)/17 legajo 53, formado en la Coordinación General de Funcionarios Conciliadores de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con motivo de las solicitudes obrera y patronal, para que se convoque a una Convención Obrero Patronal Revisora del Contrato Ley de las Industrias Azucarera, Alcoholera y Similares de la República Mexicana, en su forma integral, presentadas en esta Secretaría los días veinticuatro y veintiocho de julio de dos mil, con fundamento en el artículo 419 fracciones I y II de la Ley Federal del Trabajo, firmadas por representantes del Sindicato de Trabajadores de la Industria Azucarera y Similares de la República Mexicana (C.T.M.) y de la Confederación Regional Obrera Mexicana (C.R.O.M.), respectivamente, y por el sector empresarial, representada por el licenciado Carlos Seoane Castro, Presidente de la Cámara Nacional de las Industrias Azucarera y Alcoholera, el once de agosto del año en curso, y

CONSIDERANDO

PRIMERO.- Que por convenio de primero de febrero de mil novecientos noventa y nueve, firmado por patrones y trabajadores sindicalizados representantes del interés profesional de las Industrias Azucarera, Alcoholera y Similares de la República Mexicana, se dio por revisado en su forma integral, el Contrato Ley de esta rama de la industria, estableciéndose en la cláusula sexta la vigencia del referido Contrato Ley del dieciséis de noviembre de mil novecientos noventa y ocho al quince de noviembre del año dos mil. Dicho convenio se publicó en el Diario Oficial de la Federación de veinticuatro de marzo de mil novecientos noventa y nueve.

SEGUNDO.- Que el Contrato Ley mencionado fue revisado en su aspecto salarial, por convenio de fecha treinta y uno de enero de dos mil. El referido convenio fue publicado en el Diario...

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