Avisos Generales

Fecha de disposición29 Mayo 2010
Fecha de publicación29 Mayo 2010
SecciónSección General
Número de Gaceta22

AVISOS GENERALESNOTIFICACIÓN POR EDICTOS JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIACIVIL Y FAMILIAR, VILLA DE ÁLVAREZ, COL.

CECILIA ELÍAS GUTIÉRREZ, P R E S E N T E.

En cumplimiento al acuerdo pronunciado el día 17 diecisiete de Marzo del año dos mil diez, en los autos del expediente número 514/2009, relativo al Juicio CIVIL ORDINARIO DIVORCIO NECESARIO Y OTROS, promovido en su contra por el actor EMILIO BALLESTEROS CONTRERAS, ante el Juzgado Mixto de Primera Instancia en materia Civil y Familiar de Villa de Álvarez, Colima, se acordó el desahogo de las siguientes pruebas:

Villa de Álvarez, Colima, Marzo 18 dieciocho de 2010 dos mil diez.

Visto el escrito con que da cuenta el Secretario de Acuerdos en la nota que antecede, como lo solicita el promovente EMILIO BALLESTEROS CONTRERAS y tomando en cuenta que se ignora el domicilio de la parte demandada CECILIA ELÍAS GUTIÉRREZ, como de actuaciones se advierte, por lo tengo con fundamento en el artículo 122 fracción II del Código Procesal Civil vigente en el Estado, emplácese a la pasiva de referencia, por medio de edictos que se publiquen por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, y en el Ecos de la Costa, a fin de que se le haga saber que deberá presentarse ante este Juzgado, para contestar la demanda entablada en su contra, dentro del término de treinta días a partir de la última publicación, así mismo, que las copias simples de la demanda y sus anexos, quedan a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este Tribunal, para que se impongan a su contenido.

ATENTAMENTE. VILLA DE ÁLVAREZ, COL.; MARZO 18 DE 2010. LA PRIMER SECRETARIA DE ACUERDOS. LICENCIADA. MA. ESTHER VELASCO ACEVEDO. Rúbrica.

3-V-3

EDICTOJUZGADO DE LO FAMILIAR, COLIMA, COL.

Se cita al Ciudadano MANUEL BARAJAS BARAJAS, cuyo domicilio se ignora, para que comparezca a contestar la demanda entablada en su contra por la Ciudadana ANA KARINA VICENTE CHÁVEZ, en un término de 30 (treinta) días contados a partir de la última publicación del presente edicto y a oponer sus excepciones legales si para ello hubiere lugar, en el Juicio Civil Sumario, Controversias del Orden Familiar, Pago de una Pensión Alimenticia Provisional y Definitiva, radicado en este Juzgado bajo el expediente número 217/ 2010, quedando a su disposición en la Secretaría las copias simples de traslado.

De igual manera, publíquese en el mismo sentido, los resolutivos de la interlocutoria dictada en su contra, el día 15 quince de enero de 2008 dos mil ocho, para que dentro del mismo término señalado en el párrafo que antecede, haga el pago de las mensualidades no cubiertas de la pensión alimenticia decretada a su cargo y a favor de los menores ARACELI Y VÍCTOR MANUEL de apellidos BARAJAS VICENTE, a razón de $ 1,500.00 (UN MIL QUINIENTOSPESOS 00/100 .M.N) mensuales; o, en su defecto, señale bienes de su propiedad suficientes para garantizar dicha cantidad, con el apercibimiento de que de no hacerlo, pasará el derecho de señalar bienes a la parte actora.

COLIMA,COL., ABRIL 21 DEL AÑO 2010. LA PRIMERA SECRETARIA DE ACUERDOS DEL JUZGADO DE LO FAMILIAR, LIC. LUZ MARÍA ENRIQUEZ MUÑOZ. Rúbrica.

3-V-3

EDICTOJUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y FAMILIAR, COLIMA, COL.

Se comunica a los CC. JESÚS AVIÑA LÓPEZ Y JUANA MARTÍNEZ DE LÓPEZ, cuyo domicilio se ignora, que en el expediente número 697/2009-A, relativo al Juicio CIVIL ORDINARIO NULIDAD DEL ACTO JURÍDICO DE ESCRITURAS Y OTRAS PRESTACIONES, promovido por la C. ESTER GARCÍA AVIÑA, en contra de JUANA MARTÍNEZ DE LÓPEZ, JESÚS AVIÑA LÓPEZ, NOTARIO PÚBLICO No 6, NOTARIO PÚBLICO No. 11, DIRECTOR DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO, DIRECTOR DE CATASTRO TODOS DEL ESTADO, deberán contestar la demanda entablada en su contra, dentro del término de 40 (cuarenta) días, contados a partir de la última publicación, si tuviere...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR