Avisos Judiciales

27 de octubre de
2015
G
ACETA
C") E I_ GO
BOE IFt 1.11 CZ•
Página 9
AVISOS JUDICIALES
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA
EDICTO
SE EMPLAZA A: ALBINA
TORRES VARELA Y
FRANCISCO
SIERRA MUCIÑO.
En el expediente número 307/2014, relativo al
juicio
Ordinario Civil, que promueve
Pedro
Herminio Camarillo Torres,
el Juez Segundo Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de
Toluca, México, ordeno el emplazamiento por medio de edictos,
demandándole a Albina Torres Varela y Francisco Sierra Muciño,
las Siguientes prestaciones: A.- La nulidad del contrato de
donación celebrado entre Albina Torres Varela y Francisco sierra
Muciño y Banashec Sierra Torres; B.- La nulidad de la
protocolización de dicho contrato de donación C.- El pago de
gastos y costas judiciales. El Juez ordeno citar y emplazar a
Albina Torres Varela y Francisco Sierra Muciño, mediante edictos
que contengan una relación sucinta de la demanda y se
publicarán por TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS, en el
Periódico Oficial "GACETA DEL GOBIERNO", en otro de mayor
circulación de ésta Ciudad y en el Boletín Judicial, haciéndoles
saber que deberán presentarse dentro del plazo de treinta días
contados a partir del siguiente al de la publicación, por apoderado
o gestor que pueda representarlo, para que den contestación a la
instaurada en su contra y para que señalen domicilio dentro de la
Ciudad de Toluca, para oír y recibir notificaciones, con el
apercibimiento que de no hacerlo se seguirá el juicio en su
rebeldía, haciéndole las ulteriores notificaciones por lista y Boletín
en términos de lo dispuesto por los artículos 1.168 y 1.170 del
EXPEDIDO EN LA CIUDAD DE TOLUCA, EL 18 DE
SEPTIEMBRE DE DOS MIL QUINCE.- SECRETARIO JUDICIAL,
LIC. EVA MARIA MARLEN CRUZ GARCIA.- RÚBRICA.
4675.- 7, 16 y 27 octubre.
JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CHALCO-VALLE DE CHALCO SOLIDARIDAD
EDICTO
Por medio del presente se le hace saber que en el
expediente número 1344/2015, relativo al Juicio Ordinario Civil
sobre usucapión, la parte actora FIDELINA HERNANDEZ Y
GUZMAN, demanda de LUIS MANUEL LUGO lo siguiente: A).-
Que se declare por sentencia firme, haber operado a mi favor la
usucapión, respecto del predio en calle Jalisco, manzana 40, lote
1, Colonia San Juan Tlalpizáhuac, actualmente correspondiente
al Municipio de Valle de Chalco Solidaridad, Estado de México,
con las medidas y colindancias siguientes: al noreste 10.00
metros con calle Jalisco, al sureste: 19.42 metros con iote dos, al
suroeste: 10.00 metros con lote 11, al noroeste: 19.50 metros con
Avenida México, mismo que tiene una superficie de ciento
noventa y cuatro metros cuadrados. B).- Que en la sentencia
ejecutoriada declarada a mi favor se ordene su inscripción en el
Instituto de la Función Registral,
a mi nombre FIDELINA
HERNANDEZ Y GUZMAN.
