Avisos Judiciales

JUZGA CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOYOTL, MEXICO
EDICTO
VISOS JUDICIALES
GA
CETA
r)EL GOIFIRIEFt.40
4 de diciembre de 2013
Página 10
LYD•SAN VICENTE VIUDA DE HAHN, se le hace saber
que ANGEL DE MATÍAS PEREZ, parte actora en el Juicio
Ordinario Civi tramitado bajo el expediente número 563/2011 de
este Juzgad le demanda las s guientes prestaciones: La
usucapión a favor del suscrito, respecto del lote de terreno
número dieci iete de !a manzana ciento noventa y cuatro, de la
calle 17 núm ro 24, Colonia El Sol, en Nezahualcóyotl, Estado de
México, entre otras; fundándose en los siguientes hechos: desde
el día 19 d• agosto de mil novecientos ochenta y uno se
encuentra en posesión del inmueble anteriormente aludido, en
virtud de un c•intrato privado de compraventa que celebró en esa
inisma fecha con FRANCISCO RUIZ GARCIA. y su esposa
MARIA TER SA HERNANDEZ DE RUIZ; haber pagado la
totalidad de I cantidad pactada en la compraventa: el inmueble
cuenta con I. s siguientes medidas y colindancias: al norte en
20.75 metros con lote 16; al sur 20.75 metros con lote 18; al
oriente 10.00 metros con calle 17 y al poniente en 10.00 metros
con lote 4, e n una superficie total de doscientos siete metros
cincuenta de metros cuadrados; ha tenido la posesión a título de
propietario,
d
manera pacifica, continua y pública desde la techa
de la compr. venta, entre otros; por b que ignorándose el
domicilio de I demandada se le emplaza por edictos para que
dentro del ,ola •o de treinta días contados a partir del día siguiente
al de la últim publicación conteste la demanda entablada en su
contra, con e apercibimiento que de no comparecer a juicio, por
sí, por apodar do o gestor que pueda representarlo, se seguirá el
luicio en su beidía, se le previene para que señale domicilio en
esta Ciudad, a que de no hacerlo las posteriores notificaciones
se le harán p r lista y Boletín Judicial, quedando a disposición del
demandado las copias de traslado en la Secretaría de este
Juzgado.
Para u publicación por tres veces de siete en siete días
er, la GACET DEL GOBIERNO que se edita en Toluca, México,
e
n el Boletín udicial y en un periódico de mayor circulación de
esta Ciudad, ue tenga publicación diaria y que cubra un territorio
más amplio. e expide el presente en Ciudad Nezahuaicóyotl.
México, a lo siete días del mes de noviembre del año dos mi:
trece.
Auto
Primer Secr
P
rimera Insta
de México,
Rúbrica.
832-81.-25 noviembre, 4 y 16 diciembre.
JUZG • DO SEXTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA
EDICTO
A CARLOS _CTOR ROJAS PIZANO. SE
LES HACE SABER:
Que •n el expediente número 773/08, relativo al Juicio
Ordinario Ci
promovido por LAVANDERIA INDUSTRIAL
PENAROLE •, S.A. DE CM., contra CARLOS HECTOR ROJAS
PIZANO, se •rdenó mediante auto de fecha treinta y uno de mayo
de dos rnil tr ce, con fundamento en lo dispuesto por el artículo
1.181 del C digo de Procedimientos Civiles en el Estado de
México, se e plazara a CARLOS HECTOR ROJAS PIZANO, por
medio de edi tos respecto de la demanda instaurada en su contra
y en lo esenc al le demanda las siguientes prestaciones: Primera.-
La rendición e cuentas exactas respecto del mandato que otorgó
mediarte el i strumento notarial número 23844 Vol. CDLXIV, por
parte de LAVANDERA INDUSTRIAL PENAROLES, S.A. DE C.V.,
con fecha 20 de diciembre del año 2002, Segunda.- La rendición
de cuentas respecto del "convenio de transacción" celebrado con
la moral LIVSA LAVANDERÍA INDUSTRIAL LA VICTORIA, S.A.
DE C.V., en el que participó diciéndose en "representación" de
LAVANDERIA INDUSTRIAL PENAROLES, S.A. DE C.V., de
fecha once de marzo de 2004, Tercera.- La entrega de la
cantidad de $700,000.00 (SETECIENTOS MIL PESOS 00/100
M.N.), recibida en nombre y representación de LAVANDERIA
INDUSTRIAL PENAROLES, S.A. DE C.V., y por parte de LIVSA
LAVANDERIA INDUSTRIAL LA VICTORIA, S.A. DE C.V.,
Cuarta.- El pago de interés a razón del 2.8% mensual sobre la
cantidad de $700,000.00 (SETECIENTOS MIL PESOS 00/100
M.N.), desde la fecha en que recibió tal cantidad. Quinta.- El pago
de $499,999.99 (CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS 99/100 M.N.), más
un interés a razón de 2.8% mensual, desde la firma del "convenio
de transacción". Sexta.- La descripción pormenorizada de todos y
cada uno de los actos jurídicos llevados a cabo durante el período
de vigencia del mandato y en nombre y representación de
LAVANDERIA INDUSTRIAL PENAROLES. S.A. DE C.V., asi
como las descripción y entrega de toda cantidad recibida por
parte de terceros en virtud y ejercicio del mandato y poder
conferido. Séptima.- El pago de gastos y costas que se causen
por motivo del presente juicio. Para que dentro del término de
treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la
última publicación, comparezca a dar contestación a la demanda,
fijando una copia de la resolución en la puerta todo el tiempo del
emplazamiento, quedando a su disposición las copias de traslado
correspondientes, en la Secretaría. Edictos que se publicarán por
tres veces de siete en siete días, en el Periódico Oficial, GACETA
DEL GOBIERNO, en otro de mayor circulación en la población y
en el Boletín Judicial, con el apercibimiento que si pasado dicho
término no comparece por sí a este Juzgado, por apoderado o
por gestor que pueda representarlo, se seguirá el Juicio en su
rebeldía y se tendrá por contestada la demanda en sentido
negativo, haciéndose las posteriores notificaciones aún las
personales mediante lista y Boletín Judicial.- Toluca, México,
treinta de octubre de dos mil trece.-Doy fe.
Fecha del acuerdo que ordena la publicación treinta y uno
de mayo de dos mil trece.-Secretario, Lic. Luz Gabriela Aguilar
Corona.- Rúbrica.
5226.-25 noviembre, 4 y 16 diciembre.
JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO
EDICTO
DEMANDADA: JOSE CARMEN SANTIAGO GONZALEZ y
MARCELINO BRAVO VARGAS.
Hago de su conocimiento que en el expediente marcado
con el número 934/2012, relativo al Juicio Ordinario Civil
(Usucapión), promovido por DORA MARIA RAMIREZ JURADO,
en contra de JOSE CARMEN SANTIAGO GONZALEZ y
MARCELINO BRAVO VARGAS, demanda la usucapión y las
siguientes prestaciones: a).- La declaración de que se ha
consumado la usucapión a favor, y por ende me he convertido en
propietaria del terreno y finca que se encuentra sobre el mismo, y
si bien es cierto en el certificado de inscripción aparece como
denominado Nueva Aragón, manifiesto bajo protesta de decir
verdad, que hace muchos años todos los terrenos de esta
Colonia se denominaban Nueva Aragón, pero actualmente a
partir del año 1983, dicho inmueble se identifica como el ubicado
en lote 17, manzana 76, en la calle Francisco I. Madero, en la
Colonia Nueva Aragón, Municipio de Ecatepec de Morelos,
Estado de México, no apareciendo ya la denominación del
inmueble "Nueva Aragón". como consta en el traslado de dominio.
b).- Como consecuencia de lo anterior la sentencia que se dicte
en este juicio sea el título de propiedad a mi favor y se ordene su
e fecha: veintitrés de octubre del dos mil trece.-
ario de Acuerdos del Juzgado Cuarto Civil de
cia del Distrito Judicial de Nezahualcóyotl, Estado
icenciada Esperanza Leticia Germán Alvarez.-

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