Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral, relativo a las solicitudes de sustitución de candidatos a Diputados por ambos principios presentadas por los partidos políticos de la Revolución Democrática y Socialdemócrata

Fecha de disposición29 Junio 2009
Fecha de publicación29 Junio 2009
MateriaDerecho Constitucional
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG284/2009. ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, RELATIVO A LAS SOLICITUDES DE SUSTITUCION DE CANDIDATOS A DIPUTADOS POR AMBOS PRINCIPIOS PRESENTADAS POR LOS PARTIDOS POLITICOS DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA Y SOCIALDEMOCRATA.

ANTECEDENTES

  1. Con fechas dos y ocho de mayo del año dos mil nueve, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, en sesiones especial y extraordinaria, respectivamente, en ejercicio de las facultades que le otorga el artículo 118, párrafo 1, incisos o) y p), del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, acordó registrar las fórmulas de candidatos a Diputados por ambos principios, presentadas por los partidos políticos y coaliciones.

CONSIDERANDO

  1. Que de acuerdo con el artículo 41, párrafo segundo, base V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los numerales 104, párrafo 1; y 105, párrafo 2, ambos del Código de la materia, el Instituto Federal Electoral es un organismo público autónomo, cuya función estatal es la organización de las elecciones federales y en la que tiene como principios rectores la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.

  2. Que el artículo 227, párrafo 1, inciso b) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, establece que los partidos políticos y coaliciones podrán sustituir a sus candidatos por causas de fallecimiento, inhabilitación, incapacidad o renuncia.

  3. Que mediante escritos recibidos con fechas cuatro, cinco, ocho y nueve de junio de dos mil nueve, el Lic. Rafael Hernández Estrada, Representante Propietario del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo General de este Instituto, en virtud de la renuncia de algunos de sus candidatos a Diputados de mayoría relativa, mismas que fueron presentadas ante este Instituto con fecha cuatro de junio de dos mil nueve, solicitó la sustitución de los mismos, al tenor de lo siguiente:

    · Del ciudadano Guerrero Contreras Felipe de Jesús, candidato suplente a Diputado por el principio de mayoría relativa, por el Distrito 01 del estado de Durango, por el ciudadano Hernández Herrera Eduardo.

    · De la ciudadana Santiago García Victorina, candidata suplente a Diputada por el principio de mayoría relativa, por el Distrito 02 del estado de Guerrero, por el ciudadano Díaz Bello Oscar.

    · De los ciudadanos Espejel Hernández Enrique y Esquivel Caballero Jorge, candidatos propietario y suplente, respectivamente, a Diputados por el principio de mayoría relativa, por el Distrito 33 del estado de México, por los ciudadanos Santillán Ramos Gerardo y Membrila Espejel Santos.

    · Del ciudadano Segura Hinojosa Carlos Iván, candidato suplente a Diputado por el principio de mayoría relativa, por el Distrito 01 del estado de Sonora por el ciudadano Ramírez Sandoval Jesús Angel.

  4. Que mediante oficio RPSD/225/2009, recibido con fecha cinco de junio de dos mil nueve, el Mtro. Miguel M. González Compéan, Representante Propietario del Partido Socialdemócrata ante el Consejo General de este Instituto, en...

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