C.C. MIGUEL ÁNGEL LÓPEZ MENDOZA y LORENA RODRÍGUEZ ZAMORA.

Pág. 3894 PERIODICO OFICIAL 13 de junio de 2008
20.- Que en fecha 25 de enero del año 2008, el Partido Acción Nacional presentó ante el Consejo General del
Instituto, por conducto de la Secretaría Ejecutiva, los estados financieros correspondientes al cuarto trimestre
del año 2007.
21.- Que en fecha 30 de enero de 2008, la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral recibió de la
Secretaría Ejecutiva el expediente 005/2008, formado con motivo de la presentación de la información
financiera, y los respaldos contables relativos a cada uno de los meses que conforman el cuarto trimestre de
2007, para que procediera a su estudio a fin de emitir en su oportunidad el dictamen correspondiente.
22.- Que la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral procedió a la fiscalización de la información financiera
del partido que nos ocupa, verificó la entrega de balance general, estado de ingresos y egresos, estado de
origen y aplicación de recursos y relaciones analíticas respecto del financiamiento público, privado y
autofinanciamiento, y procedió a la revisión de la documentación legal que compruebe fehacientemente la
aplicación del gasto, desprendiéndose algunas observaciones que se describirán esencialmente en los puntos
que a continuación se desarrollaran y que se respaldan con el dictamen de la Dirección Ejecutiva de
Organización Electoral que se tiene aquí por reproducido como si a la letra se insertara por economía procesal
y para que surta sus efectos legales a que haya lugar:
a) En fecha 29 veintinueve de febrero de 2008, la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 61, 64 y 65 del Reglamento de Fiscalización, formuló las
observaciones derivadas de la revisión de los estados financieros, mediante los oficios DEOE/056/2008 y
DEOE/057/2008 a los representantes propietario y suplente de dicho partido; de manera adicional se envió al
representante propietario el oficio DEOE/088/08.
b) Por escrito presentado en fecha 14 de marzo de 2008, se tuvo al partido político en cuestión dando respuesta
a las observaciones efectuadas.
23.- Que una vez que fueron fiscalizados los estados financieros y la documentación correspondiente relativa al
cuarto trimestre del 2007, presentados por el Partido Acción Nacional, así como la obtenida por otros medios, y
después de contestadas las observaciones, en cumplimiento del artículo 50 de la ley de la ley de la materia, en
fecha 25 de abril de 2008 la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral emitió el dictamen correspondiente,
del cual se desprende esencialmente que no fueron subsanadas y parcialmente subsanadas las observaciones
siguientes:
Observaciones parcialmente subsanadas
I. Referente a la observación marcada con los números 6 y 8 de la de la fracción III y respondida conforme a lo
señalado en los números 6 y 8 de la fracción IV del apartado de Antecedentes del presente informe, se tienen
como parcialmente subsanadas, ya que si bien no se efectuó dentro del periodo del trimestre el depósito de los
ingresos obtenidos en los eventos consistentes en las luchas libres de fecha 4, 18 y 25 de diciembre en la
Arena Querétaro y en la obra de teatro navideña del 20 de diciembre en San Juan del Río, pues se realizaron
en fecha 9 de enero los primeros y 25 de febrero el segundo, ambos del 2008, los recursos han ingresado a las
cuentas del partido en términos de las disposiciones aplicables, sin haberse desviado su destino.
II. De acuerdo a la observación marcada con el número 10 de la de la fracción III y respondida conforme a lo
señalado en el número 10 de la fracción IV del apartado de Antecedentes del presente informe respecto al
incumplimiento de anexar copias certificadas de los estados de cuenta bancarios de la cuenta especial donde
se depositan los ingresos de sus órganos centrales, se tiene parcialmente subsanada, toda vez que se
considera injustificado el argumento expresado por el partido político en el sentido de que a pesar de haber
solicitado a su Tesorería Nacional los estados originales para certificar las copias requeridas, no han obtenido
respuesta favorable, apoyándose en el escrito presentado ante dicha instancia, ya que la solicitud se hizo hasta
el día 11 de marzo de 2008, esto es, más de dos meses después del periodo trimestral en comento. No
obstante, de las copias de los estados de cuenta bancarios presentados, se desprende plena coincidencia con
la información reportada por el partido político.

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