Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de bicicletas para niños rodada de 12, 14, 16 y 20 pulgadas, de todos los tipos, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía ingresa por las fracciones arancelarias 8712.00.02 y 8712.00.04 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

Fecha de disposición05 Marzo 2012
Fecha de publicación05 Marzo 2012
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. RESOLUCION POR LA QUE SE ACEPTA LA SOLICITUD DE PARTE INTERESADA Y SE DECLARA EL INICIO DE LA INVESTIGACION ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE BICICLETAS PARA NIÑOS RODADA DE 12, 14, 16 Y 20 PULGADAS, DE TODOS LOS TIPOS, ORIGINARIAS DE LA REPUBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAIS DE PROCEDENCIA. ESTA MERCANCIA INGRESA POR LAS FRACCIONES ARANCELARIAS 8712.00.02 Y 8712.00.04 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y DE EXPORTACION.

Visto para resolver en la etapa inicial el expediente administrativo 12/11 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes

RESULTANDOS

  1. Solicitud

    1. El 29 de noviembre de 2011 la Asociación Nacional de Fabricantes de Bicicletas, A.C. (ANAFABI), y sus empresas asociadas Bicicletas de México, S.A. de C.V. ("Bimex"); Distribuidora de Bicicletas Benotto, S.A. de C.V. ("Benotto"); Biciclo, S.A. de C.V. ("Biciclo"); Motos y Bicicletas Goray, S.A. de C.V. ("Goray"); Bicicletas Mercurio, S.A. de C.V. ("Mercurio"); Bicicletas Veloci, S.A. de C.V. ("Veloci"); y Grupo Empresarial Nahel, S.A. de C.V. ("Nahel"), en conjunto (las "Solicitantes"), solicitaron el inicio de la investigación administrativa por prácticas desleales de comercio internacional en su modalidad de discriminación de precios en contra de las importaciones de bicicletas para niños rodada de 12, 14, 16 y 20 pulgadas ("), de todos los tipos, originarias de China, independientemente del país de procedencia. Señalan que la mercancía ingresa por la fracción arancelaria 8712.00.02, sin embargo, han detectado que en ocasiones se han importado por la fracción arancelaria 8712.00.04, ambas de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE).

    2. Afirmaron que a pesar de que las bicicletas para niños originarias de China se encuentran sujetas a una medida de transición del 65%, su importación mostró un crecimiento tanto en términos absolutos como relativos, en condiciones tales que causan y/o amenazan con causar un daño importante a la rama de la producción nacional (RPN). La razón de ese crecimiento es que las importaciones se han venido realizando con un margen de dumping muy superior al de minimis. Propusieron como periodo investigado el comprendido del 1 de julio de 2010 al 30 de junio de 2011 y como periodo analizado del 1 de enero de 2008 al 30 de junio de 2011.

  2. Solicitantes

    1. La ANAFABI es una asociación civil constituida conforme a las leyes mexicanas. Su actividad principal consiste en representar los intereses generales de los fabricantes de bicicletas. Bimex, Benotto, Biciclo, Goray, Mercurio, Veloci y Nahel son empresas constituidas conforme a las leyes mexicanas. Su actividad principal consiste en fabricar, ensamblar, vender y distribuir bicicletas. Señalaron como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en Martín Mendalde 1755-P.B., colonia Del Valle, C.P. 03100, en México, D.F.

  3. Información sobre el producto

    1. Características esenciales

      1. Descripción general

    2. Las Solicitantes señalaron que la mercancía objeto de la solicitud es "bicicletas para niños" rodada (diámetro interior de las ruedas) de 12, 14, 16 y 20" de todos los tipos. Agregaron que a las bicicletas de rodada 16 y 20" se les conoce también como bicicletas "juveniles". Afirmaron que una bicicleta es un vehículo de 2 ruedas, constituido por un cuadro, tijera, ruedas, un asiento, manubrio y frenos, y que cada uno de estos consta de varias partes. El cuadro es el principal componente, generalmente está compuesto de 2 estructuras triangulares, pueden ser de diversos materiales, que se unen rígidamente o se sostienen juntas.

    3. Manifestaron que las bicicletas son bienes de consumo universal, diferenciadas únicamente por la rodada, materiales de construcción (acero, acero aleado y aluminio), modelos y accesorios incluidos.

      1. Clasificación arancelaria

    4. El producto objeto de la solicitud ingresa al mercado nacional por la fracción arancelaria 8712.00.02 de la TIGIE. Adicionalmente las Solicitantes señalaron que identificaron importaciones de la mercancía objeto de investigación que ingresaron por la fracción 8712.00.04 de la TIGIE, cuya descripción es la siguiente:

      Tabla 1. Descripción arancelaria de las bicicletas para niños

      Clasificación Descripción
      87 Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres; sus partes y accesorios.
      8712 1/ Bicicletas y demás velocípedos (incluidos los triciclos de reparto), sin motor.
      8712.00 Bicicletas y demás velocípedos (incluidos los triciclos de reparto), sin motor.
      8712.00.02 Bicicletas para niños.
      8712.00.04 Bicicletas, excepto lo comprendido en las fracciones 8712.00.01 y 8712.00.02

      1/La nota explicativa del capítulo 87 indica que la partida 87.12 incluye todas las "bicicletas para niños" y que dicho término comprende las bicicletas con aros de hasta 20" de diámetro interior (rodada), DOF 7 de julio de 2007.

