Avisos Generales

Fecha de disposición20 Junio 2009
Fecha de publicación20 Junio 2009
SecciónSección General
Número de Gaceta25

AVISOS GENERALESEDICTO JUZGADO DE LO FAMILIAR, COLIMA, COL.

Se cita a la Ciudadana VICTORIA LÓPEZ TORRES, cuyo domicilio se ignora, para que comparezca a contestar la demanda entablada en su contra por el Ciudadano MIGUEL GARCÍA NARANJO, en un término de 30 (treinta) días contados a partir de la última publicación del presente edicto y a oponer sus excepciones legales si para ello hubiere lugar, en el Juicio Civil Ordinario, Divorcio Necesario y Disolución de la Sociedad Conyugal, radicado en este Juzgado bajo el expediente número 784/2008, quedando a su disposición en la Secretaría las copias simples de traslado.

Colima, Colima, Mayo 28 del año 2009. EL PRIMER SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO DE LO FAMILIAR, LIC. ROBERTO RUBIO TORRES. Rúbrica.

3-V-3

EDICTO JUZGADO MIXTO FAMILIAR Y MERCANTIL, MANZANILLO, COL.

NOTIFÍQUESE.- A

INMOBILIARIA COCO CLUB PLAYA DE ORO MANZANILLO, S.A. DE C.V., cuyo domicilio se ignora, que en el Expediente No. 80/2008-M, juicio CIVIL ORDINARIO, PRESCRIPCIÓN POSITIVA promovido en su contra por el Ciudadano JOSÉ MARIO MÉNDEZ CÁRDENAS notificándole que tiene un término legal de 30 treinta días a partir de la última publicación para dar contestación a la demanda, apercibida que en caso de no hacerlo, se le tendrá por presuntamente confesa y el Juicio se le seguirá en su Rebeldía, ordenándose las subsecuentes notificaciones por medio de cédula que se fijará en los Estrados del Juzgado aún las de carácter personal, salvo en los casos que la Ley prevea lo contrario.

ATENTAMENTE. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN. Manzanillo, Colima, Abril 29 del 2009. EL PRIMER SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO FAMILIAR Y MERCANTIL, LICENCIADO GUSTAVO LADINO GUTIÉRREZ. Rúbrica.

3-V-3

EDICTOJUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA, CIVIL Y FAMILIAR, COLIMA, COL.

EXPEDIENTE 248/2009-BC. RITA TARAZÓN BURROLA P R E S E N T E .

En el expediente número 248/2009-B, Juicio Civil Ordinario Disolución del Vínculo Matrimonial, promovido por el C. NICOLÁS FIGUEROA TAPIA, en contra de Usted, se dictó un auto de fecha, Mayo 27 de dos mil nueve, que a la letra dice:

Visto lo solicitado en el escrito y revisadas las actuaciones, se advierte su procedencia, ya que en auto de cuatro de mayo en curso, se acuerda el resultado negativo de la investigación para la obtención de algún dato o registro del que se pueda inferir el domicilio o paradero de Rita Tarazón Burrola, no obstante de las búsquedas encomendadas; por lo que, con fundamento en los artículos 122 fracción II, y 638, párrafo II, del Código de Procedimientos Civiles para el Estado en vigor, emplácese a juicio a Rita Tarazón Burrola a través de edictos, que deberán publicarse por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en el Periódico Ecos de la Costa, haciéndole saber a la demandada que debe presentarse al local de este Juzgado para que conteste a la demanda entablada en su contra, por Nicolás Figueroa Tapia, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la última publicación, comparezca a este Juzgado a contestar dicha demanda, si para ello tuvieran excepciones legales que hacer valer. Quedan en esta Secretaría, las copias simples de traslado para que se imponga de ellas, si a sí lo cree conveniente; además, se le previene para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la jurisdicción de este Juzgado, ya que en caso contrario, los autos que deban notificarse de forma personal, se practicarán a través de cédula fijada en los estrados de este Juzgado.

COLIMA, COLIMA, JUNIO 04 DE 2008. PRIMER SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. GILBERTO MENDOZA GARCÍA. Rúbrica.

3-V-2

EDICTO 19/09 JUZGADO DE LO MERCANTIL, VILLA DE ÁLVAREZ, COLIMA.

En el expediente número 701/08, Juicio Mercantil Ejecutivo, promovido por el Licenciado EFRÉN CÁRDENAS HERRERA, en su carácter de endosatario en procuración la C. LILIA DINAZAR MADRIGAL RIVERA en contra de C. JORGE LUIS CELESTINO AVIÑA, se dictó un auto que en lo conducente dice:

VILLA DE ÁLVAREZ, COLIMA, A 24 DE ABRIL DEL AÑO 2008 DOS MIL OCHO.

