Avisos Judiciales

22 de abril de 2016 Página 5
A V I S O S J U D I C I A L E S
JUZGADO SEXAGESIMO SEXTO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
E D I C T O
LA C. JUEZ LIC. LETICIA MEDINA TORRENTERA.
En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL
promovido por BANCO SANTANDER (MEXICO) SOCIEDAD
ANONIMA INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO
FINANCIERO SANTANDER, en contra de MEJIA TREJO
ENRIQUE. Expediente 1631/2011, la C. Juez dictó un auto de
fecha cuatro de marzo del año en curso, quedando en los
términos siguientes…..
"Ciudad de México, a cuatro de marzo del dos mil
dieciséis.... y toda vez que la sentencia definitiva dictada en el
presente juicio le fue modificada por la H. Segunda Sala Civil de
este Tribunal, a la anterior titular, Licenciada Alejandra Beltrán
Torres, según se desprende de la resolución de treinta de
noviembre del dos mil doce que obra en autos y siendo que se
encuentra debidamente embargado el inmueble tal como consta a
fojas 115 y como se corrobora con el certificado de gravámen del
veintiocho de oc tubre del dos mil quince, .…se señalan las DIEZ
HORAS DEL DIA DOS DE MAYO DEL DOS MIL DIECISEIS para
que tenga verificativo la audiencia de REMATE EN SEGUNDA
ALMONEDA respecto del bien inmueble ubicado en CASA
MARCADA CON EL NUMERO OFICIAL DIEZ, DEL ANDADOR Y
TERRENO QUE LE CORRESPONDE, OSÉ A EL LOTE NUEVE,
PERTENECIENTE A LA MANZANA VEINTICUATRO, DE LA
AMPLIACIÓN NORTE DEL FRACCIONAMIENTO NUEVO
PASEO DE SAN AGUSTÍN, UBICADO EN JURISDICCIÓN DE
SANTA CLARA, ECATEPEC, ESTADO DE MÉXICO; debiéndose
anunciar el presente remate por medio de edictos que se fijarán
por TRES VECES dentro de NUEVE DÍAS en los tableros de
avisos del juzgado, en los de la Tesorería del Distrito Federal, así
como en el periódico EL DIARIO DE MEXICO, pero en ningún
caso mediarán menos de cinco días entre la publicación del
último edicto y la almoneda; señalándose como valor del
inmueble el valor del avaluó exhibido por el perito designado en
rebeldía de la parte demandada por ser el más alto que es la
cantidad de SEISCIENTOS NOVENTA MIL PESOS 00/100
MONEDA NACIONAL, con la rebaja del 20%. y para tomar parte
en la subasta, los licitadores deberán consignar mediante billete
de depósito el diez por ciento de la cantidad fijada para el citado
remate del inmueble antes señalado, sin cuyo requisito no será
admitido. Toda vez que el inmueble objeto del remate se
encuentra fuera de la Jurisdicción de este Juzgado, gírese atento
exhorto al C. JUEZ COMPETENTE DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE ECATEPEC DE MORELOS,
ESTADO DE MEXICO, para que por su conducto se ordene la
publicación de edictos en el periódico de más circulación de ese
lugar, en los estrados del juzgado y en los lugares de costumbre
que considere pertinentes, conforme a la legislación de dicha
entidad, a efecto de dar publicidad al remate,… asimismo se hace
la observación de que tanto el avalúo como el certificado de
libertad de gravámenes deberán estar vigentes al día de la
audiencia.- NOTIFÍQUESE.- Lo proveyó y firma la C. Juez
Sexagésimo Sexto de lo Civil, Licenciada LETICIA MEDINA
TORRENTERA, ante la fe de la C. Secretaria de Acuerdos,
Licenciada DOLORES ARREDONDO RAMIREZ con quien actúa
y autoriza lo actuado. DOY FE.
CIUDAD DE MÉXICO, A 04 DE MARZO DE 2016.- LA C.
SECRETARIA DE ACUERDOS, LIC. DOLORES ARREDONDO
RAMIREZ.- RÚBRICA. 1614.- 12, 18 y 22 abril.
