Beneficios fiscales en las fronteras norte y sur del país

AutorJosé Pérez Chávez, Raymundo Fol Olguín
Páginas14-14
14 Guía práctica Fiscal...
Nota importante por considerar:
1. De acuerdo con el artículo tercero transitorio del Decreto por el que se declara reformadas
y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexi-
canos, en materia de desindexación del salario mínimo, publicado en el DOF el 27/I/2016, a la
fecha de entrada en vigor de este decreto (al día siguiente de su publicación en el DOF), todas
las menciones al salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para
determinar la cuantía de obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, así como en
cualquier disposición jurídica que emane de éstas, se entenderán referidas a la UMA, la cual
será equivalente al valor que tenga el salario mínimo general vigente diario en todo el país a la
fecha de entrada en vigor del decreto de referencia.
Sin perjuicio de lo anterior, el artículo cuarto transitorio del decreto en comento indica que el
Congreso de la Unión deberá realizar las adecuaciones que correspondan en las leyes y orde-
namientos de su competencia en un plazo máximo de un año contado a partir de la entrada en
vigor del decreto en cita, con objeto de eliminar las referencias al salario mínimo como unidad
de cuenta, índice, base, medida o referencia, y sustituirlas por las relativas a la UMA.
Beneficios fiscales en las fronteras norte y sur del país
El 31 de diciembre de 2020, se publicaron en el DOF los siguientes decretos relativos
a beneficios en materia de ISR e IVA en las fronteras norte y sur del país:
1. El “Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur”, el cual entró en vigor el 1o.
de enero de 2021 y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2024.
2. El “Decreto por el que se modifica el diverso de estímulos fiscales región fronteriza
norte”, mismo que entró en vigor el 1o. de enero de 2021, y conforme al cual se
amplió la vigencia del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, del 1o.
de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2024.
Por lo anterior, para efectos de este libro, es importante que los contribuyentes a quie-
nes les aplican los decretos mencionados consideren los beneficios contenidos en
éstos, en la determinación y pago del ISR y del IVA correspondientes.

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