Sección de Avisos

SECCIÓN DE AVISOS

BINNI2019S GOURMET S. DE R.L. DE C.V.

BALANCE GENERAL AL 31 DE MAYO DE 2013

Cifras en pesos

ACTIVO PASIVO

EFECTIVO CAJA 222 PROVEEDORES 0

BANCOS 0 ACREEDORES DIVERSOS 0

INVERSIONES TEMPORALES 0 ANTICIPO DE CLIENTES 0

CLIENTES 4,504 IMPUESTOS POR PAGAR 0

RESERVAS INCOBRABLES 0 OTRAS CTAS. X PAGAR 0

DOCUMENTOS POR COBRAR 0 TOTAL DE PASIVO 0

DEUDORES DIVERSOS 0

IVA ACREDITABLE 7,044

ANTICIPO A PROVEEDORES 0

ANTICIPO DE IMPUESTOS 1,287

MOB. Y EPO. OFICINA 0 CAPITAL

EQUIPO DE CÓMPUTO 3,933 CAPITAL SOCIAL 150,000

EQUIPO DE TRANSPORTE 0 RES. EJERCICIOS ANT. (135,406)

DEPRECIACIÓN ACUMULADA 0 RES. DEL EJERCICIO 0

DA EPO. OFICINA 0 RESERVA LEGAL 0

DA EPO. CÓMPUTO (2,396) TOTAL DE CAPITAL 14,594

DA EPO. TRANSPORTE 0

TOTAL ACTIVO 14,594 TOTAL DE PASIVO Y CAPITAL 14,594

(Firma) _____________________________

Ing. Cuauhtémoc García Quezada

LIQUIDADOR

RESOLUCIÓN NOVO, S. DE R.L. DE C.V. RESOLUCIÓN BIOS, S. DE R.L. DE C.V. RESOLUCIÓN GAMMA, S. DE R.L. DE C.V. RESOLUCIÓN OREON, S. DE R.L. DE C.V. GLOBAL CONSUMER LEASING, S.A. DE.C.V.

Aviso de Fusión

Mediante Asambleas Generales Extraordinarias de Socios y Accionistas, según corresponda, de Resolución Novo, S. de R.L. de C.V., Resolución Bios, S. de R.L. de C.V., Resolución Gamma, S. de R.L. de C.V., Resolución Oreón, S. de R.L. de C.V. y Global Consumer Leasing, S.A. de C.V., todas de fecha 19 de junio de 2013, dichas sociedades acordaron fusionarse de conformidad con los términos y condiciones contenidos en el siguiente:

"CONVENIO DE FUSIÓN QUE CELEBRAN LAS SOCIEDADES DENOMINADAS RESOLUCIÓN NOVO, S. DE R.L. DE C.V., RESOLUCIÓN BIOS, S. DE R.L. DE C.V., RESOLUCIÓN GAMMA, S. DE R.L. DE C.V., RESOLUCIÓN OREÓN, S. DE R.L. DE C.V. Y GLOBAL CONSUMER LEASING, S.A. DE C.V., TODAS ELLAS REPRESENTADAS EN ESTE ACTO POR LOS SEÑORES CLAUDIA ALEJANDRA LÓPEZ DÁVILA Y JULIO CÉSAR GARCÍA LÓPEZ, DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES:

CLÁUSULAS

PRIMERA. Resolución Novo, S. de R.L. de C.V., Resolución Bios, S. de R.L. de C.V., Resolución Gamma, S. de R.L. de C.V., Resolución Oreón, S. de R.L. de C.V. y Global Consumer Leasing, S.A. de C.V. convienen en fusionarse conforme a los términos y condiciones que se estipulan en las siguientes cláusulas, subsistiendo Resolución Novo, S. de R.L. de C.V., como sociedad fusionante (en lo sucesivo la "Fusionante"), y desapareciendo Resolución Bios, S. de R.L. de C.V., Resolución Gamma, S. de R.L. de C.V., Resolución Oreón, S. de R.L. de C.V. y Global Consumer Leasing, S.A. de C.V., como sociedades fusionadas (conjuntamente en lo sucesivo las "Fusionadas").

SEGUNDA. La Fusionante y las Fusionadas convienen en que la fusión se lleve a cabo con base en las cifras que aparecen en los respectivos Balances Generales de la Fusionante y de las Fusionadas preparados al 31 de mayo de 2013, aprobados por sus respectivas Asambleas de Socios y/o Accionistas, según sea el caso, copia de los cuales se adjuntan al presente como Anexos "A", "B", "C", "D" y "E", respectivamente.

TERCERA. En virtud de lo estipulado en las cláusulas precedentes, al consumarse la fusión, la Fusionante se convertirá en propietaria, a título universal del patrimonio de las Fusionadas, asumiendo la Fusionante todos los derechos y obligaciones de las Fusionadas, así como sus respectivos activos y pasivos, sin reserva ni limitación alguna. En consecuencia, la Fusionante se subrogará en todos los derechos, obligaciones, acciones y garantías en favor o a cargo de las Fusionadas por virtud de convenios, licencias, permisos, concesiones y, en general, cualesquiera actos y operaciones realizados por u otorgados a las Fusionadas, con todo cuanto de hecho y por derecho les corresponda. Asimismo, por lo que se refiere a la ejecución, cancelación y/o defensa de cualquier tipo de garantía(s) constituida(s) en favor de las Fusionadas, la Fusionante queda expresamente facultada para continuar dichas actividades en virtud de la fusión.

CUARTA. En virtud de que la Fusionante y las Fusionadas han pactado el pago de las deudas de la Fusionante y las Fusionadas, las partes acuerdan que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, la fusión surtirá efectos para la Fusionante y las Fusionadas, así como para sus socios y/o accionistas, según sea el caso, a partir de la fecha de celebración del presente Convenio y, frente a terceros, en el momento en que se actualicen los supuestos que se señalan a continuación:

4.1. Se realicen las publicaciones en el periódico oficial del...

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