Aviso REF:526349

Fecha de publicación19 Septiembre 2022
SecciónAvisos Judiciales y Generales
Estados Unidos Mexicanos
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Juzgado Sexagésimo Octavo de lo Civil
EDICTO
En los autos de PROCEDIMIENTO ESPECIAL MERCANTIL DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE LAS ACCIONES NOMINATIVAS promovido por GAIN DYNAMICS, S.L., en contra de GAIN DYNAMICS RESEARCH, S.A. DE C.V., expediente número 650/2022, la C. Juez SEXÁGESIMO OCTAVO CIVIL, dictó un auto que a la letra dice:
Ciudad de México, a seis de julio de dos mil veintidós.
- - - A sus autos el escrito de cuenta de RODRIGO TROCONIS TRENS, mediante el cual se le tiene desahogando la prevención ordenada en autos; en consecuencia, se provee el escrito inicial de demanda en los siguientes términos: Se tiene por presentada a GAIN DYNAMICS, S.L., por conducto de su apoderado RODRIGO TROCONIS TRENS, personalidad que acredita y se le reconoce en términos de la copia certificada del instrumento notarial que adjunta para tal efecto, mismo que se ordena agregar a los autos. Se le tiene señalando el domicilio que indica para los fines que precisa, por autorizados a los profesionistas que menciona en términos del párrafo tercero del artículo 1069 del Código de Comercio, con los números de cédula profesional que precisa, quienes deberán exhibir en la primer diligencia en la que intervenga ante ésta presencia judicial copia u original de su cédula profesional, o copia simple de su constancia de registro ante la Primera Secretaria de Acuerdos de la Presidencia y del Pleno del Tribunal Superior de Justicia de esta Ciudad, apercibidos que de no hacerlo, perderán las facultades conferidas por dicho precepto legal y únicamente se les tendrá por autorizados para oír y recibir notificaciones; y por autorizadas a las diversas personas que indica para los fines que señala. Se le tiene promoviendo PROCEDIMIENTO ESPECIAL MERCANTIL DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE LAS ACCIONES NOMINATIVAS y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 44, 45 y demás relativos de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, se admite para el solo efecto de la CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE LAS ACCIONES NOMINATIVAS consistentes en 25 (VEINTICINCO) TITULOS DE CRÉDITO (ACCIONES NOMINATIVAS) DE CAPITAL FIJO SERIE "A", 5,750, (CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA) TITULOS DE CRÉDITO (ACCIONES NOMINATIVAS) DE CAPITAL VARIABLE SERIE "B" QUE SUMAN UN TOTAL DE CAPITAL DE $5,775,000.00 (CINCO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.) DE LA PERSONA MORAL GAIN DYNAMICS RESEARCH, S.A. DE C.V. Por lo que con fundamento en lo dispuesto por el artículo 45 de la Ley de Instituciones de Crédito, se ordena publicar el presente proveído por una sola ocasión en el Diario Oficial de la Federación, para el caso de que persona interesada se oponga a la cancelación del mismo, dentro de un plazo de sesenta días, contados a partir de la publicación del presente proveído en el Diario Oficial de la Federación, asimismo, notifíquese al GAIN DYNAMICS RESEARCH, S.A. DE C.V., por conducto de su representante legal, para que dentro del término de CINCO DÍAS, manifieste lo que a su interés convenga, apercibido de que de no hacerlo se proveerá lo que en derecho corresponda, asimismo, se previene a dicha persona moral para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la Ciudad de México, apercibida que en caso de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, le surtirán efectos por boletín judicial, salvo que otra cosa se provea u ordene. Por cuanto hace a la suspensión del cumplimiento de la obligación consignada en el título de crédito. Y, elabórese el edicto correspondiente para su debida diligenciación. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 88 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, se faculta al pasante de derecho adscrito a este juzgado para practicar todo tipo de notificaciones personales a excepción del emplazamiento. En atención al oficio circular 49/2013 y en cumplimiento a lo ordenado en acuerdo 42-40/2012 emitido por el Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México en sesión plenaria ordinaria celebrada el día veinticinco de septiembre de dos mil doce "Este Consejo de la Judicatura considera que no existe impedimento...

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