CALENDARIO de días no laborables en el año 2014, del H. Supremo Tribunal de Justicia del Estado.

En sesión celebrada en fecha diecinueve de diciembre de dos mil trece, el H. Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, entre otros, emitió el siguiente acuerdo:----------------------------------------- "----- Ciudad Victoria, Tamaulipas, a diecinueve de diciembre de dos mil trece.---------------------------------------- ----- Con fundamento en los artículos 114, apartado A, fracciones XVII y XXVIII, de la Constitución Política del Estado, 8°, párrafo primero, y 20, fracciones XVIII y XXVI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al disponer que es facultad del Tribunal Pleno fijar los períodos de vacaciones y que son inhábiles, además, los sábados y domingos y aquellos en que se suspendan las labores por acuerdo del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia; en relación con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, se aprueba el siguiente calendario de días no laborables, en el que se incluyen los ya autorizados por la Ley, correspondientes al:--- AÑO 2014

1, 2 y 3 de Enero (Miércoles a Viernes) Inicio del año y correspondientes al segundo periodo vacacional de 2013

3 de Febrero (Lunes) (Primer Lunes del mes)

En conmemoración de la Constitución de los Estados

Unidos Mexicanos del 5 de febrero de 1917 17 de Marzo (Lunes) (Tercer Lunes del mes)

En conmemoración del Natalicio de Don Benito Juárez

García, el 21 de marzo de 1806 17 y 18 de Abril (Jueves y Viernes) Semana Santa 1° de Mayo (Jueves) Día del Trabajo 5 de Mayo (Lunes) En conmemoración de la Batalla de Puebla de 1862 PRIMER PERIODO DE VACACIONES: 15 días naturales comprendidos del 18 de julio al 1 de agosto, incluidos, para reanudar labores el cuatro de agosto mencionado. Los titulares de cada Juzgado y demás personal saldrán de vacaciones en el período indicado, excepto el personal que en los Juzgados Penales, Especializados en Justicia para Adolescentes, Mixtos, de Ejecución de Sanciones, de Ejecución de Medidas para Adolescentes y Menores se determine por su titular permanezcan de guardia, los que disfrutarán de sus vacaciones los días del 15 al 29 de agosto, incluidos. 16 de Septiembre (Martes) En conmemoración de la Independencia Nacional en 1810 2 de Noviembre (Domingo) Día de los fieles difuntos

17 de Noviembre (Lunes) (Tercer Lunes del mes)

En conmemoración del Inicio de la Revolución Mexicana el 20 de noviembre de 1910 25 de Diciembre (Jueves) Celebración de la Navidad SEGUNDO PERIODO DE VACACIONES 15 días naturales comprendidos del 19 de diciembre de 2014 al 2 de...

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