Ayuntamiento de chiautempan, Tlaxcala 2021-2024. Lineamientos de control interno institucional del ayuntamiento.

Fecha de publicación04 Octubre 2023
Número de Gaceta40-7ª SECC
Con fundamento en lo establecido en el artículo 11 fracción XIV, del Reglamento del Órgano Interno de Control del Municipio de Chiautempan Tlaxcala, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 31 de julio de 2022, se expiden los presentes LINEAMIENTOS DE CONTROL INTERNO INSTITUCIONAL Y SUS NORMAS DE APLICACIÓN TÍTULO I CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES I. OBJETIVO

Establecer y homologar los Lineamientos de Control Interno Institucional y sus normas de aplicación que deberán observar las y los Titulares de las Unidades Administrativas del Ayuntamiento del Municipio de Chiautempan, Tlaxcala, con el fin de fortalecer el cumplimiento de las leyes y disposiciones normativas para el cumplimiento de sus objetivos y metas, así como la implementación, supervisión, evaluación, actualización y mejora continua del Sistema de Control Interno Institucional.

II. AMBITO DE APLICACIÓN.

Los presentes Lineamientos son de observancia obligatoria para los Titulares, Directores y demás Servidores Públicos de las Unidades Administrativas del Ayuntamiento de Chiautempan, quienes en sus respectivos ámbitos de competencia, establecerán, actualizaran, evaluaran y supervisaran el funcionamiento del Sistema de Control Interno Institucional, así como ordenar las acciones para su mejora continua, además de instrumentar los mecanismos, procedimientos específicos y acciones que se requieran para su cumplimiento, conforme a las circunstancias particulares de cada área.

III.- DEFINICIONES.

Artículo 1.- Para los efectos de los presentes Lineamientos se deberá entender por: Ayuntamiento: El Honorable Ayuntamiento del Municipio de Chiautempan, Tlaxcala.

Unidades Administrativas: Son las dependencias, entidades, direcciones, departamentos, coordinaciones, unidades y demás áreas que integran el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Chiautempan, Tlaxcala.

Órgano Interno de Control (OIC): el Órgano Interno de Control del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Chiautempan Tlaxcala.

Actividades de Control: A las políticas y procedimientos encaminados a asegurar que se cumplan las directrices establecidas por las y los Titulares de las Direcciones de la Administración Pública Municipal, sobre las medidas para afrontar los posibles riesgos que pongan en peligro la consecución de objetivos, incluidos los de corrupción y tecnologías de la comunicación.

Administración de riesgos: Es el proceso realizado por las Unidades Administrativas que tiene como finalidad identificar, analizar, evaluar, supervisar y comunicar los riesgos a que están expuestas, en el desarrollo de sus actividades y analizar los distintos factores que pueden provocarlos, con el propósito de establecer las estrategias que permitan administrarlos y por tanto, contribuir al logro de los objetivos y metas de una manera razonable.

Análisis de riesgo: Es el proceso mediante el cual la información de posibles riesgos se clasifica e interpreta con criterio de probabilidad (recurrente, probable, posible, inusual, remota) que determina el grado de ejecución de la Unidad Administrativa para actuar y reducir la vulnerabilidad.

Controles: Mecanismos, acciones y prácticas de supervisión o evaluación de cada sistema, actividad o proceso, y que es ejecutado de manera automática por sistemas informáticos; o de manera manual y que permite identificar, evitar, reducir, asumir, transferir y en su caso, corregir con oportunidad los riesgos o condiciones que limiten, impidan o hagan ineficiente el logro de los objetivos y metas.

Control Interno: Conjunto de medios, mecanismos o procedimientos implementados con el propósito de conducir las actividades correspondientes hacia el logro de los objetivos y metas institucionales.

Control Interno Institucional: Proceso llevado a cabo por las personas Titulares de las Unidades Administrativas, así como las demás personas servidoras públicas, que desempeñen un cargo o comisión en la administración pública municipal del Ayuntamiento de Chiautempan, diseñando e implementado para proporcionar seguridad en el logro eficiente y efectivo de los objetivos y metas institucionales.

Control preventivo: mecanismo específico de control que tiene como propósito anticiparse a la posibilidad de que ocurran incumplimientos, desviaciones, situaciones no deseadas o inesperadas y que afectan el logro de las metas y objetivos institucionales.

Control detectivo (durante): mecanismo de control que operan en el momento en que los eventos o transacciones están ocurriendo, e identifican las omisiones o desviaciones antes de que concluya el proceso.

Control correctivo (después): mecanismo específico de control que opera en la etapa final de un proceso, el cual permite identificar y corregir o subsanar en algún grado, omisiones o desviaciones.

Riesgo: al evento adverso e incierto, externo o interno que derivado de la combinación de sus probabilidades de ocurrencia y el posible impacto, pudiera obstaculizar o impedir el logro de las metas y objetivos institucionales.

Riesgo Institucional: el incumplimiento de programas, metas y objetivos que puede provocar un daño a la imagen y confiabilidad del Ayuntamiento así como de su correcto funcionamiento, derivado de una mala planeación y como consecuencia de acontecimientos externos.

Valoración de riesgo: Jerarquización de las amenazas o factores adversos, dando prioridad a las que presentan una mayor exposición negativa para el estado del Control Interno Institucional.

COCODI y/o Comité: El Comité de Control y Desempeño Institucional del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Chiautempan, Tlaxcala.

TIC’S: Tecnologías de la Información y Comunicación.

IV.- DE SU APLICACIÓN Artículo 2.- Es responsabilidad de las y los Titulares de las Áreas Administrativas que conforman la estructura organizacional del Ayuntamiento del Municipio de Chiautempan, Tlaxcala, establecer y mantener el Control Interno Institucional estableciendo mecanismos, procedimientos específicos y acciones que se requieran para la debida observancia de las normas para conducir las actividades hacia el logro de sus objetivos y metas; evaluar y supervisar su funcionamiento y ordenar las acciones para su mejora continua.

Artículo 3.- El Titular de cada Unidad Administrativa, designará un Enlace de Control Interno, cuya función recaerá en un servidor público con cargo a nivel dirección u homólogos, y tratándose de Direcciones y Coordinaciones al personal que designen para tal efecto, debiendo comunicarlo mediante oficio al Titular del Órgano Interno de Control.

Artículo 4.- El Control Interno Institucional debe ser desarrollado e instrumentado en atención a las circunstancias y operaciones particulares de cada Unidad Administrativa. Su aplicación y operación será para apoyar el logro de los objetivos y metas, que garanticen el ejercicio eficiente y trasparente de los recursos públicos.

Artículo 5.- El Órgano Interno de Control, conforme a sus atribuciones y a través del COCODI, podrá evaluar el funcionamiento del Control Interno Institucional, verificar el cumplimiento de los presentes lineamientos y sugerir las mejoras correspondientes.

Artículo 6.- El Control Interno Institucional tiene como finalidades: I. Medir resultados, al contar con medios o mecanismos para conocer el avance en el logro de los objetivos y metas.

II. Coadyuvar con la salvaguarda de los recursos públicos, en condiciones de integridad, transparencia y disponibilidad para los fines a que estén destinados y su aplicación; y III. Promover el cumplimiento del marco jurídico aplicable y la cultura de la fiscalización, al favorecer la observancia de leyes, reglamentos y demás disposiciones administrativas que rigen el funcionamiento de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR