Bando de Gobierno Municipal de Morelia

EstadoMichoacán
MunicipioMorelia
BANDO DE GOBIERNO MUNICIPAL DE MORELIA 1
CIUDADANOS MIEMBROS DEL HONORABLE
AYUNTAMIENTO DE MORELIA, MICHOACÁN
P R E S E N T E S
FAUSTO VALLEJO FIGUEROA, Presidente Municipal del
HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE MORELIA,
MICHOACÁN; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115
113, 122, 123 fracciones I y IV de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Michoacán de Ocampo; y 2°, 11, 32 a) fracción XIII, 144, 149,
y 4° Transitorio de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de
Ocampo; me permito someter a la consideración de Ustedes, el
PROYECTO DE BANDO DE GOBIERNO MUNICIPAL DE MORELIA,
argumentado y sustentado para tal efecto en la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Las recientes reformas al artículo 115 de la Carta Fundamental de
1917 de Querétaro, han incorporado una serie de principios que tienden al
fortalecimiento de los municipios. El espíritu de la reforma es consolidar al
Ayuntamiento como un nivel de gobierno, el cual debe tomar sus propias
decisiones en beneficio colectivo. Las nuevas disposiciones amplían las
facultades de los Ayuntamientos y con ello permiten que éstos tengan un
mayor espacio para responder con mayor eficacia a las necesidades
sociales.
El desarrollo del federalismo, que viene promoviendo nuestro País en
los últimos años requiere del fortalecimiento institucional del Municipio y de
BANDO DE GOBIERNO MUNICIPAL DE MORELIA 2
sus autoridades. En este contexto se hace necesario que los
Ayuntamientos cuenten con leyes y reglamentos que sean el sustento legal
de su actuación y que permitan el orden y el desarrollo social. Así, el
fortalecimiento Institucional del Municipio está estrechamente vinculado a la
capacidad de contar con un marco jurídico vigente y que sea observado por
la sociedad.
La fracción II del artículo 115 constitucional establece la facultad a
los Ayuntamientos para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia
municipal que expidan las legislaturas locales, los Bandos de policía y
gobierno, reglamentos, circulares y demás disposiciones administrativas.
En iguales términos, se expresan los numerales 123 fracción IV de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de
Ocampo; y, los artículos 32 a) fracción XIII, 144, 149 y 4° Transitorio de la
Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo.
De manera particular el citado 4° Transitorio de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, dispone de manera
imperativa que: “Los Ayuntamientos deberán expedir el Bando de
Gobierno Municipal, los reglamentos y disposiciones administrativas
de observancia general, en un plazo no mayor de ciento ochenta días,
contado a partir de la vigencia de la presente Ley”. Esta disposición
entró en vigor el día 15 de enero de 2002, de ahí la trascendencia para
expedir este importante documento en tiempo y forma.
En ese contexto se propone el Bando de Gobierno Municipal, como
un ordenamiento jurídico de interés social, que tiende a establecer
principios generales sobre el territorio, la población, el gobierno y la
administración pública municipal.
BANDO DE GOBIERNO MUNICIPAL DE MORELIA 3
El Bando de Gobierno Municipal de Morelia que someto a su
consideración, regula de manera genérica los siguientes rubros: I. El
Municipio; II. El Gobierno Municipal; III. La Administración Pública
Municipal; IV. La Participación Ciudadana; V. Los Servicios Públicos
Municipales; VI. El Desarrollo Municipal; VII. El Centro Municipal de
Mediación; VIII. Las Faltas, Infracciones y Sanciones; IX. La Justicia
Administrativa; y X. Las Responsabilidades de los Servidores Públicos
Municipales.
El Bando de Gobierno Municipal es de suma importancia para el
fortalecimiento institucional del Municipio, ya que se constituye como el
ordenamiento eje que servirá de sustento a toda la reglamentación
municipal. El Gobierno Municipal que encabezo está comprometido en
fortalecer el marco jurídico municipal que por muchos años ha estado
rezagado. El Municipio de Morelia, no sólo por ser la capital del Estado,
sino por ser considerada patrimonio cultural de la humanidad merece
reglamentos vigentes, positivos y que respondan a las dinámicas
condiciones y necesidades sociales. Este Bando será el punto de partida
para llevar a cabo toda una revisión y actualización de los reglamentos
municipales en los próximos meses.
Morelia somos todos y todos necesitamos vivir en un Estado de
Derecho democrático, justo y eficiente que nos permitan un armónico
desarrollo social.
Por las razones, fundamentos, motivos, argumentos y
consideraciones anteriormente expuestas, y con la finalidad de contribuir a
actualizar y modernizar el marco legal que rige al Municipio, me permito
someter a la consideración y escrutinio del Pleno de este Honorable

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