      Fuente: Sistema de Información Arancelaria Vía Internet (SIAVI).

    5. Información adicional del producto

      1. Tratamiento arancelario

    6. Las importaciones de la mercancía objeto de la solicitud están sujetas a un arancel ad valórem de 15%. La unidad de medida que utiliza la TIGIE es la pieza, y en las operaciones comerciales se utilizan indistintamente piezas o unidades.

      1. Normas técnicas

    7. Las Solicitantes indicaron que el producto objeto de la solicitud debe cumplir con la Norma Oficial Mexicana NOM-015-SCFI-2007 de Información Comercial-Etiquetado para Juguetes, misma que establece la información comercial que deben incluir los juguetes que se vendan en el territorio nacional. Señalaron que también es aplicable la norma NMX-D-198-1-1984 (Autotransporte-Bicicletas-Terminología), que establece los términos y las definiciones empleados en los diferentes tipos de bicicletas. Presentaron copia de cada una de ellas.

    8. Manifestaron que en el ámbito internacional existen las normas ISO 8098:2002 sobre Requisitos de Seguridad para Bicicletas para Niños Pequeños (Safety Requirements for Bicycles for Young Children) y la ISO 4210-1996 sobre Requisitos de Seguridad para Bicicletas (Safety Requirements of Bicycles), que establecen los requerimientos de seguridad, funcionamiento (desempeño) y métodos de prueba para el diseño, ensamble y pruebas para bicicletas; también proporcionan directrices para las instrucciones de uso y cuidado de ellas.

      Tabla 2. Normas aplicables a las bicicletas para niños

      Norma Rubro
      A. NOM-015-SCFI-2007 Información Comercial - Etiquetado en Juguetes
      B. NMX-D-198-1-1984 Autotransporte - Bicicletas-Terminología
      C. ISO 8098:2002 Requisitos de seguridad para bicicletas para niños pequeños
      D. ISO 4210-1996 Requisitos de seguridad para bicicletas

      Fuente: Las Solicitantes.

      1. Usos y funciones

    9. Las Solicitantes manifestaron que las bicicletas para niños objeto de la solicitud se usan principalmente como medio de transporte y recreo.

      1. Proceso de producción

    10. Las Solicitantes manifestaron que los insumos utilizados en la fabricación de bicicletas son tubos de diferentes tipos de materiales y diámetros (acero de alta resistencia, acero aleado y aluminio, entre otros), pintura, llantas y cámaras en diferentes diámetros, rines, rayos, asientos, sistemas de frenado y mazas, y cadenas y pedales.

    11. Explicaron que la fabricación de bicicletas tiene 4 etapas distintas:

      1. formación de cuadro y tijera: consiste en el corte, doblado y soldado del tubo de diversos materiales (acero o aluminio, entre otros), conforme al tipo de cuadro y tijera a producir;

      2. limpieza y aplicación de pintura: limpieza y lavado de los cuadros y tijeras para ser galvanizados o pintados, posteriormente se envían a la línea de ensamble de la bicicleta;

      3. armado de rines: se realiza el enrayado de los rines y la colocación de niples, cámaras y llantas; simultáneamente a este proceso, se colocan en el cuadro la taza de centro, eje y la multiplicación. En otras áreas se colocan los conos y la taza de dirección para la tijera; y

      4. ensamble de bicicleta: todas las partes obtenidas en las etapas anteriores son enviadas a la línea de ensamble para el armado final de la bicicleta. En esta etapa se incorporan todas las demás partes de la bicicleta: cambios, pedales, cadena, asientos, frenos, entre otros.

    12. Para acreditar que ese es el proceso utilizado en la fabricación del producto objeto de la solicitud, las Solicitantes presentaron el proceso de producción de las empresas chinas Hangzhou Kingbike Industrial Co. Ltd. y Racer Cycle Limited, los cuales se verificaron a través de sus páginas de Internet. Además, proporcionaron un diagrama de las empresas nacionales Biciclo y Bimex. La Secretaría constató que los procesos de producción incluyen las etapas descritas por las Solicitantes.

  4. Posibles partes interesadas

    1. Los importadores, exportadores y productores chinos de que tiene conocimiento la Secretaría son:

    2. Importadores

      Astro Comercializadora, S.A. de C.V.

      Garita de Otay No. 210-55

      Fraccionamiento Nueva Tijuana,

      C.P. 22435, Tijuana, Baja California.

      Beltrónica, S.A. de C.V.

      Constitución No. 8023

      Col. Zona Central

      C.P. 22000, Tijuana, Baja California.

      Bose Corporation, S.A. de C.V.

      Calle Chilpancingo No. 52

      Chilpancingo

      C.P. 22446, Tijuana, Baja California.

      Bose, S.A. de C.V.

      Av. de la Industria No. 208

      Parque Industrial

      C.P. 83455, San Luis Río Colorado, Sonora.

      Comercializadora Baja California Imports Exports S. de R.L. de C.V.

      Calle Valerio González S/N

      Primero de Mayo

      C.P. 23406, Los Cabos, Baja California Sur.

      Comercializadora Patilú, S.A. de C.V.

      Valencia 9, Oficina 104

      Col. Insurgentes Mixcoac

      CP. 03920 México, Distrito Federal.

      Comercio Aduanal, S.C. y/o Luis Fernando Castro Camarena

      Blvd. Bellas...

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