Aviso REF:529365

Fecha de publicación23 Noviembre 2022
SecciónAvisos Judiciales y Generales
Estados Unidos Mexicanos
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Economía
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad
Creatividad e Integración en Servicios Médicos, S.A. de C.V.
Vs.
Rosendo Samuel Fregoso Macías, Wenneby Durán Casas, José
Ricardo Sonora Lopez, y Carlos Enrique López Hernández
M. 1583475 Fastpass y Diseño
Exped.: P.C. 1360/2022 (C-517) 16655
Folio: 29901
"2022, Año de Ricardo Flores Magón"
Rosendo Samuel Fregoso Macías, Wenneby Durán Casas,
José Ricardo Sonora Lopez, y Carlos Enrique López Hernández
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
Por escrito presentado en la oficialía de partes de esta Dirección el 04 de julio de 2022, con folio de entrada 016655, EDUARDO MONDRAGÓN MORA, apoderado de CREATIVIDAD E INTEGRACIÓN EN SERVICIOS MÉDICOS, S.A. DE C.V., solicitó la declaración administrativa de caducidad del registro marcario citado al rubro.
Por lo anterior, y con fundamento en los artículos 336, 367 fracción IV y 369 de la Ley Federal deProtección a la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la parte demandada, ROSENDO SAMUEL FREGOSO MACÍAS, WENNEBY DURÁN CASAS, JOSÉ RICARDO SONORA LOPEZ, Y CARLOS ENRIQUE LÓPEZ HERNÁNDEZ, el plazo de UN MES, contado a partir del día hábil siguiente, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibido que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 342 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en el artículo 336 último párrafo de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Atentamente
7 de septiembre de 2022.
El Coordinador Departamental de Cancelación y Caducidad
Roberto Díaz Ramírez
Rúbrica.
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