Aviso REF:514123

Fecha de publicación07 Diciembre 2021
SecciónAvisos Judiciales y Generales
Estados Unidos Mexicanos
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoctavo Circuito,
con residencia en Cuernavaca, Morelos
EDICTO:
VICTIMA DE INICIALES J. C. M.
Ante este Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Octavo Circuito, con residencia en Cuernavaca, Morelos, se encuentra radicado el juicio de amparo 281/2020, promovido por el sentenciado de iniciales F. A. B., contra la sentencia de veinticinco de octubre de dos mil dos, emitida por la Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos, en los autos del toca penal 1452/01-9-8, relativa al recurso de apelación interpuesto dentro de la causa penal 131/1999, dictada por el entonces Juez Segundo Penal de Primera Instancia del Primer Distrito Judicial en el Estado de Morelos, por los delitos de secuestro, lesiones calificadas y asociación delictuosa. En el referido juicio de amparo, se ordenó emplazar a la víctima de iniciales J. C. M., en su carácter de parte tercero interesada por medio de edictos que deberán publicarse tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación nacional; a fin de que dentro del plazo no mayor a treinta días contado a partir de la última publicación, comparezca por sí o por quien legalmente la represente, al citado Tribunal a defender sus derechos, y señalar domicilio en la ciudad de Cuernavaca, Morelos, para oír y recibir notificaciones, apercibida que de no hacerlo así, las posteriores de carácter personal se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este órgano jurisdiccional, quedando a su disposición copia simple de la demanda de amparo en la Secretaría de Acuerdos de este Tribunal. Lo anterior de conformidad con el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 2° de la Ley de Amparo.
Edicto para ser publicado tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación nacional; lo anterior de conformidad con el Articulo 239, Fracción I, Sección V, del...

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