Avisos Judiciales

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AVISOS JUDICIALES
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CHALCO•IXTAPALUCA
EDICTO
RAMON MAURICIO LUNA NAJERA.
En c mplimiento a b ordeñado par auto de fecha 22
veintidós de noviembre del año dos mil trece, dictado en el
expediente
'
,
mero 551/2013, que se ventila en el Juzgado
Secundo CWi de Primera Instancia del Distrito Judicial de Chateo,
con residenci en ixtapailica, Estado de México, relativo al Juicio
Ordinario Civ I promovido por PANTEON LOS ANGELES S.A.
DE C.V., en contra de RAMON MAURICIO LUNA NAJERA,
respecto de
rescisión del contrato de fecha treinta y uno de
diciembre de dos mil uno, demandando: u) La Rescisión del
Contrato par la adquisición de derechos de uso a perpetuidad de
un iota de ter eno y a construcción de una bóveda de 4 gavetas y
sus servicios correspondientes que iectuyen 4 ataúdes de medio
cierta metálic s o de madera. de facha 31 de diciembre del 2001,
en e' Pardeó. Los Angeles ubicado en camino a Mina de Popotla,
sin número, bionia Peña de la Rosa de Castilla, poblado de
Coatepec, NI nicipio de Ixtapaluca, Estado de México. b) Como
consecuenci' de lo anterior, la resttución y entrega de lote de
terreno y a b veda de 4 gavetas, donde una de las gavetas esta
utilizada pa su familiar MARIA DEL CARMEN NAJERA
CARDENAS. o) La exhumación de los restos de su familiar
CARME-TN NAJERA CARDENAS, por haber
suspendido os pagos el demandado y no tener derecho a
perpetuidad rritratada como se estpulo en la cláusula Séptima
del contrato ;aterir- del presente luido cumpliendo con el término
de 6 añcs que señala la Ley para la exhumación. d) La renta
mensual por el uso, goce y disfrute de la bóveda y una gaveta
que utiliza s
u
familiar MAREA DEL CARMEN NAJERA
CARDENAS, por incumplimiento en que incurrió y el tiempo que
ha utilizado e mismo. e) El pago de los gastos y costas judiciales
que se cause hasta la total terminación del presente asunto.
Pubil uese por tres veces de siete en siete dias en un
periódico de mayor circulación diaria de este Municipio, en la
GACETA DE GOBIERNO de la Entidad, y en el Boletín Judicial.-
En cumolimi nto al auto de fecha 22 de noviembre del año dos
mil trece.-Ex edicto en Ixtapaluca, Estado de México. a !os nueve
días del mes de diciembre dei año dos mil trece.-Doy fe.-Primer
Secretario de Acuerdos, Javier Olivares Castillo.-Rúbrica.
19-131.-16, 27 enero y 6 febrero.
-JUZGA TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TEXCOCO
EDICTO
DEMANDAD¿: RAUL EDUARDO VALADEZ LEON.
EMPLAZAMIENTO: Se le hace saber que en el
expediente numero 1073/2012, relativo al Juicio Ordinario Civil
sobre Rescisión de Contrato de Compraventa, promovido por
MARCO ANTONIO CASTAÑEDA CUL/IN°, en e! Juzgado
Tercero Civil de Texcoco, Estado de México, el Juez del
conocimiento dictó auto que admitid la demanda y por auto de
diaz de octubre del dos mil trece, se ordenó emplazar por medio
de edictos que deberán publicarse por tres veces de siete en
siete dias en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO del
Estado. en o ro de mayor circulación en esta población y en el
Boletín Jadio al, haciendo saber a RAUL EDUARDO VALADEZ
LEON, que deberá presentarse dentro del término de treinta días
cortados a partir del siguiente al de la última publicación, a dar
iscntestación
incoada en su contra, oponiendo las
excepciones y defensas que a su interés convenga, con el
aparcihimient que Ce no hacerlo por sí, por apoderado o por
oestor que pis ida representarlo, se seguira el juicio er su rebeldía
y las ulteriores notdScacones aún las de carácter personal se
harán en test nos da lo prevenido per los artículos 1.168, 1.170 y
-
1.182
del Código AdietHo
R1
hti )0 LA
RESCISIÓN del contrato de campauaa,
al siete, de
septiembre del dos mil nueve reseoele •
fnsc:en del
inmueble denominado "Metepanco" t'Ucear
Colonia San
Sebastián Chimalpa, anteriormente periercea e...a. al Municipio de
La Paz, actualmente perteneciente al Mur:J.:SS.
