Decreto Promulgatorio de las Modificaciones al Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay, firmado en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, el quince de noviembre de dos mil tres, adoptadas el dieciséis de abril de dos mil cuatro
Fecha de disposición | 26 Octubre 2007 |
Fecha de publicación | 26 Octubre 2007 |
Emisor | SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES |
Sección | SEGUNDA. Poder Ejecutivo |
DECRETO Promulgatorio de las Modificaciones al Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay, firmado en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, el quince de noviembre de dos mil tres, adoptadas el dieciséis de abril de dos mil cuatro.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, a sus habitantes, sabed:
El dieciséis de abril de dos mil cuatro, en las ciudades de México y Montevideo, el entonces Secretario de Economía, Licenciado Fernando Canales Clariond y el entonces Ministro Interino de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay, Doctor William Ehlers, intercambiaron comunicaciones que modifican el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay, firmado en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, el quince de noviembre de dos mil tres, cuyos textos en español constan en la copia certificada adjunta.
Las modificaciones mencionadas fueron aprobadas por la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, el nueve de diciembre de dos mil cuatro, según decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del veintitrés de febrero de dos mil cinco.
El intercambio de comunicaciones para su entrada en vigor, se efectuó en la ciudad de Montevideo, Uruguay, el once de abril de dos mil cinco y el cuatro de septiembre de dos mil siete.
Por lo tanto, para su debida observancia, en cumplimiento de lo dispuesto en la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, promulgo el presente Decreto, en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, el diecinueve de octubre de dos mil siete.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- La Secretaria de Relaciones Exteriores, Patricia Espinosa Cantellano.- Rúbrica.
JOEL ANTONIO HERNANDEZ GARCIA, CONSULTOR JURIDICO DE LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES,
CERTIFICA:
Que en los archivos de esta Secretaría obra copia de las comunicaciones intercambiadas el dieciséis de abril de dos mil cuatro, entre el Licenciado Fernando Canales Clariond, entonces Secretario de Economía de los Estados Unidos Mexicanos y el Doctor William Ehlers, entonces Ministro Interino de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay, que modifican el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay, firmado en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, el quince de noviembre de dos mil tres, así como de la Nota fechada el cuatro de mayo de dos mil cuatro, presentada por la Embajada de México en Uruguay al Ministerio de Relaciones Exteriores de ese país, manifestando la aceptación del Gobierno de México a la formalización de las Modificaciones.
Las Modificaciones en comento, versan sobre los siguientes temas:
-
Lista definitiva de profesionales a que se refiere la nota de pie de página del Apéndice 12-04 (D) (1) Profesionales del Capítulo XII Entrada Temporal de Personas de Negocios.
-
Entendimiento alcanzando entre las Delegaciones de México y del Uruguay, en relación con las reservas de la República Oriental del Uruguay al Trato Nacional dispuesto en el Tratado de Libre Comercio, referidas a la facultad del Ejecutivo de establecer en la importación anticipos al IVA y al Impuesto Específico Interno (lMESl), así como de que el cobro del IMESI sea doble para algunos productos importados.
-
Eliminación de los párrafos 4 y 5 del apartado Tributos lnternos vinculados a las importaciones de la Sección B -Medidas de Uruguay- del anexo 3-10 del Tratado de Libre Comercio entre ambos países,
cuyo texto en español son los siguientes:
México, D.F., 16 de abril de 2004
DR. DIDIER OPERTTI
Ministro de Relaciones Exteriores
República Oriental de Uruguay
Excelentísimo Señor Ministro:
Me refiero a la nota al pié del Apéndice 12-04 (0) (1) Profesionales del Capítulo XII Entrada Temporal de Personas de Negocios del Tratado de Libre Comercio celebrado entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay (Tratado), relativa al compromiso de nuestras países de acordar la lista definitiva de profesionales.
Al respecto, tengo el honor de confirmar el entendimiento alcanzado por las delegaciones de nuestros países, por el cual establecen la lista definitiva de profesionales, anexa a la presente. En ese sentido, dicha lista constituye parte integral del Tratado.
Propongo que la presente y su carta de respuesta que la confirme, constituyan un acuerdo entre nuestros gobiernos.
Atentamente
El Secretario
LIC. FERNANDO CANALES CLARIOND
Rúbrica.
Alfonso Reyes No. 30 Piso 10, Colonia Condesa. C.P. 06140, México, D.F.
