Aviso REF:513818

Fecha de publicación29 Noviembre 2021
SecciónAvisos Judiciales y Generales
Estados Unidos Mexicanos
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial Federal
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Mexicali, B.C.
EDICTO
Enrique Carrillo Marrón.
En virtud de la demanda de amparo directo promovida por Jesús Javier Montes Torres (A) El Negro Montes, contra el acto reclamado a la autoridad responsable Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja California, con residencia en esta ciudad, consistente en la sentencia definitiva dictada en su contra el tres de noviembre de dos mil veintiuno, dentro del toca penal 2176/2006, por la comisión del delito de Homicidio Calificado; por auto de trece de julio de dos mil veintiuno, se registró la demanda de amparo directo bajo el número 196/2021-I y de conformidad con el artículo 5º, fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo, este Primer Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito, consideró que el ofendido dentro de la causa penal 282/2002 de origen, Enrique Carrillo Marrón, le asiste el carácter de tercero interesado en el presente juicio de amparo; sin embargo, este Órgano Colegiado agotó los medios legales a su alcance a efecto de lograr el emplazamiento de mérito; asimismo, de autos se advierte la insolvencia económica del quejoso para el pago de la publicación de éstos, por lo que este Tribunal solicita al Consejo de la Judicatura Federal a través de la Administración Regional del mismo el emplazamiento a los antes mencionados en términos del artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo.
Los edictos deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, para que dentro del plazo de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación, el tercero Enrique Carrillo Marrón, se apersone al presente juicio, con el apercibimiento de que de no hacerlo, se le tendrá por emplazado y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le practicarán por medio de lista que se publique en los estrados de este Órgano Colegiado, en términos del artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo; asimismo, hágasele saber por medio del edicto en...

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