Bando de Policía y Buen Gobierno El Mante, Tamaulipas

EstadoTamaulipas
MunicipioMante, El
Bando de Policía y Buen Gobierno
Sin reformas
Se encuentra publicado en el Periódico Oficial número 31 de fecha 14 de marzo de 2006.
Página 1 de 9 Departamento del Periódico Oficial del Estado
BANDO DE POLICIA Y BUEN GOBIERNO
EL MANTE, TAMAULIPAS
LICENCIADO JOSE LUIS CASTELLANOS GONZALEZ y LICENCIADO RODOLFO
SANDOVAL CASTELAN, Presidente Municipal y Secretario del Republicano Ayuntamiento
Constitucional de El Mante, Tamaulipas, en uso de las facultades que a nuestro cargo confieren en
los artículos; 49 fracción III, 68 y relativos del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas;
Certificamos: que el Honorable Cabildo dentro de la Décima Primera Sesión Ordinaria celebrada el
día 30 de septiembre del año 2005, aprobó por unanimidad El Bando de Policía y Buen Gobierno,
del Municipio de El Mante, Tamaulipas, a fin de que sea publicado en el Periódico Oficial del
Estado, mismo que se transcribe a continuación:
CONSIDERANDO:
UNICO: Que el artículo 49 fracción III del Código Municipal, otorgó la facultad a los
Ayuntamientos formular y aprobar Bandos de Policía y Buen Gobierno, Reglamentos y demás
disposiciones administrativas de observancia general. Se eleva el presente BANDO DE POLICIA Y
BUEN GOBIERNO quedando como sigue:
CAPITULO I
BANDO DE POLICIA Y BUEN GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE EL MANTE TAMAULIPAS.
ARTICULO 1.- El presente Bando de Policía y Buen Gobierno, contiene disposiciones de
orden público y de observancia general que regirán en el Municipio de El Mante Tamaulipas.
ARTICULO 2.- El objeto de este Bando, consiste en precisar y sancionar las conductas
individuales o de grupos, que constituyan violaciones de policía y buen gobierno.
ARTICULO 3.- Para los efectos de la aplicación del presente Bando de Policía y Buen
Gobierno, se entiende por lugares públicos los de uso común, acceso público y libre tránsito, tales
como calles, áreas verdes, zonas recreativas y comerciales, jardines, campos deportivos, locales
de espectáculos, edificios e inmuebles destinados a servicios públicos, transporte urbano de
pasajeros, patios, escaleras de uso común, plazas, mercados, cantinas, bares y demás lugares en
los que se lleven a cabo actividades sociales.
ARTICULO 4.- Las disposiciones contenidas en el presente Bando de Policía y Buen
Gobierno, serán aplicables a toda persona mayor de dieciséis años de edad.
CAPITULO II
DE LAS AUTORIDADES COMPETENTES
ARTICULO 5.- La aplicación del presente Bando de Policía y Buen Gobierno correrá a
cargo del Ciudadano Presidente Municipal, quien delegará funciones para su aplicación en el
Director de Seguridad Pública Municipal, en el Director de Tránsito y Vialidad y de los Jueces
Calificadores en Turno.
ARTICULO 6.- En uso de las facultades que le concede el Presidente Municipal,
corresponde al Director de Seguridad Pública las siguientes atribuciones:
a).- Diseñar y definir programas y acciones encaminadas a prevenir las violaciones y faltas
al presente Bando, así como a la prevención de los delitos en el Municipio.
b).- Mantener el orden, la paz y la tranquilidad en el Municipio.
c).- Dentro del ámbito de su competencia, coadyuvar en sus funciones con los Agentes del
Ministerio Público y demás autoridades administrativas y judiciales, cuando para ello sea requerido.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR