Dictamen técnico que otorga el reconocimiento legal de los derechos de causahabiencia y la licencia de ejecución de obras de urbanización de la etapa V, fase B, sección 3 del fraccionamiento de tipo popular denominado “Villas Santiago de Querétaro”, ubicado en la Delegación Municipal Epigmenio González, Municipio de Querétaro, Qro.

Pág. 8578 PERIÓDICO OFICIAL 22 de junio de 2012
GOBIERNO MUNICIPAL
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN V INCISOS B), D) Y F) DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 7 Y 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE
QUERÉTARO; 9° FRACCIONES II, X Y XII DE LA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS; 30 FRACCIÓN II
INCISO D Y F, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 4 DE LA LEY DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE QUERETARO; 1°, 14 FRACCIÓN III, 16 FRACCIONES I, V,
VI, VII, IX, XII, XIII Y XIX, 17 FRACCIONES I, II, III, XI Y XVIII, 82, 92, 99, 100 FRACCIÓN I INCISO B), 101, 106, 109, 110,
111, 112, 113, 114, 140, 141, 143, 144, 145, 147 Y 152 DEL CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE QUERÉTARO; 73
FRACCIONES I Y V, DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE QUERÉTARO; Y DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO POR EL
ACUERDO DE CABILDO RELATIVO A LA DELEGACIÓN DE FACULTADES A LA SECRETARÍA DE DESARROLLO
SUSTENTABLE MUNICIPAL PARA EMITIR AUTORIZACIONES EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO.
CONSIDERANDOS
1. Que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
los Municipios están dotados de autonomía, patrimonio propio y se encuentran facultados para emitir disposici ones
administrativas de carácter general dentro de su respectivo ámbito de competencia.
2. Que en atención a lo dispuesto por el Artículo 30 Fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro,
otorga a los Ayuntamientos atribuciones para organizar su funcionamiento y estructura, para regular en forma
sustantiva y adjetiva las materias de su competencia, a través de bandos, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares
y demás documentos que contengan disposiciones administrativas de observancia general y obligat oria en el
municipio, determinando su vigencia y permanencia.
3. Que los Artículos 121 y 122 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, 73 del Código Municipal de
Querétaro y conforme al Acuerdo de Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 13 de octubre de 2003 por el que se crea
la Secretaría de Desarrollo Sustentable, refieren que ésta Dependencia es la encargada de regular el ordenado
crecimiento urbano municipal.
4. Que mediante Acuerdo de Cabildo de fecha 02 (dos) de octubre de 2009 (dos mil nueve), el H. Ayuntamiento del
Municipio de Querétaro aprobó el delegar facultades a la Secretaría de Desarrollo Sustentable Municipal para emit ir
autorizaciones en materia de desarrollo urbano, acuerdo publicado en el Periódico Oficial “La Sombra de Arteag a” en
fecha 06 (seis) de Noviembre del 2009 (dos mil nueve), y en atención al artículo 4 de la Ley de Procedimientos
Administrativos del Estado de Querétaro, ésta Secretaría se encuentra legalmente facultada para la emisión del
presente acto administrativo.
5. Que mediante escrito presentado por el Lic. Álvaro Javier López Sánchez, Apoderado Legal de la C. Ma. Guadalupe
Ruiz Rubio, propietaria de los Lotes del 2 (dos) al 17 (diecisiete) de la Manzana 256 (doscientos cincuenta y
seis), Lotes del 2 (dos) al 12 (doce) de la Manzana 257 (doscientos cincuenta y siete) y los Lotes del 2 (dos) al
6 (seis) de la Manzana 290 (doscientos noventa), ubicados en la Etapa V, Fase B, Sección 3 del
fraccionamiento de tipo popular denominado “Villas Santiago de Querétaro”, Delegación Municipal Epigmenio
González de esta ciudad, solicita se reconozca la Causahabiencia y se emita la Autorización de la Licencia de
Ejecución de Obras de Urbanización de la vialidad denominada “Portal de Samaniego” en el tramo que da
frente a los lotes anteriormente descritos; y requiere a esta autoridad administrativa para que determine lo
conducente, apoyado en el siguiente:
DICTAMEN TÉCNICO
1. Mediante escritura pública número 17,891 (diecisiete mil ochocientos noventa y uno), de fecha 14 (catorce) de octubre de
2005 (dos mil cinco), pasada ante la fe de la Lic. Estela de la Luz Gallegos Barredo, Notario Adscrita a la Notaría Pública
número 31 (Treinta y uno) de esta Demarcación Notarial, cuyo primer testimonio quedó i nscrito en el Registro Público de
la Propiedad y de Comercio del Estado de Querétaro, en los folio reales números 138027/20, 138027/21, 138027/22,
180995/2, 180996/2 y 180997/2, todos de fecha 13 (trece) de junio de 2008 (dos mil ocho); comparecieron de una parte la
sociedad mercantil denominada “Quebradora y Maquinaria”, S. A. de C. V., representada en el acto por el C. P. Francisco
Javier Cevallos Pérez; y de la otra parte la Lic. Ma. Guadalupe Ruiz Rubio, para llevar a cabo la formalización del C ontrato
de Compraventa de los lotes 26 (veintiséis) al 36 (treinta y seis) de la manzana 210 (doscientos diez), del 2 (dos) al 17
(diecisiete) de la manzana 256 (doscientos cincuenta y seis), del 2 (dos) al 12 (doce) de la manzana 257 (doscientos
cincuenta y siete), del 1 (uno) al 17 (diecisiete) de la manzana 273 (dosc ientos setenta y tres), del 1 (uno) al 36 (treinta y

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