Avisos Judiciales

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dor público, sin peruicio de sus derechos y deberes laborales, así como los daños y perjuicios a la Hacienda
unicipal, habida cuenta que tiene los elementos técnicos y humanos amen del perfil necesarios, dada la naturaleza
cienes que le confiere el artículo 112 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Presidente
Municipal
a la luz del numeral 49 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, guarda la
d de auxiliarse de los demás integrantes del Ayuntamiento, así como de los Organos Administrativos y Comisiones
as en la misma Ley, para el cumplimiento de sus funciones,
érito de las consideraciones anteriormente expuestas, el suscrito emite el siguiente:
ACUERDO
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28 de abril de 2014
PRIMER t. Se delega a la Ccntraloría Interna Municipal de Villa de Allende a través de su titular, la facultad para instaurar
los procedimientos administrativos disciplinarios y resarcitorios que prevé el capítulo II y IV del Título Tercero de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, a los servidores públicos municipales a excepción de
los de elección popular; cuando detecte deficiencia en la prestación de servicio público, independientemente de las
onligaciOnes específicas que correspondan al empleo, cargo o comisión, todo servidor público, sin perjuicio de sus derechos
y deberes laborales y cuando se adviertan irregularidades por actos u omisiones de servidores públicos en el manejo,
decisión, autorización, recepción, aplicación, administración de fondos. valores y de recursos económicos del municipio o de
aquellos concertados o convenidos con la federación y el estado, que se traduzcan en daños y perjuicios estimables en
dinero, causados a la Hacienda Pública Municipal, siguiendo las formalidades procedimentales a que alude el artículo 59 de
la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y demás disposiciones legales aplicables.
SEGUNDO. Del mismo moda se delega a la Contraloría Interna Municipal a través de su titular la facultad para emitir las
resoluciones que se deriven de la tramitación de los procedimientos disciplinarios y resarcitorios a efecto de fincar o
constituir definitivamente, las responsabilidades disciplinarias
y
resarcitorias: en términos de los artículos 42. 43, 44, 72, 73,
74, 75, 76 y 77 del mismo Orcenamiento Legal; ya sea que se confirmen, modifiquen o cancelen.
TERCERO. La delegación de facultades a que se refiere este Acuerdo, no excluye la posibilidad de su ejercicio directo por
el suscrito quien conservará en todo tiempo las facultades originales.
CUARTO. El titular de la Contraloría Interna Municipal, mantendrá permanentemente informado al suscrito: sobre el ejercicio
de las facultades que mediante este Acuerdo se delegan.
TRANSITORIOS
El presente instrumento entrará en vigor y surtirá sus efectos al día siguiente de su publicación en la Gaceta del Gobierno
del Estado de México.
Así lo acordó el Presidente Mmicipal Constitucional de Villa de Allende, México, a los diez días del mes de Abril de 2014.
PROFR. ARTURO PIÑA GARCÍA
PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
DE VILLA DE ALLENDE, MÉXICO
(RÚBRICA).
AVISOS JUDICIALES
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TENANGO DEL VALLE
EDICTO
En el expediente marcado con el número 489/2014,
relativo al Procedimiento Judicial no Contencioso diligencia de
Información de Dominio, promovido por ROMAN SANTANA
GOMEZ; respecto del inmueble ubicado en la calle Cinco de
Mayo esquina con Hidalgo número 222, en la Delegación de San
Pedro Z tepec. Municipio de Tenango del Valle. Estado de
México, on las siguientes mecidas y colindancias: norte: 9.35
metros c n calle Hidalgo; al sur: 3.45 con el señor Gabriel García;
al orient 25.35 metros con la calle 5 de Mayo; y al poniente:
25.15 m ros con Seúl Vázquez Gómez, el predio cuenta con una
superfici total aproximada de 136 metros cuadrados. El Juez
Civil de limera Instancia de este Distrito Judicial de Tenango del
Valle. M xico, admite la solicitud en la vía y forma propuesta y
ordenó I publicación de los edictos correspondientes en el
Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO y otro de circulación
diaria, por dos veces, con intervalos de por lo menos dos días,
haciendo saber a quienes se crean con igual o mejor derecho
sobre el inmueble objeto de las presentes diligencias a fin de que
comparezcan a deducirlo en términos de Ley.
Se expide en Tenango del Valle, Estado de México, a los
diez días de abril del dos mil catorce. En cumplimiento al auto de
fecha uno de marzo del dos mil catorce, se ordena la publicación
de los edictos.-Primer Secretario, Lic. Salomón Martínez Juárez.-
Rúbrica.
1646.-23 y 28 abril.
JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE OTUMBA
EDICTO
MARIO PEREZ CORONEL, por su propio derecho,
promueve en el expediente número 614/2014, Juicio
Procedimiento Judicial no Contencioso, Diligencias de
Información de Dominio, respecto del inmueble denominado
"Cuevitas". mismo que se encuentra ubicado en Avenida México
Sur, sin número en el poblado de Jaltepec, Municipio de

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