Aviso por el que se suspende temporalmente la Recepción de Trámites, Términos y Gestión ante el Módulo para Asesoría, Asistencia Técnica de los Trámites Relativos al Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles, a las Cédulas de Microindustria y la Actividad Artesanal del Distrito Federal, la Gestión para los Trámites Relativos a uso de Suelo (Módulo Sedeco-Siapem) y la Oficina de Desarrollo Empresarial y Apoyo a Emprendedores de la Secretaría de Desarrollo Económico, durante los días que se indican

SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

SALOMÓN CHERTORIVSKI WOLDENBERG, Secretario de Desarrollo Económico del Gobierno del Distrito Federal, en ejercicio de las atribuciones que me confieren los artículos 15 fracción III, 16 fracción IV, 25 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 6° de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal; 55 último párrafo del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y 71 fracción IX de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, y los Lineamientos Generales para la Operación del Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal;

CONSIDERANDO

Que la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, regula en lo general el actuar de la Administración Pública del Distrito Federal ante los particulares al establecer la obligación de ejecutar las actuaciones y diligencias de orden administrativo en días y horas hábiles, señalando como días inhábiles, entre otros, aquellos en que se suspenden de manera general las labores en las Dependencias, Delegaciones, Órganos Desconcentrados o Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, los cuales deberán hacerse del conocimiento mediante Acuerdo publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal;

Que el actuar de la Administración Pública ante los particulares, se encuentra regulada por la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, en cuyo artículo 71 se señala, que las actuaciones y diligencias de orden administrativo deberán ser ejecutadas en días y horas hábiles, y que se consideran inhábiles, entre otros, aquellos en que se suspendan los términos de las Dependencias, Órganos o Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal;

Que la suspensión de términos y labores en las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, de conformidad con el artículo 71 fracción IX, de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, debe hacerse del conocimiento público mediante la expedición de un Acuerdo que se publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal;

Que la Ley de Establecimientos Mercantiles señala en su artículo 6°, que la Secretaría de Desarrollo Económico es la responsable de implementar el Sistema mediante el cual se presentarán los Avisos, solicitudes de Permiso y Autorizaciones; así como emitir las...

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