Avisos

SECRETARÍA DE FINANZAS
CONVENIO DE COLABORACIÓN
ADMINISTRATIVA PARA LA RECAUDACIÓN
DE LOS INGRESOS PERCIBIDOS POR LAS
ENTIDADES PÚBLICAS, QUE CELEBRAN EL
PODER EJEC UTIVO DEL GOBIERNO DEL
ESTADO DE MÉXICO, POR CONDUCTO DE LA
SECRETARÍA DE FINANZAS Y EL ORGANISMO
PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO
SERVICIOS EDUCATIVOS INTEGRADOS AL
ESTADO DE MÉXICO.
AVISOS JUDICIALES: 1134, 1139, 1238, 1235, 522-A1,
1234, 184-B1, 186 -B1, 185-B1, 187-B1, 979, 472-A1,
1135, 1136, 1137, 217-B1, 1159, 215-B1, 1155, 1152,
216-B1, 1151, 1157, 1154, 1153, 480-A1, 1138 y
1128.
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 1232,
1225, 1233, 490-A1, 221-B1, 212-B1, 1150, 213 -B1,
210-B1, 207-B1, 208-B1, 211-B1, 214-B1, 489-A1,
495-A1 y 243-B1.
SECCIÓN PRIMERA
300
miércoles 29 de marzo de 2017
Tomo
57
CCIII
78
Número
Número de ejemplares impresos:
Página 2 29 de marzo de 2017
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE FINANZAS
CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA RECAUDACIÓN DE LOS INGRESOS PERCIBIDOS
POR LAS ENTIDADES PÚBLICAS, QUE CELEBRAN, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE
MÉXICO, POR CONDUCTO DE LA SUBSECRETARÍA DE INGRESOS ADSCRITA A LA SECRETARÍA DE
FINANZAS, REPRESENTADA POR SU TITULAR LA DRA. BLANCA ESTHELA MERCADO RODRÍGUEZ, ASISTIDA
POR EL DIRECTOR GENERAL DE RECAUDACIÓN, C.P. ARTURO ALVARADO LÓPEZ Y LA CAJERA GENERAL
DE GOBIERNO DE LA SUBSECRETARÍA DE TESORERÍA, C.P. LAURA MARÍA DE JESÚS URRUTIA MERCADO,
A QUIENES, SE LES DENOMINARÁ “LA SUBSECRETARÍA” Y EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO
DENOMINADO SERVICIOS EDUCATIVOS INTEGRADOS AL ESTADO DE MÉXICO, REPRESENTADO EN ESTE
ACTO POR EL DIRECTOR GENERAL, ING. CARLOS AURIEL ESTÉVEZ HERRERA, A QUIEN, SE LE
DENOMINARÁ “EL ORGANISMO” Y, ACTUANDO EN CONJUNTO, “LAS PARTES”; LAS CUALES SE SUJETAN
AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
A N T E C E D E N T E S
El Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017, en el eje transversal denominado finanzas públicas sanas:
financiamiento para el desarrollo, prevé que el Gobierno del Estado de México necesita contar con recursos
suficientes y finanzas públicas sanas para implementar una política de gasto enfocada al financiamiento de
programas para la reducción de la pobreza, la mejora de la educación y la salud, mayor seguridad ciudadana y
procuración de justicia, la creación de la infraestructura necesaria para complementar la actividad económica de los
sectores prioritarios, así como de aquellos que tiendan a mejorar la productividad y la calidad de vida de los
mexiquenses.
Dentro de la estrategia integral de financiamiento, cada peso que se presupueste debe asignarse y gastarse de
manera eficiente, dirigiendo los recursos económicos a proyectos que causen el mayor impacto en el bienestar de los
ciudadanos, además de implementar nuevos esquemas que faciliten a los contribuyentes y particulares el pago de las
contribuciones, productos, aprovechamientos, entre otros, a su cargo, con la finalidad de que continúen aportando
recursos para sufragar el gasto público.
Aunado a lo anterior, y ante la necesidad de llevar a cabo la recaudación de ingresos de manera ágil, eficiente y
oportuna, el artículo 4, párrafo segundo de la Ley de Ingresos del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del Año
2016, establece que las Entidades Públicas que reciban ingresos provenientes de los conceptos enumerados en el
artículo 1 de la supracitada Ley, deberán suscribir un convenio de colaboración con el Gobierno del Estado de
México, por conducto de la Secretaría de Finanzas, a efecto de que dichos ingresos se recauden a través de la Caja
General de Gobierno de la Subsecretaría de Tesorería, en instituciones del sistema financiero mexicano, o en
establecimientos autorizados para tal efecto, con excepción de las entidades públicas coordinadas por los sectores
salud, seguridad social y asistencia social.
Es por ello, que en cumplimiento a los objetivos del Plan de Desarrollo de mérito y atendiendo a lo previsto en la Ley
de Ingresos de referencia, la Subsecretaría de Ingresos y el Organismo Público Descentralizado denominado
Servicios Educativos Integrados al Estado de México, suscriben el presente Convenio de Colaboración Administrativa
para la Recaudación de Ingresos.
D E C L A R A C I O N E S
I. De “LA SUBSECRETARÍA”
I.1. Que la Secretaría de Finanzas es la dependencia del Poder Ejecutivo encargada de la administración financiera
y tributaria de la hacienda pública del Estado; así como de recaudar los impuestos, derechos, aportaciones de
mejoras, productos y aprovechamientos, que correspondan, de conformidad con lo establecido en los artículos
78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 3, 19 fracción III, 23 y 24 fracción II de la
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México. Asimismo le corresponde de conformidad con
el segundo párrafo del artículo 4 de la Ley de Ingresos del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del año
2016, suscribir los convenios de colaboración con las entidades públicas que reciban ingresos de los señalados
en el artículo 1 de la Ley de Ingresos en cita, para que dichos ingresos se cobren a través de la Caja General de
Gobierno de la Subsecretaría de Tesorería, en instituciones del sistema financiero mexicano, o en los
establecimientos autorizados.

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