Avisos Judiciales

7 de enero de 2015
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Página 11
113 II E Pe
AVISOS JUDICIALES
JUZGADO TRIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
En los autos del Juicio Especial Hipotecario, promovido
por GE MONEY CREDITO HIPOTECARIO S.A. DE C.V.,
SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO, ADOPTANDO
LA MODALIDAD DE SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO
MULTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA, FUSIONADA CON GE
CONSUMO MEXICO, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO
MULTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA, AHORA SANTANDER
HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE ENTIDAD
REGULADA en contra de ROMERO CISNEROS MARIA PINA.
Expediente número 1504/2009, la C. Juez Trigésimo Cuarto de lo
Civil del Distrito Federal, dictó autos que en su parte conducente
dicen:.. México, Distrito Federal, a cuatro de noviembre del año
dos mil catorce...A sus autos el escrito de cuenta del apoderado
de la parte actora, visto lo manifestado como lo solicita toda vez
que ya transcurrió la fecha de la audiencia ordenada con
antelación, para que tenga lugar la audiencia de remate el
primera almoneda se señala las once horas del día diecinueve
enero del dos mil quince, debiendo prepararse como fue
ordenada en autos del veintinueve de septiembre último y seis de
octubre, ambos del presente año. Otro auto... México, Distrito
Federal, a veintinueve de septiembre del año dos mil catorce... A
sus autos el escrito de cuenta del apoderado de la parte actora
con el que se le tiene conformidad con lo dispuesto por el artículo
566 del Código de Procedimientos Civiles, exhibiendo la
actualización del certificado de libertad de gravámenes que corre
agregado a los presentes autos, mismo que surte sus efectos
legales a que haya lugar. Por corresponder al estado procesal del
presente juicio y en ejecución de sentencia, para que tenga lugar
la subasta pública en primera almoneda del bien inmueble
hipotecado consistente en la casa habitación de interés social
identificada con la letra "B", lote número 25, de la manzana 3,
del
Boulevard del Lago sin número, del conjunto urbano de tipo mixto
habitacional de interés social, comercial y de servicios
denominado "Real del Calle", Municipio de Acolman, Estado de
México. Y para que tenga verificativo dicha subasta se señalan
las once horas del dia treinta y uno de octubre próximo. Sirviendo
de base para el remate la cantidad de CUATROCIENTOS
VEINTITRES MIL PESOS 00/100 M.N., cantidad fijada por el
perito de la parte actora, siendo postura legal la que cubra las dos
terceras partes de la cantidad mencionada y para intervenir en el
remate los licitadores deberán exhibir el diez por ciento del valor
del inmueble antes mencionado mediante certificado de depósito
expedido por la Nacional Financiera y sin cuyo requisito no será
admitidos. Asimismo dicha subasta de conformidad con lo
dispuesto por el artículo 570 del Código de Procedimientos
Civiles deberá anunciarse por medio de edictos que se publicarán
por dos veces en los tableros y avisos del Juzgado, en los de la
Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal y así
mismo en el periódico El País, debiendo mediar entre una y otra
publicación siete días hábiles entre la última y la fecha de remate
igual plazo. Por otra parte y tomando en consideración que
el
inmueble materia del remate en cuestión se encuentra fuera de la
Jurisdicción de este Juzgado, gírese atento exhorto con los
insertos, copias necesarias y oficios correspondientes, para
la
publicación de los edictos de que se trata, facultándose al C. Juez
competente en el Municipio de Acolman, Estado de México, para
que en auxilio de las labores de este Juzgado se sirva anunciar el
remate en cuestión en la forma y términos que para tal efecto
establece la Legislación de esa Entidad Federativa. Lo anterior
para todos los efectos legales a que haya lugar.- Notifíquese.
Para su publicación por dos veces en el periódico El País.- El C.
Secretario de Acuerdos, Lic. Armando Vázquez Nava.- Rúbrica.
5329.- 5 diciembre y 7 enero.
JUZGADO SEXTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
ECATEPEC DE MORELOS-TECAMAC
EDICTO
GUMARO FLORES VICENCIO.
En el expediente número 469/2014, GABRIEL OSWALDO
VALDEZ LOPEZ, promueve Juicio Ordinario Civil, USUCAPION
en contra de GUMARO FLORES VICENCIO demandándole:
A).- La usucapión respecto del bien inmueble ubicado en
casa 2, del Fraccionamiento Los Héroes Tecámac, ubicada en
calle Lázaro Cárdenas número 34, Sector Once de la Sección
Primera, manzana 24, lote 8, Código Postal 55765, Municipio de
Tecámac, Estado de México, argumentando la parte actora que
en fecha dos de julio del año dos mil cinco adquirió el mismo al
Señor GUMARO FLORES VICENCIO, a través de un contrato de
compraventa por el cual pago $180,000 (CIENTO OCHENTA MIL
PESOS 00/100 M/N) mismo que cuenta con una superficie de
29.80 metros cuadrados en la planta baja con las siguientes
medidas y colindancias:
Al norte: 2.98 metros con su cajón;
Al sur: 2.98 metros con patio de servicio.
Al este: 10.00 metros con casa uno;
Al oeste: 10.00 metros con casa tres.
Con superficie de planta alta 32.31 metros cuadrados con
las siguientes medidas y colindancias:
Al norte: 1.02 metros, 0.64 metros y 1.96 metros con su
cajón;
Al sur: 1.02 metros, 0.64 metros y 1.96 metros con patio
de servicio;
Al este: 10.64 metros con casa uno;
Al oeste: 10.64 metros con casa 3.
Superficie de patio de servicio 5.96 metros cuadrados con
las siguientes medidas y colindancias:
Al norte: 2.98 metros con propia casa;
Al
sur: 2.98 metros con propiedad particular;
Al este: 2.00 metros con casa 1;
Al oeste: 2.00 metros con casa 3.
Superficie de cajón 16.39 metros cuadrados con las
siguientes medidas y colindancias.
Al norte: 2.98 metros con vía pública;
Al sur: 2.98 metros con propia casa;
Al este: 5.50 metros con casa 1;
Al oeste: 5.50 metros con casa 3.
Argumentando la parte actora que desde que adquirió el
inmueble de este presente juicio lo ha venido poseyendo de
buena fe, con título de propietario, en forma pacífica, pública e
ininterrumpidamente por lo que una vez admitida la demanda el
Juez ordenó por auto de fecha nueve de octubre de dos mil
catorce, notificándole a la parte demandada GUMARO FLORES
VICENCIO por medio de edictos, al cual se le hace saber que
debe presentarse dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la última publicación; con el apercibimiento que en caso
de no comparecer, se seguirá el juicio en su rebeldía y las
posteriores notificaciones por lista y Boletín Judicial.
Y para su publicación por tres veces de siete en siete días
en el Periódico GACETA DEL GOBIERNO del Estado, en otro
periódico de mayor circulación en esta población y en el Boletín
Judicial, se expiden los presentes el día diez de noviembre de
dos mil catorce.-Doy fe.-Secretario de Acuerdos, Lic. Alfredo
Rodríguez Alvarez.-Rúbrica.
5335.-5 diciembre, 7 y 14 enero.
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artículo 1
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Judicial,
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vista con
ta la cuenta que antecede y tomando en consideración
an en autos los informes del Comisario de la Policía
la Dirección de Seguridad Pública Municipal de
I Titular del Consejo General del Instituto Nacional
a Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como
del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto
ad Social del Estado ce México y Municipios, sin que
grado conocer el paradero de OSCAR ARMANDO
IGIL, en tales condiciones con fundamento en el
dictos que se deberán publicar por tres veces de siete
as, en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO
mayor circulación en esta población y en el Boletín
biendo fijarse además en la puerta del Juzgado una
ra por todo el tiempo de la notificación se ordena dar
la solicitud de divorcio incausado y propuesta de
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7 de enero de 2015
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UZGADO TERCERO DE LO FAMILIAR
DISTRITO DE TOLUCA-METEPEC
EDICTO
Se •rdena dar vista con la solicitud de Divorcio Incausado
y propuesta •e convenio a: OSCAR ARMANDO OLGUIN VIGIL.
umplimiento a lo ordenado por auto de fecha diez de
el dos mil catorce, dictado en el expediente
e se tramita en este Juzgado, relativo al Juicio de
usado promovido por MARIBEL ORTIZ HERRERA
OSCAR ARMANDO OLGUIN VIGIL de quien solicita
restación: Divorcio Incausado.
Bas:ndose en las siguiertes circunstancias: Que con
fecha siete le diciembre del año dos mil seis contrajo matrimonio
civil con O'CAR ARMANDO OLGUIN VIGIL, bajo el régimen de
sociedad ci nyugal, que de dicha unión procrearon una hija de
nombre D MARIS NADAD OLGUIN ORTIZ quien en la
actualidad s menor de edad, que la señora MARIBEL ORTIZ
HERRERA, a fin de dar cumplimiento al artículo 2,373 fracción II
del Códig•de Procedimientos Civiles anexa propuesta de
convenio y el cual se basa en las siguientes cláusulas: a).- La
guarda y ustodia de la menor DAMARIS HADAD OLGUIN
ORTIZ qu darán a cargo de la suscrita MARIBEL ORTIZ
HERRERA, sirviendo de casa habitación la ubicada en la calle de
Corales nú ero 48, Colonia Infonavit Las Marinas, Municipio de
Metepec, stado de México. h).- Con respecto al régimen de
visita y con ivencia de la parte solicitada para con mi menor hija,
manifiesto .ue el señor OSCAR ARMANDO OLGUIN VIGIL, no
ha convivi• • con la misma durante un largo periodo de tiempo,
por lo que o me encuentro en posibilidad de indicar tal medida,
c).- La señora MARIBEL ORTIZ HERRERA. seguirá habitando el
domicilio ci nyugal, en la dirección mencionada en inciso a) de la
presente p puesta de convenio. d).- Solicito al C. Juez que por
concepto • - pensión alimenticia recia mi menor hija DAMARIS
NADAD •LGUIN ORTIZ, fije la pensión, haciendo de su
conocimie o que ignoro el monto total de sus ingresos, así como
e: lugar •n donde labora actualmente el señor OSCAR
ARMANDI OLGUIN VIGIL. e).- Durante el matrimonio
adquirimos la casa habitación que se encuentra ubicada en calle
Hacienda arbonera, Mz. 3, C. Lote 10, localidad San José
Buenavist- El Grande, C.P. 5085C, en el Municipio de Temoaya,
Estado de México y al haber sido bajo el régimen de sociedad
conyugal, 1= suscrita cede lo que le corresponde de los derechos
del inmueble referido al solicitado. Se expide en la Ciudad de
Metepec, éxico, a los diecinueve días del mes de noviembre del
dos mil catarte 2014.-Doy fe.
