Bases de coordinación que celebran la Secretaría de Turismo y la Secretaría de Educación Pública

Fecha de disposición28 Enero 2002
Fecha de publicación28 Enero 2002
EmisorSECRETARIA DE TURISMO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

BASES de coordinación que celebran la Secretaría de Turismo y la Secretaría de Educación Pública.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Turismo.

BASES DE COORDINACION QUE CELEBRAN LA SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA, EN LO SUCESIVO SEP , REPRESENTADA POR SU TITULAR, REYES S. TAMEZ GUERRA, Y LA SECRETARIA DE TURISMO, EN LO SUCESIVO SECTUR , REPRESENTADA POR SU TITULAR, BERTHA LETICIA NAVARRO OCHOA; AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. El Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, establece que es necesario expandir y multiplicar las oportunidades educativas y la diversidad de la oferta para este sector de la sociedad, por medio de la apertura de planteles e instituciones; la creación de alternativas educativas, de capacitación y de adiestramiento; el diseño y establecimiento de procesos ágiles y confiables para reconocer y certificar los conocimientos, las destrezas y las experiencias no escolarizadas; la integración vertical y horizontal del sistema educativo.

  2. Por otra parte señala que una educación de calidad significa atender el desarrollo de las capacidades y habilidades individuales -en los ámbitos intelectual, artístico, afectivo, social y deportivo-, al mismo tiempo que se fomentan los valores que aseguran una convivencia solidaria y comprometida, se forma a los individuos para la ciudadanía y se les capacita para la competitividad y exigencias del mundo del trabajo. Ello se traduce en el énfasis que estos aspectos reciben en los diferentes niveles de la educación y en los desiguales contextos sociales de los estudiantes, en el balance que se logre entre información y formación, enseñanza y aprendizaje, lo general y lo especializado, lo actual y lo porvenir.

  3. El mismo Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 establece que el sector turismo es una prioridad del Estado Mexicano, por lo que éste se ha propuesto asegurar su capacidad competitiva, buscando desarrollar y fortalecer la oferta turística para consolidar los destinos turísticos tradicionales y diversificar el producto turístico nacional, aprovechando el enorme potencial con que cuenta México en materia de recursos naturales y culturales.

  4. El 5 de julio de 1989, la SEP y la SECTUR suscribieron unas Bases de Coordinación, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 14 de ese mismo mes y año, con objeto de regular la coordinación entre las partes, con el propósito de establecer y desarrollar programas tendientes a elevar la calidad de la educación, capacitación y actualización de los recursos humanos para el turismo.

  5. Con fecha 27 de mayo de 1998, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 243 por el que se establecen las bases generales de autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, que tiene por objeto establecer las bases generales a las que se sujetará el trámite y otorgamiento de la autorización o el reconocimiento de validez oficial de estudios que, en la modalidad escolarizada, impartan los particulares en cualesquiera de los tipos y niveles educativos, así como los estudios de formación para el trabajo previstos en la ley, con base en el cual se emitirán los acuerdos específicos correspondientes.

  6. El 30 de octubre de 2000, se publicó en el mismo órgano de difusión oficial, el Acuerdo número 286, que tiene por objeto fijar los lineamientos que establecen las normas y criterios generales, aplicables en toda la República, a que se ajustarán la revalidación de estudios realizados en el extranjero y la declaración de estudios equivalentes; así como establecer los procedimientos y requisitos específicos a que deberán sujetarse los particulares para acreditar conocimientos correspondientes a ciertos niveles educativos o grados escolares adquiridos en forma autodidacta, a través de la experiencia laboral o con base en el régimen de certificación referido a la formación para el trabajo.

DECLARACIONES

  1. La SEP declara que:

    1.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1o., 2o. fracción I y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    1.2 En términos del artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, tiene a su cargo el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y municipios y, entre otras atribuciones, le corresponde:

    1. Organizar, vigilar y desarrollar en las escuelas oficiales, incorporadas o reconocidas:

  2. La enseñanza técnica, industrial, comercial y de artes y oficios, incluida la educación que se imparta a los adultos, y

  3. La enseñanza superior y profesional;

    1. Ejercer la supervisión y vigilancia que procedan en los planteles que impartan educación en la República, conforme a lo prescrito por el artículo 3o. constitucional, y

    2. Promover la creación de institutos de investigación científica y técnica, y el establecimiento de laboratorios, observatorios, planetarios y demás centros que requiera el desarrollo de la educación técnica y superior; así como orientar, en coordinación con las dependencias competentes del...

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