Oficio mediante el cual se otorga autorización para la organización y operación de la casa de bolsa a denominarse GBM Grupo Bursátil Mexicano, S.A. de C.V., Casa de Bolsa   

Fecha de disposición14 Enero 2008
Fecha de publicación14 Enero 2008
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

OFICIO mediante el cual se otorga autorización para la organización y operación de la casa de bolsa a denominarse GBM Grupo Bursátil Mexicano, S.A. de C.V., Casa de Bolsa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- Vicepresidencia de Normatividad.- Vicepresidencia de Supervisión de Instituciones Financieras 4.- Dirección General de Autorizaciones.- Dirección General de Intermediarios Bursátiles.- Oficio 312-3/852612/2007.- Expediente CNBV.312.211.12(35).

Asunto: Autorización para la organización y operación de la casa de bolsa a denominarse GBM Grupo Bursátil Mexicano, S.A. de C.V., Casa de Bolsa.

GBM Grupo Bursátil Mexicano, S.A.B. de C.V.

Casa de Bolsa

Sr. Fernando Ramos González de Castilla

Insurgentes Sur 1605, piso 31

Col. San José Insurgentes

03900, México, D.F.

La Junta de Gobierno de esta Comisión, en sesión celebrada el 10 de diciembre de 2007 y en atención a la solicitud contenida en sus escritos de fechas 26 y 29 de junio, 18 y 20 de julio de 2007, con fundamento en los artículos 114 de la Ley del Mercado de Valores; 4, fracción XI y 12, fracción V de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, acordó:

PRIMERO.- Autorizar, sujeto al cumplimiento de las medidas y condiciones establecidas en el presente oficio, la organización y operación de la casa de bolsa a denominarse GBM Grupo Bursátil Mexicano, S.A. de C.V., Casa de Bolsa.

La autorización se concede de conformidad con los antecedentes y las bases siguientes:

ANTECEDENTES

  1. Mediante oficio 101.-892 de fecha 20 de diciembre de 2005, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autorizó a la sociedad entonces denominada Grupo Financiero GBM, S.A. de C.V., organizarse y operar como casa de bolsa con la denominación GBM Grupo Bursátil Mexicano, S.A.B. de C.V., Casa de Bolsa.

  2. Mediante escrito de fecha 26 de junio de 2007, GBM Grupo Bursátil Mexicano, S.A.B. de C.V., Casa de Bolsa, por conducto de representante legal y Fernando Ramos González de Castilla, por su propio derecho, solicitaron a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores autorización para la organización y operación de una casa de bolsa, derivada de la reestructura que en el propio escrito se plantea y que igualmente considera el que se deje sin efectos la autorización para la organización y operación de la casa de bolsa solicitante.

  3. De acuerdo con la reestructura planteada, GBM Grupo Bursátil Mexicano, S.A.B. de C.V., Casa de Bolsa, constituiría una sociedad mercantil que, una vez obtenidas las autorizaciones correspondientes, se organizaría y operaría como casa de bolsa con la denominación de GBM Grupo Bursátil Mexicano, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, al tiempo que GBM Grupo Bursátil Mexicano, S.A.B. de C.V., Casa de Bolsa dejaría de operar como tal, al quedar sin efectos la autorización de que goza para ese efecto y modificaría sus estatutos sociales para convertirse en una controladora no financiera que tendría como subsidiarias directas a GBM Grupo Bursátil Mexicano, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, así como a Operadora GBM, S.A. de C.V., Sociedad Operadora de Sociedades de Inversión, Interesa, S.A. de C.V., Sociedad Operadora de Sociedades de Inversión, Sinca GBM, S.A. de C.V., Sociedad de Inversión de Capitales, Fomenta GBM, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, E.N.R. y Portfolio Investments, Inc., esta última de nacionalidad extranjera, al igual que, en el futuro, otras empresas de giro diverso al financiero, particularmente inmobiliarias, comerciales y de servicios.

BASES

Primera.- La sociedad que se constituya al amparo de la presente se organizará y operará como casa de bolsa, con arreglo a lo dispuesto por los artículos 114, 115 y demás relativos del título VI, capítulo I, secciones I a IV y capítulo II de la Ley del Mercado de Valores, quedando dicha sociedad sujeta en cuanto a su organización y funcionamiento al propio ordenamiento legal, en lo conducente, a las disposiciones de carácter general aplicables a las casas de bolsa y demás disposiciones legales y administrativas que le resulten aplicables conforme a su naturaleza, así como lo siguiente:

  1. Su denominación será GBM Grupo Bursátil Mexicano, la cual se usará seguida de las palabras Sociedad Anónima de Capital Variable o de las siglas S.A. de C.V.

  2. Tendrá como domicilio social la Ciudad de México, Distrito Federal.

  3. El capital mínimo fijo sin derecho a retiro será de $60000,000.00 M.N. En ningún caso el monto del capital variable podrá ser superior al mínimo.

  4. Su duración será indefinida.

    Segunda.- La administración de la sociedad estará encomendada a un consejo de administración y a un director general, en sus respectivas esferas de competencia y deberá contar con un comité de auditoría, en términos de los artículos 122 y 126 de la Ley del Mercado de Valores.

    Tercera.- Los estatutos de la casa de bolsa deberán ser aprobados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y, una vez...

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