¿Cómo calcular las vacaciones a las que tienen derecho las trabajadoras del hogar?

Fecha de publicación11 Enero 2024
Ilustración EE: Nayelly Tenorio
Ilustración EE: Nayelly Tenorio
Blanca Juárez

Por Blanca Juárez

Sólo a una de cada 10 trabajadoras del hogar les es reconocido y respetado el derecho que por ley tienen a las vacaciones por parte de quienes las emplean, según la ENOE. En este cálculo también se debe considerar la nueva fórmula incluida de la LFT vigente desde 2023.

En fechas como el fin e inicio del año, muchas trabajadoras del hogar migrantes anhelan regresar a sus localidades de origen para estar con sus familias. Con los días de vacaciones y la prima vacacional a los que tienen derecho podrían haberlo hacerlo, pero es muy, muy raro que las personas empleadoras les cumplan esta garantía.

Casi una cuarta parte de las 2.4 millones de personas trabajadoras del hogar (22.5%) no nació en la entidad donde labora, es migrante interna. Y sólo al 7% del total de las empleadas, migrantes o no, ha podido ejercer su derecho a vacaciones con goce de sueldo, según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE).

“La gran mayoría de las compañeras desconoce que tiene derecho a vacaciones” y eso es aprovechado de dos maneras por las personas que las emplean, dice Marcelina Bautista, directora y fundadora del Centro Nacional para la Capacitación Profesional y Liderazgo de las Empleadas del Hogar (Caceh).

Una es no autorizándoles ese periodo de descanso anual. La otra forma es que, “cuando las personas empleadoras se van de vacaciones, le dicen a la trabajadora que puede tomarse esos días libres”. Días que no les pagarán el salario y mucho menos una prima vacacional. Es decir, no son vacaciones.

Este trabajo, como pocos, se centra todavía en las necesidades y en la vida de las personas empleadoras. “Hace muchos años, cuando las trabajadoras empezamos a organizarnos, desconocíamos nuestros derechos. Incluso nos echábamos la culpa de los maltratos que sufríamos: no sabíamos hacer bien el trabajo, hacíamos las cosas mal…”.

Pero se documentaron, se asesoraron, reflexionaron y reclamaron. “Entonces, creamos la Cartilla de los Derechos de las Trabajadoras del Hogar en la que incluimos, por primera vez, las vacaciones, los días de descanso y feriados, horas extra y nuestro nombre digno”, rememora Marcelina Bautista, líder histórica de este movimiento obrero.

¿Qué dice la legislación laboral?

El artículo 334 Bis de la Ley Federal del Trabajo (LFT) indica que las trabajadoras del hogar tienen derecho a vacaciones y prima vacacional, entre otras prestaciones, como el aguinaldo y el acceso obligatorio a la seguridad social.

Desde enero de 2023 entró en vigor la reforma de vacaciones dignas, con la cual se amplió de 6 a 12 días el periodo mínimo, de lo cual las trabajadoras del hogar también se benefician.

Según el artículo 76 de la LFT, una vez cumplido un año de servicios, las personas trabajadoras pueden acceder a “un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables”.

Quienes presten servicios de manera discontinua o por temporada también tienen este derecho, pero en ese caso las vacaciones serán...

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