Avisos Generales

AVISOS GENERALESEDICTOJUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL, COLIMA, COL.

Dentro del expediente 876/2003, Juicio MERCANTIL EJECUTIVO, promovido por los CC. CARLOS GARIBAY PANIAGUA y OTROS, en su carácter de Endosatarios en Procuración de INOCENCIO LARA SANTOS, en contra de JOSÉ OROZCO MORFÍN, el día de hoy, se dictó un acuerdo que a su letra dice:

COLIMA, COLIMA, 14 CATORCE DE ENERO DEL AÑO 2010 DOS MIL DIEZ.

Visto el escrito de cuenta, presentado por el C. INOCENCIO LARA SANTOS, de personalidad reconocida en actuaciones, como lo solicita y efectivamente como se desprende de actuaciones que ha sido imposible localizar el domicilio de la copropietaria de los bienes inmuebles sujetos a remate, con fundamento en lo establecido en la fracción IV del artículo 1068 y demás relativos del Código de Comercio en vigor, se ordena notificar el presente proveído a la C. HERMELINDA MORA GONZÁLEZ, por medio de edictos que se publiquen en el Periódico Oficial del Estado y en el Periódico "Ecos de la Costa", por tres veces consecutivas, así como en los Estrados de este H. Juzgado, de conformidad al numeral 122 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, de aplicación supletoria al de Comercio, haciéndosele saber que los inmuebles embargados en el presente juicio consistentes en la finca marcada con el número 491 y el lote número 7 de la manzana 7, ambos de la calle Villa de Álvarez, Colonia Orienta, de esta Ciudad de Colima, se pretende sacar a remate, por lo que deberá comparecer ante este Tribunal, dentro del término legal de tres días, contados a partir de la última publicación que se realice en el Periódico referido a hacer valer sus derechos si a sus intereses conviene, así como dentro del plazo legal señale domicilio para oír y recibir notificaciones en la residencia de este Primer Partido Judicial, apercibido que de no hacerlo dentro del término señalado. Las subsecuentes notificaciones se harán conforme a las reglas para las notificaciones que señala los numerales 1069 y 1070 del Código de Comercio en vigor.

NOTIFÍQUESE.

Así lo acordó y firma la Ciudadana Licenciada MA. CONCEPCIÓN CANO VENTURA, Juez Titular del Juzgado Primero de lo Mercantil de esta Ciudad, quien actúa con la Licenciada CARMEN SUSANA CÁRDENAS IBARRA, Primera Secretaria de Acuerdos, que autoriza y da fe.

COLIMA, COL., 08 DE ENERO DEL 2009, LA PRIMERA SECRETARIA DE ACUERDOS, LIC. CARMEN SUSANA CÁRDENAS IBARRA. Rúbrica.

3-V-3

EDICTOJUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL, COLIMA, COLIMA.

En el expediente número 630/2009, Juicio Mercantil Ejecutivo promovido por C. MARÍA RODRÍGUEZ LUNA, en contra del C. JOSÉ OROZCO MORFÍN y HERMELINDA MORA GONZÁLEZ, se dictó un auto que en lo conducente dice:

COLIMA, COLIMA, 20 VEINTE DE ENERO DEL AÑO 2010 DOS MIL DIEZ.

Visto el escrito de la C. MARÍA RODRÍGUEZ LUNA, parte actora en el presente asunto, como lo solicita y en atención al acta levantada por la Primera Secretaria de Acuerdos adscrita a este H. Juzgado de fecha 08 ocho de abril del año 2009 dos mil nueve, así como los oficios del C. Director General de la Policía Estatal Preventiva, Instituto Federal Electoral y Comisión Federal de Electricidad, Teléfonos de México, Instituto Mexicano del Seguro Social, Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), de los cuales se desprende que no ha sido posible localizar a uno de los demandados, se autoriza se emplace a Juicio únicamente a la codemandada C. HERMELINDA MORA GONZÁLEZ, por medio de edictos que se publicarán por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en el "Ecos de la Costa", de esta Ciudad, así como en los Estrados de este Juzgado, haciéndosele saber a la parte demandada que tiene un adeudo con la C. MARÍA RODRÍGUEZ LUNA, por la cantidad de $10,500.00 (DIEZ MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), más intereses moratorios pactados, gastos y costas que se originen con motivo del presente juicio; por lo que deberán presentarse ante este Juzgado de lo Mercantil dentro el término de 30 (treinta) días contados a partir del día siguiente al de la última publicación del edicto de referencia a dar contestación a la demanda entablada en su contra u oponga(n) excepciones si las tuviere(n) que hacer valer, apercibido(s) que en caso de no hacerlo se tendrán por presuntivamente ciertos los hechos que dejare(n) de contestar. Asimismo, para que señale(n) bienes de su propiedad suficientes para garantizar las prestaciones reclamadas, apercibido(s) que de no hacerlo dentro del término señalado, pasará ese derecho al actor; de acuerdo a lo establecido por el artículo 1392 del Código de la materia.

Se le hace de su conocimiento que quedan en la Primera Secretaría de este Juzgado a su disposición las copias simples de traslado, lo anterior de conformidad a lo dispuesto por el artículo 122 del Código Procesal Civil vigente en el Estado y de aplicación supletoria al de Comercio.

Notifíquese.

Así lo acordó y firma la Licenciada MA. CONCEPCIÓN CANO VENTURA, Juez Titular del Juzgado Primero de lo Mercantil de esta Ciudad, quien actúa con la Licenciada CARMEN SUSANA CÁRDENAS IBARRA, Primera Secretaria de Acuerdos, que autoriza y da fe.

COLIMA, COLIMA, 20 VEINTE DE ENERO DEL 2010. LA PRIMERA SECRETARIA DE ACUERDOS, LICDA. CARMEN SUSANA CÁRDENAS IBARRA. Rúbrica.

3-V-3

EDICTO JUZGADO DE LO FAMILIAR, COLIMA, COL.

Se cita a la Ciudadana ADRIANA SUÁREZ MERAZ, cuyo domicilio se ignora, para que comparezca a contestar la demanda entablada en su contra por el Ciudadano PABLO CÉSAR RUIZ ÁLVAREZ, en un término de 30 (treinta) días contados a partir de la última publicación del presente edicto y a oponer sus excepciones legales si para ello hubiere lugar, en el Juicio Civil Ordinario, Divorcio Necesario y Liquidación de la Sociedad Conyugal, radicado en este Juzgado bajo el expediente número 1073/2008...

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