Aviso REF:516263

Fecha de publicación01 Febrero 2022
SecciónAvisos Judiciales y Generales
Estados Unidos Mexicanos
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Supremo Tribunal de Justicia en el Estado de Gto.
Octava Sala Civil
Secretaría
EDICTO.
Publíquese por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y periódico diario de mayor circulación en la República, haciéndole saber a "INMOBILIARIA CAZARIN" SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que ha sido señalada como tercero interesado en el juicio de garantías promovido por MARÍA DE JESÚS CORTÉS LIMÓN, en su carácter de Apoderada Legal de JOSÉ APOLINAR MARMOLEJO GÓMEZ, en contra de la resolución de fecha treinta de agosto de dos mil veintiuno, dictada en el Toca 368/2021, relativo a la apelación interpuesta por la ahora Quejosa, en contra de la SENTENCIA de fecha nueve de abril de dos mil veintiuno, dictada por la Jueza Quinto Civil de Partido de León, Guanajuato, dentro del Juicio Ordinario Civil número C-0187/2019, promovido por JOSÉ APOLINAR MARMOLEJO GÓMEZ, por propio derecho, en contra de "INMOBILIARIA CAZARIN", S.A. DE C.V. y SALVADOR GONZÁLEZ IBARRA, así como en contra del DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS Y CATASTRO también conocida como DIRECCIÓN DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS así como al DIRECTOR DE TRASLADO DE DOMINIO ambos de la PRESIDENCIA MUNICIPAL DE LEON, GUANAJUATO, DIRECCIÓN DE REGISTROS PÚBLICOS Y NOTARIAS en representación del LICENCIADO NÉSTOR LUNA HERNÁNDEZ y DIRECTOR DE ARCHIVO GENERAL DE NOTARIAS DEL ESTADO DE GUANAJUATO, sobre nulidad de contrato de compraventa contenido en la escritura pública número 33,518 de fecha 13 de octubre del año 2006 y otras prestaciones, haciéndole saber que cuenta con el término de treinta días contados a partir del día siguiente a la última publicación del presente EDICTO para acudir a defender sus derechos al Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Sexto Circuito en Turno, así como para que dentro del término de tres días al admitir la propia demanda señale domicilio ante aquella Autoridad Federal, para oír y recibir notificaciones, apercibiéndolo de que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por lista que se fije en los estrados del Órgano Colegiado respectivo, ello con base en lo dispuesto expreso en los artículos 178, fracción II y 181 de...

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