Aviso REF:526074

Fecha de publicación12 Septiembre 2022
SecciónAvisos Judiciales y Generales
Estados Unidos Mexicanos

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles

con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República Mexicana

EDICTO

Concurso Mercantil 7/2022-VI

El Juez Séptimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, mediante sentencia de veintinueve de julio de dos mil veintiuno, dictada en el expediente 258/2020, declaró en concurso mercantil en etapa de quiebra a La Etiqueta Fina, sociedad anónima de capital variable; declaró suspendida la capacidad de ejercicio de la comerciante, respecto de los bienes y derechos que integran la masa, mismos que serán administrados por el síndico, quien contará con las más amplias facultades de dominio que en derecho procedan; se ordenó a la comerciante, a sus administradores, gerentes y dependientes, entregar al especialista la posesión y administración de los bienes y derechos que integran la masa, con excepción de los inalienables, inembargables e imprescriptibles; a las personas que tengan en su posesión bienes de la comerciante, deberán entregarlas al síndico, incluyendo depositarios de bienes embargados y los designados en providencias precautorias, se prohibió a los deudores de la comerciante pagar o entregar bienes sin autorización del síndico, con apercibimiento de doble pago en caso de desobediencia; se ordenó al síndico iniciar inmediatamente las diligencias de ocupación, mediante inventario de libros, papeles, documentos, medios electrónicos de almacenamiento y proceso de información, existencia en caja y todos los bienes de la comerciante, que se encuentren en posesión de ella o de otra persona; se señaló como fecha de retroacción el uno de noviembre de dos mil veinte; se ordenó agotar el procedimiento de reconocimiento, graduación y prelación de créditos; se ordenó al síndico iniciar el procedimiento de reconocimiento de créditos, determinarlos de oficio; se ordenó hacer del conocimiento de los acreedores residentes en la República Mexicana que aquellos que así lo deseen, deberán presentar al síndico sus solicitudes de reconocimiento de crédito en el domicilio que éste señale para el cumplimiento de sus obligaciones, en el formato y plazos respectivos; los acreedores que residen en el extranjero...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR