Aviso REF:514937

Fecha de publicación15 Diciembre 2021
SecciónAvisos Judiciales y Generales
Teléfonos de México, S
Teléfonos de México, S.A.B. de C.V.
OFERTA PÚBLICA DE INTERCONEXIÓN
I. ANTECEDENTES
1. Por virtud de lo dispuesto en las resoluciones P/IFT/EXT/060314/76, P/IFT/EXT/270217/119, P/IFT/021220/488 y P/IFT/031121/527 (conjuntamente las "Resoluciones"), el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (el "Instituto") determinó, entre otros, la emisión del Convenio Marco de Interconexión (el "Convenio") que deberá suscribir Teléfonos de México, S.A.B. de C.V. ("Telmex") para la interconexión de su red pública de telecomunicaciones con las redes de los concesionarios solicitantes.
2. De conformidad con lo estipulado en las Resoluciones, en lo aplicable, Telmex publica la presente Oferta en el Diario Oficial de la Federación, así como el Convenio autorizado por el Instituto para el año 2022 en su sitio de Internet.
II. DISPOSICIONES GENERALES.
1. La presente oferta y el Convenio están dirigidos a todos los concesionarios de la Industria de las Telecomunicaciones en México que estén interesados en interconectar sus respectivas redes con la red de servicio local fijo de Telmex, para la originación y/o terminación de tráfico (en adelante los "Servicios de Interconexión").
2. Los Servicios de Interconexión estarán disponibles a los concesionarios sobre bases no discriminatorias y sin derecho de exclusividad alguno.
III. DEL CONVENIO.
1. La totalidad de los términos y condiciones de los Servicios de Interconexión se contienen y serán instrumentados a través del Convenio, sus Anexos y cualesquiera otros documentos en ellos referidos.
2. El Convenio se encuentra disponible en el sitio Telmex.com, por lo que los concesionarios deberán remitirse al mismo para efectos de la prestación de los servicios de Interconexión.
3. En el Convenio se establecen los procedimientos para la contratación e implementación de los Servicios, los parámetros de calidad, y demás términos y condiciones relacionados con la prestación de los Servicios de Interconexión.
4. Los precios y tarifas aplicables a los Servicios de Interconexión se harán constar en el Anexo respectivo del Convenio.
5. El Convenio es un documento integral, por lo cual los concesionarios interesados en los Servicios de Interconexión deberán considerar y aceptar la totalidad de sus términos y...

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