JUZGADO SEXTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA METEPEC
E D I C T O
Hago saber, que en el expediente marcado con el número
37/2015, radicado en el Juzgado Sexto Civil de Primera Instancia
de Toluca, con residencia en Metepec, México, relativo al juicio
Ordinario Civil (usucapión) promovido por Adriana Granados
Trujeque, en contra de “Instituto Queensbury S.C.”, el juez del
conocimiento dicto un auto, procédase a emplazar a juicio a
“Colegio Walt Whitman S.C.,” a través de edictos, respecto de
hacerle saber que deberá presentarse dentro del plazo de treinta
días contados a partir del siguiente al de la última publicación, a
dar contestación a la demanda instaurada en su contra respecto
de la Restitución del Inmueble ubicado en domicilio denominado
Llano Grande, ubicado en el Municipio de Metepec, Distrito
Judicial de Toluca, Estado de México, Inmueble el cual tiene las
siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 58.50 mts.
colinda con Fracción Número Cinco propiedad del señor Roberto
R; AL SUR 58.50 mts. colinda con Besana de Llano Grande; AL
ORIENTE 76.00MTS. colinda con Fracción Número Ocho
propiedad de Benjamín D; AL PONIENTE 76.00 mts. colinda con
Fracción número tres propiedad de Antonio Gutiérrez; con una
superficie de 4,446 mts. (cuatro mil cuatrocientos cuarenta y seis
metros cuadrados); apercibidos que de no hacerlo, se seguirá el
juicio en rebeldía y se les notificara las determinaciones judiciales
por lista y boletín, ordenando al Juez del conocimiento se
publique una relación de la mis ma, por tres veces de siete en
siete días en el Periódico GACETA DEL GOBIERNO, en otro de
mayor circulación en la población y en el boletín judicial.
ORDENADO POR AUTO DE FECHA UNO DE ABRIL DE
DOS MIL DIECISEIS.
DADO EN EL JUZGADO SEXTO CIVIL DE PRIMERA
INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE TOLUCA, CON
RESIDENCIA EN METEPEC, MEXICO.- DOY FE.- SECRETARIO
DE ACUERDOS, LIC. ROSA MARIA MILLAN GOMEZ.-
RÚBRICA. 1641.- 13, 22 abril y 3 mayo.
JUZGADO QUINCUAGESIMO QUINTO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
E D I C T O D E R E M A T E
SE CONVOCAN POSTORES.
EL C. JUEZ QUINCUAGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL,
LICENCIADO JOSÉ LUIS DE GYVES MARÍN, señalo las DIEZ
HORAS DEL DÍA DIEZ DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL
DIECISÉIS, para que tenga verificativo la audiencia de
SEGUNDA ALMONEDA, del bien Inmueble ubicado en el LOTE
27, DE LA MANZANA “C”, EN LA CALLE RIO VERDE,
AMPLIACIÓN TULPÉTLAC, MUNICIPIO DE ECATEPEC DE
MORELOS, EN EL ESTADO DE MÉXICO, embargado en los
autos del expediente número 631/2013, relativo al Juicio
EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por BANCO SANTANDER
(MÉXICO) S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO
FINANCIERO SANTANDER MÉXICO en contra de
PERSIACEROS DE MAZATEPEC S.A. DE C.V. Y OTROS.
Sirviendo como base para el remate la cantidad de CINCO
MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL PESOS
00/100 MONEDA NACIONAL, precio de avaluó, con rebaja del
veinte por ciento de la tasación de conformidad con lo establecido
supletoriamente al Código de Comercio.
PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES DENTRO
DE NUEVE DÍAS.-Ciudad de México, a 15 de marzo del 2016.-EL
C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A”, LIC. ELISEO
HERNÁNDEZ CÓRDOVA.-RÚBRICA. 1716.-18, 22 y 28 abril.
