Castigan falsedad en declaraciones

AutorAlejandra Ordóñez

Declarar frente a una autoridad pública hechos que no fueron realidad o que no nos constan, es un delito llamado falso testimonio, que es castigado en el Estado de México con penas de dos a 15 años de prisión y con una multa de 30 a 750 salarios.

Antes de rendir la declaración ante el Ministerio Público, en la averiguación previa, o ante los titulares del órgano jurisdiccional, en el proceso, se toma protesta de decir la verdad al denunciante, querellante o sus representantes legales, los peritos, testigos y quienes intervengan en alguna diligencia, según lo establece el artículo 16 del código de Procedimientos Penales.

Con ello, se entera al declarante del delito que puede cometer, cuyo castigo se establece en el artículo 156 del Código Penal y la toma de protesta queda asentada en el acta.

Rosa María Ramírez, agente del MP en la Subprocuraduría de Tlalnepantla, dijo que este delito se persigue de oficio y puede detectarse en flagrancia, cuando la policía ministerial ve que el denunciante miente, se contradice o muestra nerviosismo excesivo.

También se puede detectar en la integración de la averiguación previa, en el proceso judicial y al recabar pruebas se acredita que la persona falseó los hechos; entonces, se ejercita acción penal contra quien mintió Ramírez indicó que el falso testimonio puede presentarse en cualquier delito pero no hay una estadística de las averiguaciones en las que se detectó ni cuáles fueron las denuncias iniciales.

Los abogados mencionaron que aunque el falso testimonio no es tan frecuente, el robo es uno de los delitos en los que más se comete.

"Muchas personas vienen a denunciar el robo de un celular porque el seguro les exige que para poder cubrir el monto necesitan iniciar una acta por robo con violencia, entonces mucha gente, a pesar de que lo pudo haber olvidado en algún lugar o que se atraco fue sin violencia, van y denuncian para que las aseguradoras les paguen", dijo la titular de la mesa 10 de Trámite del Departamento de Averiguaciones Previas.

Coincidió con Juan Antonio Rangel, director de Derecho en el ITESM-CEM, en que cuando se expiden sus copias del acta al hacer la denuncia, la mayoría no sigue la averiguación.

Fernando Roldán, agente del MP en la Subprocuraduría de Tlalnepantla, dijo que es común que se levanten averiguaciones por robo de automóvil, cuando no han ocurrido, debido a que chocaron o atropellaron a alguien y quieren hacer válido un seguro o deslindarse, argumentando que ellos no...

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