Por recibido el escrito de cuenta, presentado por el endosatario en procuración de C. LILIA DINAZAR MADRIGAL RIVERA, como lo solicita y toda vez como se desprende de actuaciones en el presente juicio, así como de los informes rendidos por el Director de la Policía Estatal Preventiva, Comisión Federal de Electricidad, Telcel, Instituto Federal Electoral, y Teléfonos de México, S.A.B. de C.V., de los cuales se desprende así como de actuaciones que no ha sido posible localizar al demandado C. JORGE LUIS CELESTINO AVIÑA, por tal circunstancia y toda vez que es legalmente procedente se autoriza se emplace a Juicio a dicho demandado en mención, por medio de Edictos que se deberán publicar por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en el "Diario de Colima" periódico de mayor circulación en el Estado, haciéndosele saber al demandado que deberá presentarse ante este Juzgado de lo Mercantil dentro el término de 30 (treinta) días contados a partir de la última publicación del edicto de referencia a dar contestación a la demanda entablada en su contra y/o oponerse a la misma si tienen excepciones legales que hacer valer, apercibido que en caso de no hacerlo, se tendrán por presuntamente ciertos los hechos que deje de contestar. Se le hace de su conocimiento que quedan en la Secretaría de Acuerdos de este Juzgado de lo Mercantil en Villa de Álvarez, Colima, a su disposición las copias simples de traslado, lo anterior de conformidad a lo dispuesto por el artículo 122 del Código Procesal Civil vigente en el Estado de aplicación supletoria al de Comercio.

NOTIFÍQUESE.

Así lo acordó y firma la Ciudadana Juez Titular del Juzgado de lo Mercantil, Licenciada DELIA LUDIVINA OLMOS DÍAZ, quien actúa con el Secretario de Acuerdos el Ciudadano Licenciado OMAR JIMÉNEZ CARRILLO, quien autoriza y da fe.

VILLA DE ÁLVAREZ, COLIMA, A 24 DE ABRIL DE 2009. EL SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. OMAR JIMÉNEZ CARRILLO. Rúbrica.

3-V-2

NOTIFICACIÓN POR EDICTOS JUZGADO FAMILIAR, VILLA DE ÁLVAREZ, COL.

CATY CELESTE MOLINA RODRÍGUEZ, P R E S E N T E .

En los autos del expediente 230/2009, relativo al Juicio INCIDENTE DE CANCELACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA, promovido en su contra por el Ciudadano JUAN MANUEL MOLINA BECERRA, ante el Juzgado Familiar de Primera Instancia de Villa de Álvarez, Colima, se dictó un auto que ordenó el emplazamiento por medio de edictos, quedando como sigue:

En cumplimiento a lo ordenado en auto pronunciado el diecinueve de mayo del año en curso, y toda vez de que de actuaciones se advierte que no fue posible localizar el domicilio de la demandada CATY CELESTE MOLINA RODRÍGUEZ, según se desprende de los informes rendidos por diversas instituciones; por consiguiente y dada la ignorancia del paradero de ésta, con fundamento en el artículo 122, fracción II del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, se emplaza a la ya nombrada CATY CELESTE MOLINA RODRÍGUEZ, por este medio, haciéndole saber de la radicación de la demanda instaurada en su contra por el Ciudadano JUAN MOLINA BECERRA, y se le concede un término de 30 treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto para que ocurra ante este Juzgado Familiar de Primera Instancia de Villa de Álvarez, Colima, a producir la contestación a la referida demanda, si para ello tuviere excepciones legales que hacer valer; asimismo, se le informa que las copias simples de la demanda y sus anexos, quedan a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este Tribunal para que se imponga a su contenido.

Notifíquese personalmente.

Así lo acordó y firma el Licenciado ARTURO M. LEAL MARTÍNEZ, Titular del Juzgado Familiar de Primera Instancia de esta Ciudad, quien actúa con la Ciudadana Licenciada BETEL ALEJANDRA MEJÍA GUZMÁN, Secretaria de Acuerdos, quien autoriza y da fe.

ATENTAMENTE. Villa de Álvarez, Colima, Mayo 29 de 2009. LA SECRETARIA DE ACUERDOS, LIC. BETEL ALEJANDRA MEJÍA GUZMÁN. Rúbrica.

3-V-2

EDICTOJUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL, COLIMA, COLIMA.

En el expediente número 1229/2006, Juicio CIVIL SUMARIO HIPOTECARIO, promovido por OSCAR CAMACHO CAMPOS, como Apoderado de BANCO SANTANDER SERFÍN S.A. en contra de ANTONIO JIMÉNEZ ÁLVAREZ Y AURORA MUÑOZ NAVARRO, se dictó un auto que a la letra dice:

Colima, Colima, Veintiséis de Febrero del Dos Mil Nueve.

Por recibido el escrito de cuenta firmado por NORMA ANGÉLICA OCHOA DE LA MORA, quien tiene el carácter de cesionaria, como lo pide la promovente y en virtud de que pese a las gestiones practicadas en autos se ignora el domicilio de la parte demandada ANTONIO JIMÉNEZ ÁLVAREZ; a efecto de no retardar el procedimiento y con fundamento en el artículo 122 del Código de Procedimientos Civiles, EMPLÁCESE AL DEMANDADO ANTONIO JIMÉNEZ ÁLVAREZ. POR MEDIO DE EDICTOS QUE SE PUBLICARÁN POR TRES VECES CONSECUTIVAS EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO, Y EN EL PERIÓDICO DIARIO DE COLIMA, DE CIRCULACIÓN LOCAL, haciendo saber que deberá presentarse por un término de TREINTA DÍAS, contados a...

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