Acuerdo relativo a la autorización provisional para venta de lotes del fraccionamiento de tipo habitacional medio denominado 'Real del Bosque' en su segunda etapa, ubicado en la Carretera Estatal Corregidora - Huimilpan 441, km 3.6, Municipio de Corregidora, Qro.

22 de noviembre de 2013 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 11875
GOBIERNO MUNICIPAL
El suscrito Ciudadano Lic. José Ernesto Bejarano Sánchez, Secretario del Ayuntamiento de Corregidora, Qro.,
en uso de las facultades que me confiere el artículo 15 fracciones I, IV y V del Reglamento Orgánico de la
Administración Pública del Municipio de Corregidora, Querétaro, hago constar y;
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 8 (ocho) de Noviembre de 2013 (dos mil trece), el H. Ayuntamiento
de Corregidora, Qro., aprobó el Acuerdo relativo a la Autorización Provisional para Venta de Lotes del
Fraccionamiento de Tipo Habitacional Medio denominado “Real del Bosque” en su Segunda Etapa, ubicado en
la Carretera Estatal Corregidora – Huimilpan 441, km. 3.6 en el Municipio de Corregidora, con superficie de
80,157.139 m², mismo que se transcribe textualmente a continuación:
“MIEMBROS INTEGRANTES DEL H. AYUNTAMIENTO DE CORREGIDORA:
Con fundamento en la fracción I del Artículo 6°, 115 fracción V incisos D) y F) de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 30 fracción II inciso D)
de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; 1°, 14 fracción III, 16 fracciones I, V, VI, VII, IX, XII, XIII y
XIX, 17 fracciones I, II, III, XI, XVI, XVIII y XX, 82, 92, 99, 100 fracción I inciso A), 101, 106, 109, 110, 111, 112,
113, 114, 140, 141, 143, 144, 145, 147 y 152 del Código Urbano para el Estado de Querétaro abrogado en
correlación al Artículo Sexto Transitorio del mismo ordenamiento en vigor; 15 fracción XVII y 43, Punto 1
fracción VIII del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Corregidora, Qro, y;
C O N S I D E R A N D O
1. Que de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Constitución Política del
Estado de Querétaro, los Municipios poseen personalidad jurídica y patrimonio propios y se encuentran facultados
para aprobar las disposiciones que organicen la administración pública municipal que regulen las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia. Por ello corresponde al H. Ayuntamiento resolver
lo referente a la Autorización Provisional para Venta de Lotes del Fraccionamiento de Tipo Habitacional Medio
denominado “Real del Bosque” en su Segunda Etapa, ubicado en la Carretera Estatal Corregidora –
Huimilpan 441, km. 3.6 en el Municipio de Corregidora, con superficie de 80,157.139 m², radicado en la
Secretaría del Ayuntamiento, bajo el Expediente DAC/CAI/114/2013.
2. Que de conformidad con el Código Urbano para el Estado de Querétaro, los Ayuntamientos tienen la facultad de
controlar y vigilar la utilización del suelo en sus jurisdicciones territoriales de acuerdo a los Planes y Programas de
Desarrollo Urbano Municipal, declaratorias de uso, destino y reservas territoriales debidamente aprobados, publicados
e inscritos en el Registro Público de la Propiedad que corresponda, así como otras leyes o reglamentos aplicables.
3. Que los usos de suelo se refieren a la actividad específica a la que se encuentra dedicado o se pretende dedicar
un predio debido a su conformación física, crecimiento de los centros poblacionales, cambios económicos, sociales y
demográficos entre otros, teniendo la posibilidad de modificación debido a estas u otras circunstancias.
4. Que mediante escrito de fecha 11 de septiembre de 2013, dirigido al Lic. José Ernesto Bejarano Sánchez,
Secretario del Ayuntamiento, el Arq. Ricardo A. Briseño Senosiain, en su carácter de Represente Legal de
“INMOBILIARIA SUCOT, S.A. de C.V.”, solicitó Autorización Provisional para Venta de Lotes de la Segunda
Etapa, Fraccionamiento de Tipo Habitacional Medio denominado “Real del Bosque”, Municipio de Corregidora,
Qro.
5. Se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento la Opinión Técnica No. DDU/DACU/OT/127/2013, expedida por la
Arq. Rusett Cantó Carmona, Encargada del Despacho de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas,
relativo a la Autorización Provisional para Venta de Lotes del Fraccionamiento de Tipo Habitacional Medio
denominado “Real del Bosque” en su Segunda Etapa, desprendiéndose de su contenido lo siguiente:

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