,
de Chicoloapan
de Juárez, Estado de México. con las siguientes medidas y
colindancias: al norte: 27.00 metros con carril; al sur: 27.00
metros coa Guadalupe Santa Maria, al oriente: 173.80 metros con
Ignacio Páez; al poniente: 173.80 menos con Imelda Arista, con
una superficie de 4,692.60
ma,
(cuatro
Mil
seiscientos noventa y
des metros con sesenta centímetros cuadrados), en
consecuencia la desocupación y entrega del inmueble materia de
la compraventa con sus construcciones, frutos y accesorios, en la
Secretaría de este Juzgado las copias simples de traslado, para
que se imponga de las mismas, a los diez días de octubre del año
dos mil trece.-Doy fe.-Validación, Texcoco, México, 20 de
noviembre del 2013.-Primer Secretado de Acuerdos, Lic. Maria
Lilia Segura FloreseRubrica,
12-B1.-16, 27 enero y 6 febrero.
JUZGADO QUINTO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOYOTL, MEXICO
EDICTO
CLANCY GABRIELA. ROMERO TENORIO.
Se le hace saber que RICARDO VALENCIA RICO, por su
propio derecho, bajo el expediente número 1031/2013, promovió
ante este Juzgado Procedimiento Especial Divorcio Incausado,
basándose en el hecho siguiente: I.- Contrajeron matrimonio ante
el Oficial 07 del Registro Civil de la localidad izealli Chamapa de
fecha 31 de agosto del 2002: ith Que procrearon dos hijos de
nombres LEONARDO y RUBi da apellidos VALENCIA ROMERO
con fechas de nacimiento el primero del 14 de enero dei 2003 y la
segunda el 25 de octubre del 2004; que el ultimo domicilio donde
hicieron vida en común fue en calle Granito ce Sal número 104
Altos, Colonia Benito Juárez, Nezahualcóyoll, Estado de México;
que abandonó el domicilio conyugal el 24 de diciembre del 2012,
llevándose a sus menores hijos; asimismo exhibe su propuesta
de convenio en los siguientes términos a) La designación de la
guarda y custodia de sus menores hilos a favor de la señora
CLANCY GABRIELA ROMERO TENORIO...:
Regimen de
visita y convivencia respecto dei progenitor que no ejercerá la
guarda y custodia..., o) Designación del cónyuge que seguirá
habitando el domicilio donde se haga vida en común durante el
procehiimiento... d) La cantidad que por concepto de Alimento se
propone para atender, las necesidades de la cónyuge...; e) La
manera de administrar los bienes de la sociedad conyugal y la
forma de liquidación después de decretado el divorcio....
Haciéndole saber a la cónyuge CLANCY GABRIELA ROMERO
TENORIO, que deberá presentarse dentro del término de treinta
días contados a partir del siguiente día de la última publicación, a
dar contestación a la demanda instaurada en su contra,
oponiendo las excepciones y defensas que tuviere, con el
apercibimiento de que ere caso de no comparecer por si o por
apoderado o gestor que legalmente lo represente, se seguirá el
juicio en su rebeldía y las subsecuentes notificaciones le serán
hechas por medio de lista y Boletín Judicial; así mismo fíjese en
la puerta de este Tribunal una copia íntegra de esta resolución
por iodo el tiempo que dure el emplazamiento, así como para su
publicación en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO, en
otro de mayor circulación en esta Ciudad y en e! Boletín Judicial,
por medio de edictos por tres veces de siete en siete días. Se
expiden los presentes en la Ciudad de Nezallualooyoti, México. a
los dome días del mes de diciembre del año dos mil trece.-Doce
de diciembre de! año dos mil trecearrimer Secretario de
Acuerdos del Juzgado Quinto Familiar del Distrito Judicial co
Nezainualcoyoti, Estado de tylexicoaSecretarlo, Lic. Felipe
González Ruiz Rubrica.
20-011.-16, 27 enero y 6 febrero.

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