Ayuntamiento de Tlaxcala, tlaxcala 2017-2021. Programa parcial de desarrollo urbano miraflores - libramiento tlaxcala.

Fecha de publicación07 Julio 2021
Número de Gaceta27-4ª SECC


1.3.2. Zona de Estudio

1.4 JUSTIFICACIÓN DEL PROGRAMA PARCIAL DE DESARROLLO URBANO MIRAFLORES- LIBRAMIENTO TLAXCALA (PPDUMLT)

CAPITULO II. DIAGNÓSTICO – PRONÓSTICO

2.1 AMBITO SUB-REGIONAL

2.2 MEDIO FISICO NATURAL

2.2.1 Relieve

2.2.2 Geología

2.2.3 Clima

2.2.4 Edafología

2.2.5 Hidrología HIDROLOGÍA SUPERFICIAL HIDROLOGÍA SUBTERRÁNEA

2.2.6 Usos de Suelo USO POTENCIAL DEL SUELO USO POTENCIAL DEL SUELO AGRÍCOLA Y PECUARIO USO POTENCIAL DEL SUELO FORESTAL USO DE SUELO Y VEGETACIÓN

2.2.7 Problemática ambiental

2.3 MEDIO FÍSICO TRANSFORMADO

2.3.1 Usos de suelo

2.3.2 Infraestructura AGUA POTABLE ALCANTARILLADO SANITARIO ENERGÍA ELÉCTRICA

2.3.3 Vivienda

2.3.4 Vialidad SUBSISTEMA VIAL PRIMARIO SUBSISTEMA VIAL SECUNDARIO

2.3.5 Transporte urbano

2.3.6 Equipamiento urbano

2.3.7 Imagen urbana

2.3.8 Riesgos y vulnerabilidad

2.4 ASPECTOS SOCIOECONÓMICOS

2.4.1 Dinámica Demográfica SISTEMA DE CIUDADES

2.4.2 Población Económicamente Activa (PEA)

2.4.3 Producto Interno Bruto (PIB)

2.5 DIAGNÓSTICO-PRONÓSTICO INTEGRADO CAPITULO III. META Y OBJETIVOS PARTICULARES

3.1 META

3.2 OBJETIVOS PARTICULARES

3.3 CONDICIONANTES DE LOS NIVELES SUPERIORES DE PLANEACIÓN Normativa Federal Normativa Estatal Normativa Municipal Otros Instrumentos CAPITULO IV. POLITICAS Y ESTRATEGIAS

4.1 POLÍTICAS DE DESARROLLO URBANO

4.1.1 Consolidación Urbana

4.2 ESTRATEGIA URBANA

4.3 ESTRATEGIA URBANA EN FUNCIÓN DEL ORDENAMIENTO ECOLÓGICO

4.3.1 Estrategia Federal de Ordenamiento Ecológico 2013-2018

4.3.2 Programa de Ordenamiento Ecológico General Del Estado De Tlaxcala

4.4 ESTRATEGIA URBANA EN FUNCIÓN DEL DESARROLLO ECONÓMICO

4.5 ESTRATEGIA DE ESTRUCTURA URBANA

4.5.1 Zonificación Primaria

4.5.2 Zonificación Secundaria USOS Y DESTINOS DE SUELO TABLA DE USOS Y DESTINOS DE SUELO

4.5.3 Ámbito de Aplicación del PPDUMLT NORMAS BASICAS NORMAS BÁSICAS INFORMATIVAS NORMAS BÁSICAS OBLIGATORIAS NORMAS BASICAS ACLARATORIAS

4.6 ESTRATEGIA ADMINISTRATIVA Y DE DESARROLLO ECONÓMICO DEL MUNICIPIO CAPITULO V. PROGRAMACIÓN Y CORRESPONSABILIDAD SECTORIAL

5.1 ASPECTOS FINANCIEROS – PROGRAMÁTICOS

5.2 CRITERIOS DE CONCERTACIÓN LINEAMIENTOS GENERALES

ACUERDOS DE CONCERTACIÓN

5.3 CATÁLOGO DE PROYECTOS, OBRAS Y ACCIONES CAPITULO VI. INSTRUMENTACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

6.1 MECANISMOS DE INSTRUMENTACIÓN

6.1.1 Instrumentos Jurídicos

6.1.2 Instrumentos Operativos

6.1.3 Instrumentos Financieros

6.1.4 Convenios y Acuerdos INSTRUMENTOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

6.2 MECANISMOS DE SEGUIMIENTO DE ACCIONES

6.3 MECANISMOS DE EVALUACIÓN DEL PPDUMLT CAPITULO VII. ANEXO CARTOGRÁFICO

1.3.2 UBICACIÓN DEL ÁREA DE ESTUDIO

4.5.1 ZONIFICACION PRIMARIA

4.5.2 ZONIFICACION SECUNDARIA BIBLIOGRAFIA TRANSITORIOS CAPITULO I. ANTECEDENTES

1.1. INTRODUCCIÓN Se observó la necesidad de elaborar un Programa Parcial de Desarrollo Urbano, en el cual se establezca una zona específica para el desarrollo económico y la inversión, de tal manera que aunado a esto se impulse el uso de suelo mixto para logar un desarrollo integral de los habitantes de la zona de estudio del PPDUMLT y las comunidades cercanas al mismo

