Bando de Policía y Gobierno

EstadoVeracruz
MunicipioChocamán
GACETA OFICIAL
N Ú M E R O E X T R A O R D I N A R I O
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
Directora IRENE ALBA TORRES
Calle Morelos, No. 43, Col. Centro Tel. 817-81-54 Xalapa-Enríquez, Ver.
Tomo CLXXIX Xalapa-Enríquez, Ver., miércoles 6 de mayo de 2009. Núm. Ext. 147
SUMARIO
H. AYUNTAMIENTO DE VILLA CHOCAMÁN
BANDO DE POLICÍA Y GOBIERNO.
folio 677
REGLAMENTO QUE NORMA LAS ACTIVIDADES DE LOS ES-
TABLECIMIENTOS DEDICADOS A LA ENAJENACIÓN DE
BEBIDAS ALCOHÓLICAS.
folio 678
PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA
———
Dirección General de Administración
CONVOCATORIA 001
SE CONVOCA A PERSONAS FÍSICAS Y MORALES A PARTICIPAR
EN LA ADQUISICIÓN DE UNIDADES MÓVILES EQUIPADAS
COMO SEMEFOS.
folio 679
H. AYUNTAMIENTO DE VILLA CHOCAMÁN
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL
VILLA CHOCAMÁN, VERACRUZ
BANDO DE POLICÍA Y
GOBIERNO DE CHOCAMÁN
"Construyendo el Desarrollo con la
Participación Ciudadana"
Municipio de Chocamán
A todos los ciudadanos:
Con agrado y responsabilidad presentamos ante Ustedes
el Bando de Policía y Gobierno aprobado por este H. Ayun-
tamiento y que entra en funciones en todo el territorio del
municipio de Chocamán.
Desde que iniciamos nuestra gestión, nos propusimos
atender de inmediato el reclamo de los habitantes de
Chocamán, relativo a la necesidad de ordenar nuestra vida
ciudadana para mejorar la convivencia. La aprobación de
este Bando de Policía y Gobierno es el primer paso legal
para lograrlo. Y seguiremos avanzando en la aprobación de
los demás Reglamentos que necesitamos.
Página 2 GACETA OFICIAL Miércoles 6 de mayo de 2009
Este ordenamiento municipal fue elaborado con mucho
cuidado y esmero por parte de los ediles, funcionarios mu-
nicipales y asesores especializados. Fue analizado con
detenimiento por parte de los ediles. Fue alimentado con las
opiniones de muchos ciudadanos. Fue enriquecido con la
aportación de todos los sectores sociales e ideológicos de
nuestro municipio. Y finalmente, fue aprobado, de manera
responsable y entusiasta, por todos los miembros del Cabildo.
Lo anterior nos permite decir, con toda seguridad, que
este Bando habrá de guiarnos con certeza jurídica y con
principios de orden y respeto, tanto a los ciudadanos como
a las autoridades. Así, hallaremos el camino más seguro y
más pacífico para convivir y progresar.
Cuando este Bando habla de sanciones, habla del recur-
so legítimo y último que tiene la autoridad para reconvenir al
ciudadano y hacerle ver que su conducta no ha sido correc-
ta y debe adecuarla a las formas que son por todos acepta-
das y practicadas en razón del bien común. Las sanciones
no forman parte de nuestra primera voluntad. Primero de-
seamos el orden y el respeto. Pero también estamos, por
mandato de todos ustedes, en la firme decisión de hacer
valer la autoridad que nos han conferido, de manera que
habremos de cumplir y hacer cumplir estos ordenamientos,
y sancionar, con la firmeza necesaria, a quienes trasgredan
estas disposiciones y alteren el orden, la paz, la seguridad,
las buenas costumbres y todo aquello que los habitantes de
Chocamán deseamos como norma de vida.
