Acuerdo mediante el cual se modifica la base II de la autorización otorgada a B y B Casa de Cambio, S.A. de C.V., Actividad Auxiliar del Crédito, por aumento de capital fijo pagado

Fecha de disposición23 Octubre 2002
Fecha de publicación23 Octubre 2002
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO mediante el cual se modifica la base II de la autorización otorgada a B y B Casa de Cambio, S.A. de C.V., Actividad Auxiliar del Crédito, por aumento de capital fijo pagado.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Dirección General de Seguros y Valores.- Dirección de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.- 366-I-A-926.- 724.2/304311.

AUTORIZACIONES DE CASAS DE CAMBIO.- Se modifica la otorgada a esa sociedad por aumento de capital fijo pagado.

B y B Casa de Cambio, S.A. de C.V. Actividad Auxiliar del Crédito Horacio No. 1855, Desp. 203-A Col. Los Morales Polanco 11560, México, D.F.

Esa sociedad, con el objeto de dar cumplimiento a los puntos cuarto y décimo del Acuerdo por el que se establecen los capitales mínimos pagados con que deberán contar los almacenes generales de depósito, las arrendadoras financieras, uniones de crédito, empresas de factoraje financiero y casas de cambio, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de mayo de 2001, remitió el primer testimonio de la escritura pública número 13,079 del 4 de abril de 2002, otorgada ante la fe del Notario Público número 100, licenciado Manuel Enrique Oliveros Lara, con ejercicio en la Ciudad de México, Distrito Federal, debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, con el folio mercantil número 108,879, partida 8,534 del 9 de abril de 2002, que contiene la protocolización del acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de esa sociedad, celebrada el 27 de diciembre pasado, en la que, entre otras cosas, acordaron aumentar su capital social fijo pagado sin derecho a retiro de $21 671,000.00 (veintiún millones seiscientos setenta y un mil pesos 00/100 M.N.) a $25 706,000.00 (veinticinco millones setecientos seis mil pesos 00/100 M.N.), íntegramente suscrito y pagado, modificando en consecuencia la cláusula sexta de sus estatutos sociales; asimismo, resolvieron acogerse al punto cuarto del Acuerdo por el que se establecen los capitales mínimos pagados con los que deberán contar las organizaciones auxiliares del crédito y las casas de cambio, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de mayo de...

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