Buscan agilizar salida de inocentes recluidos

AutorJuan Corona

Los "presuntos culpables" que purgan una pena por un delito que no cometieron podrían recuperar su libertad en menos tiempo, de aprobarse la reforma para acelerar el reconocimiento de inocencia propuesta por los diputados panistas Fernando Rodríguez Doval y Carlo Pizano.

Bajo esta reforma, una vez que se resuelva el reconocimiento de inocencia de un condenado, la autoridad encargada de la ejecución de penas debe cumplir sin mayor trámite la liberación.

Actualmente, para que una persona inocente condenada por un delito pueda salir de prisión, debe iniciar el trámite para lo que se conoce como un "indulto necesario".

Este indulto se tramita a través del incidente de reconocimiento de inocencia, previsto en el artículo 614 del Código de Procedimientos Penales para el DF, mediante el cual el sentenciado debe presentar su petición al Tribunal Superior de Justicia del DF (TSJDF), alegando la causa en que la funda y presentando las pruebas.

Recibida la solicitud, la Sala respectiva pedirá inmediatamente el proceso al juzgado y citará al Ministerio Público, al condenado y a su defensor para la audiencia; en ella se recibirán las pruebas y se informará al reo o a su abogado, y el Ministerio Público puede pedir lo que en derecho corresponda.

A los 5 días de la audiencia, la Sala declarará si es o no fundada la solicitud del preso; en caso de serlo, remitirá las diligencias originales con informe al Ejecutivo, para que éste, sin más trámite, otorgue el indulto.

"Esto representa una incongruencia, toda vez que el indulto y el reconocimiento de inocencia son dos figuras de naturaleza jurídica distinta. La primera es facultad exclusiva del Presidente de la República, mientras que la segunda es determinada por una autoridad judicial", afirmó Pizano.

Otorgarle a un sentenciado el reconocimiento de inocencia significa que no cometió el delito que le fue imputado y que no está obligado a reparar el daño, mientras...

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