Que la aprobación y aplicación de este:
Bando de Policía y Gobierno del Municipio de
Chocamán
Sea para bien de todos
Con aprecio y respeto, de su presidente municipal:
Dr. Esteban Escamilla Prado
Contenido
CAPÍTULO PRIMERO
Disposiciones Generales
CAPÍTULO SEGUNDO
De los fines del municipio
CAPÍTULO TERCERO
De la integración territorial y política
CAPÍTULO CUARTO
De los vecinos del municipio
CAPÍTULO CINCO
Del Gobierno Municipal
CAPÍTULO SEXTO
De las autoridades y funcionarios municipales
CAPÍTULO SÉPTIMO
Del Ejercicio del Gobierno Municipal
CAPÍTULO OCTAVO
Hacienda Pública Municipal
De los Ingresos Municipales
De los Egresos Municipales
Del Patrimonio Municipal
CAPÍTULO NOVENO
De los Servicios Públicos
CAPÍTULO DÉCIMO
De la Vida Animal y la Naturaleza
CAPÍTULO DÉCIMO PRIMERO
De las Actividades de los Particulares
CAPÍTULO DÉCIMO SEGUNDO
De las Manifestaciones Públicas
CAPÍTULO DÉCIMO TERCERO
Del Orden y la Seguridad Pública
CAPÍTULO DÉCIMO CUARTO
De la Corporación de Policía
CAPÍTULO DÉCIMO QUINTO
Del Procedimiento y la Audiencia
CAPÍTULO XVI DE LAS INFRACCIONES Y
SANCIONES
ARTÍCULOS TRANSITORIOS
Municipio de Chocamán
Dr. Esteban Escamilla Prado, presidente municipal cons-
titucional de Chocamán, Veracruz, a todos los habitantes del
municipio de Chocamán, Ver., hace saber que:
Miércoles 6 de mayo de 2009 GACETA OFICIAL Página 3
CONSIDERANDO
Primero. Que de conformidad con el artículo 115 de la
el Artículo 68 y 71 de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave; con
los Artículos 2º, 34, y 35 fracción XXXIV de la Ley Orgá-
nica del Municipio Libre, y Artículo 2° de la Ley 531 expe-
dida por la LIX Legislatura del Estado, el Municipio es la
base de la División territorial y de la organización política y
administrativa del Estado, y tiene personalidad jurídica pro-
pia y las atribuciones legales que le permiten aprobar su
Bando de Policía y Gobierno, los Reglamentos, Circulares y
demás disposiciones administrativas de observancia general
dentro de sus respetivas jurisdicciones, que organicen la
administración pública municipal, regulen las materias, pro-
cedimientos, funciones y servicio público de su competen-
cia y aseguren la participación ciudadana y vecinal
Segundo. Que el Municipio de Chocamán, Veracruz de
Ignacio de la Llave, compuesto de la Cabecera Municipal y
6 Congregaciones, forma parte de la división política del
Estado Libre y Soberano del Estado de Veracruz de Ignacio
de la Llave, de acuerdo con el Artículo 3º de su Constitución
Política, y con el Artículo 9º de la Ley Orgánica del Munici-
pio Libre.
Tercero. Que el Municipio de Chocamán es Libre y se
gobierna con apego a la legalidad y al derecho, actualizando
su marco jurídico en busca del bien común, del orden, del
progreso y del respeto a la dignidad de la persona humana.
Cuarto. Que sus acciones Municipales deben ser armó-
nicas con las derivadas de los Planes Nacional y Estatal de
Desarrollo.
Quinto. Que, el Municipio de Chocamán está goberna-
do por un Ayuntamiento Constitucional, legítimamente cons-
tituido, electo en forma democrática, como lo establece la
fracción I del Artículo 115 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, 68 de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano del Estado de Veracruz de Ig-
nacio de la Llave, Artículos 17, 18 y 19 de la Ley Orgánica
del Municipio Libre.
Sexto. Que es obligación del Ayuntamiento velar por la
seguridad y progreso de todos los habitantes del Municipio,
proporcionándoles los servicios correspondientes, el H.
Ayuntamiento Constitucional de Chocamán, Ver., en sesión
ordinaria de Cabildo celebrada el día 28 de Agosto de 2008
aprueba y expide el siguiente:
BANDO DE POLICÍA Y GOBIERNO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. El Municipio de Chocamán, Veracruz
de Ignacio de la Llave, se regirá en su Jurisdicción, atento a
lo ordenado en el presente Bando de Policía y Gobierno, que
es de observancia general para todos los habitantes, vecinos
y visitantes del mismo, sujetando su régimen interno en lo
dispuesto por los artículos 115, Fracción II de la Constitu-
ción Política de los Estados Unidos Mexicanos, Título III
de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Veracruz de Ignacio de la Llave, Artículo 35, Fracciones
XIV, XV, XXXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre y
Ley 531 del Estado de Veracruz Llave, y demás
ordenamientos legales aplicables de observancia general.
ARTÍCULO 2. El Municipio de Chocamán, Veracruz,
está investido de personalidad Jurídica propia para todos
los efectos legales, administrará libremente su Hacienda Pú-
blica y manejará su patrimonio con plena autonomía, de
acuerdo con las Leyes Federales y Estatales que al particu-
lar correspondan, por la Ley Orgánica del Municipio Libre,
por este Bando y los demás reglamentos, acuerdos y circu-
lares emanados de su Ayuntamiento, procurando la preser-
vación del orden, seguridad y tranquilidad social,
coadyuvando en la procuración de justicia y en la educación
pública, dentro del marco de la competencia que sobre es-
tas materias le otorguen las disposiciones correspondientes.
ARTÍCULO 3. El Municipio de Chocamán tiene juris-
dicción sobre su territorio, población, organización política
y administrativa, y competencia respecto de los servicios
públicos municipales con las atribuciones y limitaciones que
señalan las leyes.
ARTÍCULO 4. El presente ordenamiento es de orden
público y de observancia general y es el instrumento jurídi-
co para regular las relaciones entre la autoridad municipal y
sus habitantes; sus disposiciones obligan a todos incluyen-
do a los vecinos y visitantes del municipio. Este instrumen-
to establece también las normas reglamentarias de Gobier-
no, las sanciones aplicables y la autoridad competente para
imponerlas en la circunscripción territorial del Municipio de
Chocamán, así como los medios de impugnación que tiene
el ciudadano.
ARTÍCULO 5. Se concede acción popular para denun-
ciar ante las autoridades municipales cualquier infracción a
las disposiciones del presente Bando. Es deber de todo ciu-

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