H. AYUNTAMIENTO DE URUAPAN, MICHOACAN - REF:317785

H. AYUNTAMIENTO DE URUAPAN, MICHOACAN DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS ACUERDO DE CANCELACION DE ACUERDO A LO MARCADO EN EL SEGUNDO PARRAFO DEL ART. 40 DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, QUE A LA LETRA DICE: Las dependencias y entidades podrán cancelar una licitación por caso fortuito; fuerza mayor; existan circunstancias justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de contratar los trabajos, o que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la propia dependencia o entidad. La determinación de dar por cancelada la licitación, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los licitantes y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo podrán interponer la inconformidad en términos del título séptimo, capítulo primero de esta Ley. Acuerdo de cancelacion del procedimiento de licitación de la convocatoria número 002 correspondiente a las obras: Pavimentacion de la avenida Villamar para accesar a la clínica del IMSS número 81, en la Zona Oriente de la
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