Causas, Objeto y Efectos de la Huelga

CAUSAS, OBJETO Y EFECTOS DE LA HUELGA(1)
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(1) Trabajo presentado por su autor ante la Octagésima Convención Anual de la Barra del Estado de Texas, celebrada en México, D. F., del 8 al 10 de julio de 1962

Por el Barrista Lic. Francisco BREÑA GARDUÑO

  1. Introducción. La huelga como Derecho Social y la huelga como Hecho Delictuoso.

  2. Las causas y efectos de la huelga en cuanto Derecho Social. a) Causa eficiente. b ) Causas finales. c ) Causa formal y material u objeto. d ) Efectos generales. e ) La requisa y la ocupación temporal.

  3. La huelga como hecho delictuoso. Enumeración de los delitos. Las penas. La huelga ilícita. Los efectos.

  4. Conclusión.

I. INTRODUCCION

La extensión de este trabajo en relación a la duración de la Convención y la atención a nuestros huéspedes y colegas norteamericanos, nos hicieron desarrollar este trabajo con forma de bosquejo breve y sencillo, para dar un esquema de las causas y efectos de esta institución.

La huelga como hecho jurídico la preferimos analizar en sus causas y efectos en cuanto sea lícita o ilícita. En el primer caso se trata de un Derecho Social y en el segundo de un delito.

En las huelgas lícitas las causas remotas pueden ser metajurídicas; v. gr.: económicas, políticas, etc., pero las causas próximas necesariamente deben ser jurídicas o antijurídicas, formalmente hablando. Las causas finales serán objeto de mayor atención que las formales, pues éstas están muy relacionadas con los aspectos procesales de la huelga, tema diferente a este trabajo.

Los aspectos de causa, objeto y efectos de la huelga como Derecho Social que vamos a desarrollar, están principalmente referidos a nuestro derecho positivo vigente, desde un punto de vista más bien filosófico tradicional, por ser el más claro a nuestro juicio.

Los efectos de las huelgas serán brevemente expuestos, con la excepción del que se origina por el aviso de huelga y que constituye en interventor o depositario al patrono, pues también estimamos que este efecto corresponde a los aspectos procesales de la huelga.

La huelga como constitutiva de hechos delictuosos sólo se mencionará ligeramente y bajo el enfoque del Derecho del Trabajo, o sea sus causas y efectos en el campo laboral.

II. CAUSAS Y EFECTOS DE LA HUELGA COMO DERECHO SOCIAL
  1. La causa eficiente, o sea la que con su acción produce la huelga, es el acuerdo de un grupo de trabajadores llamado coalición, según nuestro Código de Trabajo (Art. 259). Este aspecto ya fue tocado en el tema Sujetos del Derecho de Huelga, por lo que sólo lo apuntamos.

  2. La causa final, o sea la finalidad u objetivo que persigue la huelga como derecho de clase y está consignado en sentido genérico en la fracción XVIII del artículo 123 constitucional y en sentido específico en el artículo 260 de la Ley Federal del Trabajo, fracción I. Estos preceptos dicen:

"Conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital."

  1. En este aspecto la causa final de la huelga es lograr el equilibrio entre los diversos factores de la producción.

    Como se ve, esta causa parece ser típicamente económica, ya que según la teoría tradicional de la Economía Política, los factores de la producción son tres: Naturaleza, Capital y Trabajo.

    Este equilibrio se refiere, pues, a los dos factores sujetos de derechos y que son: el capital o patrono y el trabajo o trabajadores, pues la naturaleza viene a ser los bienes que el patrono explota.

    La frase "armonizando los derechos del trabajador con los del capital", confirma lo anterior y expresa el modo o manera de lograr el equilibrio.

    Así, pues, el concepto de equilibrio entre trabajadores y patronos en nuestra doctrina y jurisprudencia, puede tomarse en un sentido genérico como causa final de toda huelga lícita, si se refiere uno a la fracción XVIII del artículo 123 constitucional, o a la fracción I del artículo 260 de la Ley Federal del Trabajo.

    El equilibrio, desde luego, significa, en nuestra opinión, una situación de compensación o paz social entre dos fuerzas sociales contrapuestas entre sí, como son los trabajadores y los patronos.

    Uno de nuestros más prestigiados tratadistas afirma que nuestra Constitución, en el precepto que venimos comentando, da una solución amplia e impecable a la cuestión social, la que no puede encerrarse en una fórmula rígida y menos única, sino en un texto amplio que...

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