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JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOYOTL, MEXICO
E D I C T O
FRACCIONAMIENTOS POPULARES S.A. y BERNARDO
EUFEMIO CORTEZ CRESPO O BERNARDO CORTES
CRESPO. En cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha 17
de febrero diecisiete del dos mil dieciséis, dictado en el
expediente número 900/2013, relativo al Juicio Ordinario Civil
sobre Usucapión, promovido por GLORIA CRUZ GARCÍA, se le
hace de su conocimiento que se expide el presente edicto para
notificarle que la pa rte actora le demanda las siguientes
prestaciones: A).- Vengo a demandar de la fraccionadora
FRACCIONAMIENTOS POPULARES S.A.; la PROPIEDAD por
usucapión del lote de terreno número 20 veinte de la manzana 20
Colonia LOMA DE BONITA de esta Ciudad, el cual se encuentra
ubicado en calle JOSEFA ORTIZ DE DOMÍNGUEZ, número 130
CIENTO TREINTA; Colonia LOMA BONITA en esta CIUDAD
NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MÉXICO, C.P. 57940, y que
tiene las siguientes medidas y colindancias, AL NORTE: 20.00
veinte metros con LOTE 19 diecinueve, AL SUR: en 20.00 veinte
metros con LOTE 21 veintiuno; AL ORIENTE: EN 10.00 diez
metros con CALLE JOSEFA ORTIZ DE DOMÍNGUEZ, AL
PONIENTE: en 10.00 metros con LOTE 2 DOS, con una
superficie aproximada de 200.00 DOSCIENTOS metros
cuadrados. B).- Del C. BERNARDO EUFEMIO CORTEZ
CRESPO ó BERNARDO CORTEZ CRESPO, la manifestación de
lo que a su derecho convenga, tomando en consideración que es
la persona que celebro con la suscrita contrato privado de
compraventa respecto del lote terreno motivo de la presente
demanda, contrato que se acompaña a este escrito como
documento base de la acción. Toda vez con fecha 7 siete de
Febrero 2000 DOS MIL, el C. BERNARDO EUFEMIO CORTEZ
CRESPO o BERNARDO CORTEZ CRESPO, celebró contrato
privado de compraventa con la suscrita, sobre el inmueble citado,
que se encuentra ocupando en calidad de propietario de manera
pública, pacífica, continua, de buena Tomando en cuenta que se
desconoce su domicilio actual, como parte demandada se le
emplaza a juicio por medio de edictos, haciéndole saber que
deberá presentarse a este Juzgado dentro del plazo de TREINTA
DÍAS contados a partir del siguiente al en que surta efectos la
última publicación, apercibidos que en caso de no dar
contestación a la instaurada en su contra, por sí o apoderado
legal que les represente, se seguirá el juicio en su rebeldía;
haciéndole las ulteriores notificaciones conforme lo dispone el
Entidad. Publíquese el presente por tres veces, de siete en siete
días, en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México, en
el periódico el RAPSODA o “8 Columnas” y en el Boletín Judicial;
además deberá fijarse una copia íntegra del respectivo proveído,
en la puerta de este Tribunal, por todo el tiempo del
emplazamiento. Expedido en Nezahualcóyotl, Estado de México,
a los 17 diecisiete días del mes de marzo del año dos mil
dieciséis.-DOY FE.
