Acuerdo del Consejo de la Judicatura del cinco de febrero de dos mil catorce, por el que se declaran días inhábiles del diecisiete, dieciocho y diecinueve de febrero de dos mil catorce, para los Órganos Jurisdiccionales que se ubican en el Palacio de Justicia de Toluca, México

CIRCULAR NO.06/2014
Toluca de Lerdo. México, a 07 de febrero de 2014.
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DI! IHIADi.
12 de febrero de 2014
GACETA
Página 5
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO
CIUDADANO
Con fundamento en el artículo 42 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, se
comunica lo siguiente:
ACUERDO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL CINCO DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE, POR
EL QUE SE DECLARAN DÍAS INHÁBILES EL DIECISIETE, DIECIOCHO Y DIECINUEVE DE FEBRERO DE
DOS MIL CATORCE, PARA LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES QUE SE UBICAN EN EL PALACIO DE
JUSTICIA DE TOLUCA, MÉXICO.
CONSIDERANDO
I.
En atención a las actividades que el Estado Mexicano realizará en el Palacio de Justicia de Toluca, ubicado
en Nicolás Bravo norte, número 201, Colonia Centro, Toluca, México, derivadas de la Cumbre de Líderes de
América del Norte, donde se efectuará una sesión de trabajo, este Órgano Colegiado considera necesario
declarar inhábiles tres días, en los órganos jurisdiccionales con sede en el referido Palacio de Justicia. con la
finalidad de facilitar la logística y seguridad de las personas y de las propias instalaciones, así como de
garantizar los derechos procesales de las partes e interesados en el trámite de sus asuntos ante los órganos
jurisdiccionales señalados.
Asimismo, se estima necesario reubicar temporalmente las áreas administrativas localizadas en el referido
Palacio de Justicia de Toluca, para que puedan continuar con la atención de las funciones que les competen.
II.
Con fundamento en los artículos 52, 56, 60, 63 fracción XII y XXII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del
Estado de México, el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de México, emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se declaran como días inhábiles el diecisiete, dieciocho y diecinueve de febrero de dos mil
catorce, exclusivamente, para los órganos jurisdiccionales ubicados en el Palacio de Justicia de Toluca, con
domicilio en Nicolás Bravo norte, número 201, Colonia Centro. Toluca, México, siendo éstos los siguientes:
I.
La Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia.
II.
La Primera y Segunda Salas Civiles de la Región Toluca.
III.
La Primera Sala Familiar de la Región Toluca.
IV.
La Primera y Segunda Salas Colegiadas Penales de la Región Toluca.
V.
La Sala Unitaria Penal de la Región Toluca.
VI.
La Sala Unitaria Especializada en Adolescentes de la Región Toluca.
En atención a lo anterior, la Oficialía de Partes Común del turno matutino del Palacio de Justicia de Toluca,
también suspenderá sus actividades en los días señalados.
SEGUNDO. Con apoyo en este Acuerdo, las referidas Salas del Tribunal Superior de Justicia, dictarán las
providencias procesales que estimen procedentes conforme a derecho.

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