As mismo el auto de diez de noviembre de dos mil catorce
a la letra ci e:
A TO.- Metepec, México, diez de noviembre de dos mil
convenio al señor OSCAR ARMANDO OLGUIN VIGIL, debiendo
contener dichos edictos una relación sucinta de dicha solicitud,
previniéndole al señor OSCAR ARMANDO OLGUIN VIGIL, para
que se apersone en un plazo de treinta días, con el
apercibimiento que de no hacerlo se continuará con el
procedimiento en su rebeldía, asimismo, deberá señalar domicilio
dentro de esta Ciudad para oír y recibir notificaciones de su parte,
apercibida que no hacerlo, las posteriores notificaciones aún las
de carácter personal, se le harán en términos de los artículos
1.165 fracción II y 1.170 del Código citado.
Por otra parte se hace saber a la ocursante que una vez
que exhiba las publicaciones de los edictos se fijará día y hora
para que tenga verificativo la primera audiencia de avenencia, en
el entendido de que si el señor OSCAR ARMANDO OLGUIN
VIGiL, no se presenta a la audiencia, se tendrá por precluido su
derecho y se procederá a programar la segunda de avenencia en
la que se decretará la disolución del vínculo matrimonial, si se
cumplen los supuestos legales para ello, asimismo, en su
oportunidad se citara al Agente del Ministerio Público adscrita a
este Juzgado, para que comparezca al desarrollo de la misma.-
Notifíquese.-Lo acordó y firma la Juez Tercero Familiar de Toluca,
con residencia en Metepec, México, Licenciada María Guadalupe
Escalona Valdés quien actúa con Secretario, Licenciado Jesús
Eugenio Peña Ramos.-Doy fe.-Dos firmas ilegibles Juez.-
Secretario.-Se expide en la Ciudad de Metepec, México, a los
diecinueve días del mes de noviembre del dos mil catorce 2014_-
Doy fe.-Edicto que se publica en términos del auto de fecha diez
de noviembre del dos mil catorce 2014.-Doy.-Secretario, Lic.
Jesús Eugenio Peña Ramos.-Rúbrica.
5142.-26 noviembre, 5 diciembre y 7 enero.
JUZGADO VIGESIMO SEXTO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
EXP. NO. 1491/11.
SECRETARIA "A".
SE CONVOCAN POSTORES:
En auto de fecha veinticuatro de octubre del año dos mil
catorce, dictado en los autos relativos al Juicio Especial
Hipotecario, promovido por BANCO DEL BAJIO S.A.
INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE en contra de RAFAEL
MARQUEZ OLMOS y ELADIA ABAZAN CAMACHO, expediente
numere
,
1491/2011, Secretaría "A". El C. Juez Vigésimo Sexto de
lo Civil, ordenó sacar a remate en primera almoneda el bien
inmueble hipotecado en autos, ubicado casa marcada con la letra
C, manzana 3, lote 11, ubicada en calle Valle Alpino, Colonia
Real del Valle, Municipio de Acolman, Estado de México, se
señalan las nueve horas con treinta minutos del quince de enero
del año dos mil quince para la celebración de dicho remate en el
local del Juzgado Vigésimo Sexto de lo Civil del Distrito Federal,
sirviendo de base para el remate la cantidad de $374,000.00
(TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL PESOS 00/100
M.N.) que resultó del avalúo que rindió el perito de la parte actora,
siendo postura legal la que cubra las dos terceras parte de dicho
avalúo.
Para su publicación por dos veces debiendo mediar entre
una y otra publicación siete días hábiles y entre la última y la
fecha de remate igual plazo.-Sufragio Efectivo. No Reelección.-
México, D.F. a 28 de octubre del 2014.-La C. Secretaria de
Acuerdos "A", Licenciada Silvia Soto Escalante.-Rúbrica.
5301.-4 diciembre y 7 enero.
En
noviembre
573/2014,
Divorcio In
en contra d
la siguiente

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