Como lo determina la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en el artículo 4 fracción VI la cual nos dice a la letra: “Productividad y eficiencia. Fortalecer la productividad y eficiencia de las ciudades y del territorio como eje del Crecimiento económico, a través de la consolidación de redes de vialidad y Movilidad, energía y comunicaciones, creación y mantenimiento de infraestructura de servicios urbanos, equipamientos y servicios públicos de calidad. Maximizar la capacidad de la ciudad para atraer y retener talentos e inversiones, minimizando costos y facilitar la actividad económica”.

Para lograr los beneficios anteriormente expuestos el Municipio tomará acción tal y como lo determina la misma ley en el artículo 5, “Toda política pública de ordenamiento territorial, desarrollo y planeación urbana y coordinación metropolitana deberá observar los principios señalados en el artículo anterior, sin importar el orden”.

La Zona de Estudio es en sí un vacío urbano que se generó debido al constante desarrollo urbano en su periferia, por lo que es necesario dar continuidad al uso de suelo y la consolidación de la zona urbana, induciendo de esta manera a un crecimiento ordenado. Este objetivo se logrará con un Uso y Destino del Suelo mixto que permita a la zona de estudio consolidar el desarrollo urbano existente de una manera ordenada y focalizada, determinando los usos de suelo establecidos mediante el presente Programa Parcial de Desarrollo Urbano.

Como primer punto se describen las causas que dan origen a este estudio, asimismo, se detalla el marco legal que lo fundamenta, se delimitará la zona de estudio motivo del presente PPDUMLT.

Posteriormente se desarrolla el Diagnóstico – Pronóstico, siendo este apartado en el cual se hace la caracterización del medio físico natural y el transformado, asimismo se hace una síntesis integrada que sirve de base para desarrollar la propuesta, en la cual se describen las condiciones que permitirán optimizar el desarrollo urbano de la zona de estudio en plena congruencia con los niveles superiores de planeación.

1.2. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA

1.2.1. Normativa Federal CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se encuentran estipuladas las atribuciones que tiene el Municipio como Organismo Libre y Soberano y su intervención en la Ordenación de los Asentamientos Humanos y la Planeación del Desarrollo Urbano, mediante los siguientes artículos: Artículo 25. Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución. La competitividad se entenderá como el conjunto de condiciones necesarias para generar un mayor crecimiento económico, promoviendo la inversión y la generación de empleo.

El Estado velará por la estabilidad de las finanzas públicas y del sistema financiero para coadyuvar a generar condiciones favorables para el crecimiento económico y el empleo. El Plan Nacional de Desarrollo y los planes estatales y municipales deberán observar dicho principio.

El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, y llevará al cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga esta Constitución.

Asimismo podrá participar por sí o con los sectores social y privado, de acuerdo con la ley, para impulsar y organizar las áreas prioritarias del desarrollo.

Bajo criterios de equidad social, productividad y sustentabilidad se apoyará e impulsará a las empresas de los sectores social y privado de la economía, sujetándolos a las modalidades que dicte el interés público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su conservación y el medio ambiente.

Artículo 26. …a. El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación Artículo 115. Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases siguientes: V. Los Municipios, en los términos de las leyes federales y Estatales relativas, estarán facultados para: a) Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal; d) Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales; e) Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; En resumen y como se menciona anteriormente, el Municipio debe generar condiciones favorables para el crecimiento económico, la edificación de vivienda digna, espacios educativos, una correcta conectividad y el empleo, para lo cual tiene la facultad para lograr el crecimiento de su territorio de una manera integral y sustentable, mediante la generación de zonas de crecimiento económico en donde se pueda establecer la inversión para fomentar empleo para la población. Para ello el Ayuntamiento deberá impulsar, planear y orientar la actividad económica en beneficio de la población, implementando áreas prioritarias de para este desarrollo. Para ello, el Ayuntamiento está facultado como lo estipula la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para llevar a cabo la formulación y administración de zonificación y planes de desarrollo Municipales, que lo apoyen en el control y vigilancia del crecimiento de su territorio.

LEY DE PLANEACIÓN.

Artículo 2o.- La planeación deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo integral y sustentable del país y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Para ello, estará basada en los siguientes principios: V.- El fortalecimiento del pacto federal y del Municipio libre, para lograr un desarrollo equilibrado del país, promoviendo la descentralización de la vida nacional; VI.- El equilibrio de los factores de la producción, que proteja y promueva el empleo; en un marco de estabilidad económica y social; (Fracción reformada DOF 20-06-2011, 27-01-2012).

Artículo 3o.- Para los efectos de esta Ley se entiende por planeación nacional de...

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