VALIDACIÓN: Fecha del acuerdo que ordena la
publicación: 17 de febrero de 2016.-Nombre, cargo y firma del
funcionario que expide el edicto.-SECRETARIO DE ACUERDOS,
LIC. DALEL GOMEZ ISRADE.-RÚBRICA. 209-B1.-4, 13 y 22 abril.
JUZGADO PRIMERO CIVIL Y PENAL DE CUANTIA MENOR
NEZAHUALCOYOTL, MEXICO
E D I C T O
Por medio del presente se hace saber a MARINA
AMBROSIO SÁNCHEZ, que en los autos del expediente número
563/2012 relativo al Juicio ORDINARIO CIVIL (TERMINACIÓN
DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO), promovido por
VICENTE FLORES PÉREZ; en el JUZGADO PRIMERO CIVIL Y
PENAL DE CUANTÍA MENOR DE NEZAHUALCÓYOTL,
ESTADO DE MÉXICO, el señor VICENTE FLORES PÉREZ, le
demanda las siguientes prestaciones: A) La terminación de
contrato de arrendamiento celebrado respecto al departamento
número tres, de la casa marcada con el número 106, de la calle
27, de la Colonia Campestre Guadalupana en el Municipio de
Nezahualcóyotl, Estado de México, de fecha veinte de marzo del
año dos mil once. B) La desocupación y entrega del citado
departamento. C) El pago de las rentas adeudadas desde el inicio
del presente juicio hasta la desocupación y entrega de dicho
departamento a razón de la cantidad de $760.00 (SETECIENTOS
SESENTA PESOS 00/100), mensuales. D) El pago de los
servicios de luz y agua a partir del 20 de marzo de dos mil once
(2011), al 20 de marzo del dos mil doce (2012) y E) El pago de
gastos y costas que el presente juicio origine, sustentando su
pretensión en los hechos que se contienen en el escrito de
demanda, destacando que se celebró el contrato de
arrendamiento el veinte de marzo del dos mil once, que se pactó
una renta de $760.00 (SETECIENTOS SESENTA PESOS 00/100
M.N.), que el pago se haría en el domicilio del arrendador, que el
uso lo era habitacional. Por tanto y al ignorarse su domicilio, se
ordena su emplazamiento a través de la publicación de edictos,
que deberán publicarse. Por tres veces de siete en siete días, en
el Periódico Oficial “GACETA DEL GOBIERNO”, en un periódico
de mayor circulación dentro de esta población, así como el
Boletín Judicial. Se hace saber que deberá presentarse dentro del
plazo de TREINTA (30) DÍAS contados a partir del siguiente al de
la última publicación a efecto de que de contestación a la
demanda instaurada en su contra apercibida que para el caso de
no comparecer por sí, por apoderado o por gestor que pueda
presentarla, se seguirá el juicio en rebeldía, haciéndole las
ulteriores notificaciones, mediante la publicación de lista y Boletín
Judicial. Queda a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de
este Juzgado, copia debidamente sellada, cotejada y rubricada
del escrito de demanda.
Se expide el presente a los seis (6) días del mes de
noviembre del presente año en cumplimiento al proveído del
veintitrés (23) de octubre del dos mil quince (2015).-DOY FE.-
LICENCIADA SILVIA GRACIELA VARA MEZA, EJECUTARA EN
FUNCIONES DE SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. SILVIA
GRACIELA VARA MEZA.-RÚBRICA. 1489.-4, 13 y 22 abril.
JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOYOTL, MEXICO.
E D I C T O
SALAZAR PALACIOS PRIMO.
Por este conducto se le hace saber que ROBERTO
AMEZCUA MEJÍA, le demanda en el expediente número
728/2013, relativo al Juicio ORDINARIO CIVIL la propiedad por
prescripción positiva ó usucapión, promovido por ROBERTO
AMEZCUA MEJÍA, EN CONTRA DE SALAZAR PALACIOS
PRIMO, del inmueble ubicado en el LOTE MARCADO CON EL
NÚMERO 11, MANZANA 4, CALLE SALVADOR DIAZ MIRON,
NUMERO 140, COLONIA MÉXICO SEGUNDA SECCIÓN,
CÓDIGO POSTAL 57620, MUNICIPIO NEZAHUALCÓYOTL,
ESTADO DE MÉXICO. El cual tiene las siguientes medidas y
colindancias: AL NORTE: 25.000 metros con lote 12; AL SUR:
25.00 metros colinda con lote 10; AL ORIENTE: 8.00 metros con
calle y; AL PONIENTE: 8.00 metros con lote 045.
La parte actora manifiesta que con fecha 21 de febrero de
mil novecientos ochenta y ocho, celebró contrato privado de
compraventa respecto del inmueble motivo de la litis; el hoy actor
ROBERTO AMEZCUA MEJÍA, dice que la posesión fue de
manera inmediata, física y material del lote ya mencionado y que
la posesión la ostentada en calidad de propietario, de forma
pacífica, continua, pública, de buena fe e ininterrumpidamente;
asimismo, manifiesta que ha realizado los pagos de impuestos
que genera el inmueble motivo del asunto que nos ocupa.

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