Apéndice a la sección D del Anexo al artículo 3
Profesionales
MÉXICO URUGUAY PROFESIÓN1 REQUISITOS ACADÉMICOS MÍNIMOS Y TÍTULOS ALTERNATIVOS Científico Agrónomo Grado de Licenciatura Ingeniero Agrónomo Apicultor Grado de Licenciatura Título de Técnico Astrónomo Grado de Licenciatura Grado de Licenciatura Biólogo Grado de Licenciatura Grado de Licenciatura Bioquímico Grado de Licenciatura Grado de Licenciatura Científico en Animales Grado de Licenciatura (no hay correspondencia) Científico en Aves de Corral Grado de Licenciatura (no hay correspondencia) Científico en Lácteos Grado de Licenciatura (no hay correspondencia) Clasificador de Lanas (no hay correspondencia) Título de Técnico Criador de Animales (Grado de Licenciatura (no hay correspondencia) Edafólogo Grado de Licenciatura (no hay correspondencia) Enólogo (no hay correspondencia) Título de Técnico Entomólogo Grado de Licenciatura (no hay correspondencia) Epidemiólogo Grado de Licenciatura (no hay correspondencia) Farmacólogo Grado de Licenciatura (no hay correspondencia) Físico Grado de Licenciatura Grado de Licenciatura Fitocultor Grado de Licenciatura (no hay correspondencia) Forestación (no hay correspondencia) Título de Técnico Gastronomía (no hay correspondencia) Título de Técnico Genetista Grado de Licenciatura (no hay correspondencia) Geofísico Grado de Licenciatura (no hay correspondencia) Geólogo Grado de Licenciatura Grado de Licenciatura Geoquímico Grado de Licenciatura (no hay correspondencia) Inseminación animal (no hay correspondencia) Título de Técnico Jardinería (no hay correspondencia) Título de Técnico Horticultor Grado de Licenciatura (no hay correspondencia) Meteorólogo Grado de Licenciatura Grado de Licenciatura Químico Grado de Licenciatura Grado de Licenciatura Radioisotopista (no hay correspondencia) Título de Técnico Zoólogo Grado de Licenciatura (no hay correspondencia) General Abogado Grado de Licenciatura Doctor en Derecho Administrador de fincas (Conservador de fincas) Grado de Licenciatura (no hay correspondencia) Administrador Hotelero Grado de Licenciatura en administración de hoteles/restaurantes: Certificado Post Bachillerato2 en administración de hoteles/restaurantes y tres años de experiencia en administración de hoteles/restaurantes Título de Técnico Ajustador de Seguros contra Desastres (empleado por una compañía ubicada en el territorio de una Parte, o un ajustador independiente) Grado de Licenciatura y haber completado exitosamente el entrenamiento en las áreas apropiadas del ajuste de seguros correspondientes a demandas de reparación de daños causados por desastres; o tres años de experiencia en ajustes y haber completado exitosamente el entrenamiento en las áreas correspondientes del ajuste de demandas por daños ocasionados por desastres (no hay correspondencia) Asegurador (no hay correspondencia) Título de Técnico Analista de Sistemas Grado de Licenciatura o "Diploma o Certificado Post-bachillerato" y tres años de experiencia Grado de Licenciatura Arquitecto Grado de Licenciatura Grado de Licenciatura Arquitecto de paisajes Grado de Licenciatura (no hay correspondencia) Asistente de Investigación (que trabaje en una institución educativa Post bachillerato) Grado de Licenciatura (no hay correspondencia) Bibliotecario Grado de Licenciatura Grado de Licenciatura Consultor en Administración Grado de Licenciatura o experiencia profesional equivalente según lo determine una declaración o título profesional que haga (no hay correspondencia) constar cinco años de experiencia como consultor en administración o cinco años de experiencia en un campo de especialidad relacionado con la consultoría en administración Contador Grado de Licenciatura Grado de Licenciatura Diseñador de Interiores Grado de Licenciatura o "Diploma o Certificado Post-bachillerato" y tres años de experiencia Título de Técnico Diseñador Gráfico Grado de Licenciatura o "Diploma o Certificado Post-bachillerato" y tres años de experiencia Título de Técnico Diseñador Industrial Grado de Licenciatura o "Diploma o Certificado Post-bachillerato" y tres años de experiencia Título de Técnico Economista Grado de Licenciatura Grado de Licenciatura Escritor de Publicaciones
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba