Avisos Judiciales

27 de noviembre de 2013
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AVISOS JUDICIALES
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE OTUMBA- TECAMAC
EDICTO
En el expediente número 1083/2013, J. JESUS
HERNANDEZ CRUZ, promueve en la vía de Procedimiento
Judicial no Contencioso, inmatriculación judicial, respecto del bien
inmueble; ubicado en calle Tonanzin en la Colonia Hueyotenco,
perteneciente al Municipio de Tecámac, Estado de México, con
las siguientes medidas y colindancias: al norte: mide 09.00
metros (nueve metros) y linda con Rigoberto Solís Sánchez, al
sur: mide 9.00 metros (nueve metros) y linda con Tonanzin, al
oriente: mide 24.50 metros (veinticuatro metros cincuenta
centímetros), al poniente: mide 24.50 metros (veinticuatro metros
cincuenta centímetros) y linda con Valentina Mojardín. Con una
superficie total de terreno de 220.50 metros cuadrados.
Al tenor de los siguientes hechos:
1.- Que con fecha 04 cuatro de enero de mil novecientos
ochenta y uno adquirí del señor JUAN TORRES RAMIREZ, ante
fe de los testigos del referido contrato se consignan. Desde
entonces a la fecha desde la cual lo ha poseído sin interrupción y
mi posesión ha sido pacífica, continúa, pública, de buena fe y a
título de dueño.
Y para su publicación por dos veces con intervalos de por
lo menos dos días en el Periódico GACETA DEL GOBIERNO del
Estado de México y en otro periódico de mayor circulación en
esta población, se expiden los presentes el día doce de
noviembre de dos mil trece.-Doy fa-Secretario de Acuerdos, Lic.
Alfredo Rdríguez Alvarez.-Rúbrica.
1429-A1.-22 y 27 noviembre.
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JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE OTUMBA-TECAMAC
EDICTO
En el expediente número 1084/2013, MANUEL RIVERA
CARBAJAL, promueve en la vía de Procedimiento Judicial no
Contencioso, información de dominio, respecto del bien inmueble
denominado "Xolatlaco" de 130.46 metros cuadrados (ciento
treinta metros cuarenta y seis centímetros cuadrados) ubicado en
calle privada esquina con calle Barranca en el poblado de San
Pedro Pozohuacán, Tecámac, Estado de
México,
con las
siguientes medidas y colindancias: al norte: 09.60 metros, linda
con calle privada; al
sur: 11.70 metros linda con propiedad del
señor Agustín Martínez; al oriente: 13.00 metros linda con Adrián
Rivera Carbajal, al poniente: 11.50 metros linda con calle
Barranca, al tenor de los siguientes hechos:
Que en fecha trece de junio de mil novecientos noventa y
cinco adquirió el inmueble antes citado por medio de contrato
privado de compra venta, del señor AMBROSIO RIVERA
BARRERA y desde entonces ha tenido la posesión pública,
continua, de buena fe y con el carácter de propietario;
Que acompaña certificado de no inscripción expedido por
el Registro Público de la Propiedad, respecto al inmueble antes
citado, en el que se hace constar que dicho el mismo no se
encuentra inscrito en dicha dependencia;
Que acompaña boleta original expedida por la Dirección
de Catastro Recaudación Fiscal del Ayuntamiento de Tecámac,
México, en el que se hace constar que paga impuesto predial de
dicho inmueble;
Que para acreditar lo anteriormente referido, ofrece el
testimonio de: EDUARDO RIVERA CARBAJAL; ADRIAN RIVERA
CARBAJAL y AGUSTIN MANUEL SANCHEZ CASTRO.
Finalmente, mediante proveído dictado en fecha siete de
noviembre de dos
mil
trece, se tuvo por admitida su solicitud.
Y para su publicación por dos veces con intervalos de por
lo menos dos días en el Periódico GACETA DEL GOBIERNO del
Estado de México y en otro periódico de mayor circulación diaria,
se expiden los presentes el día doce de noviembre de dos mil
trece.-Doy fe.-Secretario de Acuerdos, Lic. Teresa Omaña
Hernández.-Rúbrica.
1429-A1.-22 y 27 noviembre.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOYOTL, MEXICO
EDICTO
En los autos del expediente número 753/2012, se ordena
el emplazamiento al demandado JESUS MORALES
HERNANDEZ, mediante edictos por lo tanto se hace una relación
sucinta de la demanda en los siguientes términos: IMELDA
GOMEZ DIAZ y VICTOR MANUEL PACHECO DIRZO, le
demanda en la vía Ordinaria Civil (CUMPLIMIENTO DE
CONTRATO), respecto de la casa unifamiliar ubicada en el
número noventa y tres de la calle Valle de Matamoros, lote tres,
manzana cuarenta, supermanzana cuatro, ubicada en el
Fraccionamiento Valle de Aragón del Municipio de
Nezahualcóyotl,- Estado de México, que tiene las siguientes
medidas y colindancias; al norte: 12.00 metros con lote dos; al
sur: 12.00 metros con lote cuatro; al oriente: 7.00 metros con
Valle de Matamoros y al poniente: 7.00 metros con lote dieciocho,
con una superficie total de 84.00 metros cuadrados, así mismo
las siguientes prestaciones: I) El cumplimiento de contrato privado
de compraventa celebrado entre los promoventes y el señor
JESUS MORALES HERNANDEZ, el quince de abril de dos mil
dos, respecto de la casa unifamiliar ubicada en el número
noventa y tres de la calle Valle de Matamoros, lote tres, manzana
cuarenta, supermanzana cuatro, ubicada en el Fraccionamiento
Valle de Aragón del Municipio de Nezahualcóyotl, Estado de
México, la cual cuenta con una superficie, medidas y colindancias
que se describen en el capítulo de hechos correspondientes, el
otorgamiento y firma ante Notario Público de la escritura pública;
II) El pago de los gastos y costas que se originen con motivo del
presente juicio. Manifestando en los hechos de la demandada
que en fecha diez de junio de mil novecientos setenta y cuatro,
mediante contrato privado de compraventa número 440-603, el
señor JESUS MORALES HERNANDEZ, adquirió el Banco
Nacional de Obras y Servicios Públicos S.A., la casa unifamiliar
número 603 del grupo número 40, de la supermanzana 4, con el
número oficial 93 de la calle Valle de Matamoros, del Conjunto
Habitacional Valle de Aragón, Estado de México, mismo que
finiquito dicha propiedad, por lo que en fecha quince de abril del
dos mil dos, celebraron contrato privado de compraventa respecto
a dicho domicilio, entre IMELDA GOMEZ DIAZ, VICTOR
MANUEL PACHECO DIRZO y JESUS MORALES HERNANDEZ.
Ignorándose su domicilio se le emplaza para que dentro del plazo
de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última
publicación ordenada comparezca a contestar la demanda y
señale domicilio dentro de esta Ciudad, para oír y recibir
notificaciones, con el apercibimiento que de no hacerlo y pasado
el término, no comparece por sí o por apoderado que pueda
representarlo a juicio, el presente se seguirá en su rebeldía,
teniéndole por contestada la demanda en sentido negativo y las
subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal, se le
harán por medio de lista y Boletín Judicial, en términos de lo
dispuesto por el artículo 1.182 del Código de Procedimientos
Civiles, quedando a su disposición en la Secretaría del Juzgado
las copias simples
de
la demanda.
Para su publicación por tres veces de siete en siete días
en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO del Estado que
se edita en la Ciudad de Toluca,
México, Boletín Judicial y en el

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