Ayuntamiento de huamantla, Tlaxcala 2021-2024. Se reforma el reglamento interno del gobierno municipal de huamantla, tlaxcala y de la administracción pública municipal centralizada y descentralizada.
Fecha de publicación | 30 Agosto 2023 |
Número de Gaceta | 35-4ª SECC |
en uso de las facultades que
me confieren los Artículos 33, en sus fracciones I y
VII, el Articulo 41, en sus fracciones III, IV, XI y
XIII y el Articulo 56 de la Ley Municipal del
Estado de Tlaxcala, a sus habitantes hace saber
CONSIDERANDO
Que con el propósito de fortalecer la transparencia
y honradez como valores fundamentales con los
que se conduce este Honorable Ayuntamiento, en
beneficio de la ciudadanía a la que sirve, se aprobó
por ese cuerpo edilicio la publicación y entrada en
vigor del Código Reglamentario en Materia de
Responsabilidades Administrativas del Órgano
Interno de Control Municipal del Ayuntamiento de
Huamantla, Tlaxcala
Que los objetivos esenciales de dicho Código se enfocan a fortalecer al Órgano Interno de Control Municipal específicamente en relación con el régimen de responsabilidades administrativas para que, a través de su labor, se impulse una administración pública transparente y apegada a los principios constitucionales de legalidad, honradez lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban observar los servidores públicos municipales en el desempeño de los empleos, cargos o comisiones
Que por tal motivo se hace necesario modificar el Reglamento Interno del Gobierno Municipal a efecto de dar coherencia e integridad a ambos ordenamientos que rigen la Administración Pública Municipal.
Por tanto, a los habitantes del municipio de Huamantla, Tlaxcala, hago saber que el Honorable Ayuntamiento ha tenido a bien aprobar las reformas del Reglamento Interno del Gobierno Municipal para quedar, en los artículos modificados, como enseguida se precisa:
PRIMERO. Se modifica la fracción XLVIII y se adicionan las fracciones XLIX a LIV todas del artículo 7 para quedar como sigue: ARTÍCULO 7. ….
XLVIII. REQUERIR POR ACUERDO DE CABILDO, A LA PERSONA TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL MUNICIPAL LA INFORMACIÓN SOBRE EL ESTADO QUE GUARDAN LAS INVESTIGACIONES Y PROCEDIMIENTOS DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL MUNICIPIO.
XLIX.- RECIBIR Y EVALUAR EL INFORME QUE RINDA LA PERSONA TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL MUNICIPAL SOBRE EL DIAGNÓSTICO QUE HUBIERE REALIZADO EN LAS ÁREAS ADMINISTRATIVAS DEL AYUNTAMIENTO PARA IMPLEMENTAR ACCIONES QUE SIRVAN PARA ORIENTAR EL CRITERIO QUE EN SITUACIONES ESPECÍFICAS DEBERÁN OBSERVAR LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL MUNICIPIO EN EL DESEMPEÑO DE SUS EMPLEOS, CARGOS O COMISIONES PARA EVITAR QUE INCURRAN EN FALTAS ADMINISTRATIVAS O HECHOS DE CORRUPCIÓN.
L.- EVALUAR Y EN SU CASO...
Que los objetivos esenciales de dicho Código se enfocan a fortalecer al Órgano Interno de Control Municipal específicamente en relación con el régimen de responsabilidades administrativas para que, a través de su labor, se impulse una administración pública transparente y apegada a los principios constitucionales de legalidad, honradez lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban observar los servidores públicos municipales en el desempeño de los empleos, cargos o comisiones
Que por tal motivo se hace necesario modificar el Reglamento Interno del Gobierno Municipal a efecto de dar coherencia e integridad a ambos ordenamientos que rigen la Administración Pública Municipal.
Por tanto, a los habitantes del municipio de Huamantla, Tlaxcala, hago saber que el Honorable Ayuntamiento ha tenido a bien aprobar las reformas del Reglamento Interno del Gobierno Municipal para quedar, en los artículos modificados, como enseguida se precisa:
PRIMERO. Se modifica la fracción XLVIII y se adicionan las fracciones XLIX a LIV todas del artículo 7 para quedar como sigue: ARTÍCULO 7. ….
XLVIII. REQUERIR POR ACUERDO DE CABILDO, A LA PERSONA TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL MUNICIPAL LA INFORMACIÓN SOBRE EL ESTADO QUE GUARDAN LAS INVESTIGACIONES Y PROCEDIMIENTOS DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL MUNICIPIO.
XLIX.- RECIBIR Y EVALUAR EL INFORME QUE RINDA LA PERSONA TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL MUNICIPAL SOBRE EL DIAGNÓSTICO QUE HUBIERE REALIZADO EN LAS ÁREAS ADMINISTRATIVAS DEL AYUNTAMIENTO PARA IMPLEMENTAR ACCIONES QUE SIRVAN PARA ORIENTAR EL CRITERIO QUE EN SITUACIONES ESPECÍFICAS DEBERÁN OBSERVAR LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL MUNICIPIO EN EL DESEMPEÑO DE SUS EMPLEOS, CARGOS O COMISIONES PARA EVITAR QUE INCURRAN EN FALTAS ADMINISTRATIVAS O HECHOS DE CORRUPCIÓN.
L.- EVALUAR Y EN SU CASO...
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