Bando Solemne por el que se da a conocer la declaratoria de munícipes electos para integrar el Ayuntamiento de Cadereyta de Montes, Qro.

11 de septiembre de 2009 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 9667
la Federación, conforme a las atribuciones que les confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, la Ley de Fiscalización Superior de la Federación y demás disposiciones aplicables, sin perjuicio
de las acciones de vigilancia, control y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función
Pública, realice el Órgano de Control Estatal.
Lo anterior es con independencia de que la Secretaría de la Función Pública, en cumplimiento de las
atribuciones que le otorga la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, pueda designar a un
despacho de auditores independientes para el análisis de las operaciones derivadas del presente
instrumento, en coordinación con “LA STPS” y en apego a los compromisos establecidos en los
Memorandums de Entendimiento Técnico Sobre Arreglos de Auditoría de las Operaciones Financiadas,
suscritos entre el Gobierno Federal y organismos financieros internacionales.
Las responsabilidades administrativas, civiles o penales derivadas de afectaciones a la hacienda pública
federal en que, en su caso, incurran los servidores públicos federales o locales, así como los particulares,
serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
Con el objetivo de asegurar la aplicación y efectividad del presente instrumento, “LA STPS” y “EL
EJECUTIVO DEL ESTADO” se comprometen a revisar periódicamente su contenido, así como a adoptar
las medidas necesarias para establecer el enlace y la comunicación requerida para dar el debido
seguimiento a los compromisos asumidos.
6. Las Partes convienen en que la Secretaría de la Función Pública puede verificar en cualquier momento el
cumplimiento de los compromisos a cargo de “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” en los términos del presente
instrumento.
7. “LA STPS”, por conducto de la Coordinac ión General de Empleo y la Dirección General de Política Laboral,
en coordinación con el organismo financiero internacional que corresponda y Nacional Financiera, S.N.C.,
podrán efectuar en el Servicio Nacional de Empleo de la entidad federativa revisiones expost al desembolso
de los recursos ejercidos en los programas financiados con crédito externo.
V. DISPOSICIONES GENERALES
1. Las Partes acuerdan dar cabal cumplimiento a los compromisos pactados en el presente Anexo de
Ejecución. En el supuesto de que se presentaran casos fortuitos o de fuerza mayor que motiven el
incumplimiento de lo pactado, tal circunstancia deberá hacerse del conocimiento en forma inmediata y por
escrito a la otra Parte. Asimismo, cuando el incumplimiento de lo estipulado en este Anexo de Ejecución
sea consecuencia de dolo, culpa o negligencia de los servidores públicos y demás autoridades competentes
para llevar a cabo las acciones previstas, las Partes convienen en que se proceda a comunicar los hechos a
las autoridades federales y/o estatales que resulten competentes, a fin de que se determinen las
responsabilidades administrativas, civiles o penales en que se hubiere incurrido y se apliquen las sanciones
que procedan conforme a derecho.
2. De conformidad con lo señalado en las Reglas de Operación del PAE, el presente Anexo de Ejecución
queda sujeto a las disposiciones legales, normativas y reglamentarias aplicables en materia de subsidios
que otorga el Ejecutivo Federal a las entidades federativas, y a los Lineamientos para Administrar los
Recursos Presupuestales de los Programas del Servicio Nacional de Empleo, contenidos en el Manual de
Procedimientos del PAE.
3. El Ejecutivo Federal, por conducto de “LA STPS”, conforme a lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto de
Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008, y en los artículos 7 y 12 de la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, hará públicas las acciones
financiadas con los recursos a que se refiere el apartado II de este Anexo de Ejecución, incluyendo sus
avances físicos-financieros. “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” se compromete, por su parte, a difundir al
interior de la entidad federativa dicha información.

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