Se procede a asentar en estos edictos una relación
sucinta de los hechos de la demanda: 1.- En fecha diecinueve de
enero de mil novecientos ochenta y nueve, adquirí mediante
contrato privado de compraventa que celebre con el señor LUIS
MANUEL LUGO, el lote de terreno antes citado. 2.- Así mismo el
señor LUIS MANUEL LUGO, me entregó de forma personal la
posesión material del citado inmueble el día diecinueve de enero
de mil novecientos ochenta y nueve, así como la escritura pública
número 552, volumen 47, de fecha dieciocho de septiembre de
mil novecientos ochenta y cuatro debidamente inscrito en el
Registro Público de la Propiedad de Chalco, Estado de México,
actualmente Instituto de la Función Registral, Estado de México,
bajo el folio económico 59491, partida 552, volumen 47, libro
primera, sección primera, de fecha dieciocho de septiembre de
1984. 3.- El inmueble que
adquirí lo he poseído desde el día
diecinueve de enero de mil novecientos ochenta y nueve, en
concepto de propietaria, a título de dueña, de manera pacífica,
continua, pública y de buena fe, por lo que le he realizado
arreglos necesarios para la conservación del mismo, de lo cual se
han dado cuenta las vecinas que soy la única que ejerce actos de
dominio a título de dueña sobre el inmueble, en mérito de lo
anterior, se emplaza a LUIS MANUEL LUGO por medio de
edictos, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del
término de treinta días contados a partir del día siguiente al en
que surta efectos la última publicación de los mismos, con el
apercibimiento que en caso de no comparecer a dar contestación
a la instaurada en su contra por sí o por apoderado legal que lo
represente, se seguirá el juicio en su rebeldía, haciéndole las
ulteriores notificaciones en términos de los artículos 1.168 y 1.170
del Código de Procedimientos Civiles, fijándose además en la
puerta de este Juzgado una copia íntegra de la resolución por
todo el tiempo del emplazamiento.
Publíquese por tres veces de siete en siete días en la
GACETA DEL GOBIERNO del Estado, en el periódico de mayor
circulación en esta población y Boletín Judicial. Expedidos en
Valle de Chalco Solidaridad, Estado de México, a los veintinueve
días del mes de septiembre del año dos mil quince.-Doy fe.-Lo
que se hace en cumplimiento al auto de fecha veintiuno de
septiembre del año dos mil quince.-Secretario del Juzgado Cuarto
Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Chalco, con
residencia en Valle de Chalco Solidaridad, México, Licenciado
Javier Olivares Castillo.-Rúbrica.
653-B1.-7, 16 y 27 octubre.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOYOTL, MEXICO
EDICTO
En los autos del expediente número 659/2014, se ordena
el emplazamiento a la demandada ROCIO IBAÑEZ MARTINEZ
DE GUEVARA mediante edictos por lo tanto se hace una relación
sucinta de la demanda en los siguientes términos: MARILU
CHAVEZ TRUJILLO, le demanda en la vía Ordinaria Civil la
Usucapión, respecto del inmueble ubicado en calle Tacubaya,
número 69, identificado como lote número veintidós, manzana
ciento ocho, Fraccionamiento General José Vicente Villada,
Municipio de Nezahualcóyotl, Estado de México, que tiene las
siguientes medidas y colindancias: al norte: 21.50.00 metros con
lote 23, al sur: 21.50 metros con lote 21; al oriente: 10.00 metros
con lote 9 y al poniente: 10.00 metros con calle Tacubaya, así
mismo las siguientes prestaciones: A) Reclama la usucapión de la
propiedad de terreno en calle Tacubaya, número 69, identificado
como lote número veintidós, manzana ciento ocho,
Fraccionamiento General José Vicente Villada, Municipio de
Nezahualcóyotl, Estado de México, toda vez que tiene la
posesión de dicho inmueble, B) La declaración judicial que se
haga en sentencia definitiva, en la que se decrete que MARILU
CHAVEZ TRUJILLO es la legítima propietaria, C) Se ordene al
Registro Público de la Propiedad de Nezahualcóyotl, Estado de
México, la inscripción del lote de terreno, para que en sus
registros se inscriba que MARILU CHAVEZ TRUJILLO es la
legítima propietaria. Narrándose los hechos el día diecisiete de
febrero de mil novecientos noventa y tres se celebró contrato de
compraventa entre ROCIO IBAÑEZ MARTINEZ DE GUEVARA y
MARILU CHAVEZ TRUJILLO respecto del lote de terreno a
usucapir por la cantidad de $58,000.00 (CINCUENTA Y OCHO
MIL PESOS 00/100 M.N.); desde la fecha de la celebración del
contrato de compraventa la actora ha tenido la posesión del
inmueble descrito de una forma pública, pacífica, continúa, por
más de cinco años. El terreno descrito se encuentra inscrito en el
Registro Público de la Propiedad de ésta entidad, bajo la partida
398, volumen 166, libro primero, sección primera, bajo el folio real
electrónico número 00082296. Por último sobre el lote de terreno

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR